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Valencia

Ruzafa ya es zona ZAS: estas son las restricciones y nuevos horarios para la hostelería

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La Junta de Gobierno Local de València ha dado luz verde al inicio de la declaración de Zona Acústicamente Saturada (ZAS) en el barrio de Ruzafa, una medida que llevaba años en espera tras una sentencia judicial. Esta zona, conocida por su vibrante vida nocturna, se une a otras áreas de la ciudad como Xúquer, Menéndez Pelayo, el Carmen y Juan Llorens, donde ya se aplican restricciones similares.

¿Qué implica la ZAS de Ruzafa para la hostelería?

La declaración de la ZAS conlleva una serie de medidas que afectan especialmente a los horarios de las terrazas de bares y restaurantes. A partir de su entrada en vigor, los horarios serán los siguientes:

  • De marzo a octubre (domingo a jueves): Las terrazas podrán operar hasta las 12:30 de la noche.
  • Viernes, sábados y vísperas de festivos: El horario se mantendrá hasta la 1:30, sin cambios respecto a la normativa actual.
  • De noviembre a febrero (domingo a jueves): Las terrazas deberán cerrar a las 12 de la noche.

Estas restricciones buscan reducir el impacto del ruido en la vida cotidiana de los vecinos, quienes han solicitado medidas más firmes durante años.

Nuevas restricciones para tiendas de conveniencia

Además de la limitación de horarios para las terrazas, las tiendas de conveniencia, que suelen vender alimentos y bebidas hasta altas horas de la noche, también estarán sujetas a restricciones. A partir de la entrada en vigor de la ZAS, estos establecimientos deberán cerrar entre las 10 de la noche y las 8 de la mañana, una medida destinada a reducir el ruido y las aglomeraciones nocturnas.

Comparativa con otras ZAS de València

Ruzafa es el último barrio en unirse a la lista de Zonas Acústicamente Saturadas de València, pero no es el primero en implementar medidas tan restrictivas. En zonas como el Carmen, las terrazas deben cerrar a la 1 de la madrugada los fines de semana y festivos, se han aplicado restricciones al tráfico y se han suspendido las licencias para nuevos locales de ocio, como pubs y salones de juego. Además, se han prohibido charangas y actuaciones musicales en estas áreas.

Un conflicto entre descanso y economía

Mientras que los vecinos de Ruzafa celebran la implementación de la ZAS, los hosteleros del barrio expresan su preocupación por el impacto negativo que estas medidas tendrán en sus negocios. Reclaman que no se culpe únicamente a la hostelería del problema del ruido y piden que se investiguen otras fuentes de molestias.

Carlos Mundina, concejal de Mejora Climática, Acústica y Eficiencia Energética, ha explicado que la aprobación de la ZAS es solo el primer paso de un proceso administrativo en el que se dará espacio a la participación ciudadana. Asimismo, el ayuntamiento está trabajando en un Plan de Reducción del Ruido que incluirá la instalación de material fonoabsorbente y fotocatalítico en las terrazas, con el fin de mitigar el impacto acústico.

Un equilibrio difícil de alcanzar

La aplicación de la ZAS en Ruzafa responde a la ley valenciana de Protección contra la Contaminación Acústica y a la Ordenanza Municipal de Protección Acústica. Según el ayuntamiento, el objetivo es garantizar el descanso de los vecinos sin perjudicar gravemente la actividad económica del barrio. Sin embargo, el equilibrio entre ambas partes sigue siendo un desafío, ya que la hostelería es una de las principales fuentes de empleo y actividad en Ruzafa.

El debate sobre la ZAS en Ruzafa pone de relieve el conflicto entre la necesidad de mantener la calidad de vida de los vecinos y la importancia de apoyar a los negocios locales. Aunque las nuevas medidas representan un paso hacia la reducción del ruido en el barrio, su implementación tendrá que equilibrar los intereses de ambas partes para garantizar un futuro sostenible tanto para los residentes como para la hostelería.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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