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Consumo

Todo lo que debes saber sobre la entrada en vigor de la nueva ‘Ley del Pan’

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Este lunes, 1 de julio, ha entrado en vigor la conocida como ‘Ley del pan’. Un real decreto que entra en vigor para regular la información que aparece en la etiqueta. Y es que desde este momento no podrá etiquetarse pan como integral si no contiene 100% de harina integral, como pan de leña si no se ha horneado en un horno de leña o como pan artesano si no ha sido elaborado en mayor medida por factor humano que mecánico.

Según esta normativa, el pan etiquetado como pan de cereales deberá llevar al menos un 30% de cereales y, además, todos ellos deben contener menos sal. Un máximo de 1,3 gramos por cada 100 gramos de pan.

Los panes de ‘masa madre’ deberán contener un 5% de dicha masa para poder indicarlo en el etiquetado. Tanto el pan integral, como el de masa madre y el de centeno pasan a ser considerados como ‘pan común’ por lo que tendrán un IVA superreducido, pasando de estar gravados con un 10% al 4%.

La nueva ley, además de ‘endurecer’ los criterios del etiquetado, y de reducir el IVA, también concreta la producción artesana del pan, donde debe primar el factor humano frente al mecánico, y los requisitos que se tienen que cumplir para poder incorporar esta mención en la etiqueta de los productos.

ASPECTOS RELEVANTES DE LA NUEVA LEY DEL PAN

Se modifica la definición de «pan común», posibilitando la aplicación del tipo superreducido del IVA (4%) a diferentes tipos de panes que hasta la entrada en vigor de la norma sólo les resultaba de aplicación el tipo reducido (10%).

Regula el término «integral», de forma que sólo va a poder incluir tal denominación aquel pan que esté elaborado con harina exclusivamente integral. Dicho término puede ser sustituido por «de grano entero».

En caso de que la harina usada en la elaboración no sea exclusivamente integral podrá hacerse uso de la siguiente denominación: «elaborado con harina integral X%», debiéndose especificar el porcentaje de harina integral usada. Se puede usar en estos casos el término «integral» seguido del porcentaje de la harina empleada, siempre que se use el mismo tamaño, grosor, color y fuente.

Se incluye el concepto de «masa madre», estableciendo los requisitos que han de cumplirse para que el etiquetado pueda incluir la mención «elaborado con masa madre» (ha de contener una proporción de masa madre igual o superior al 5% del peso total de la harina final y cumplir con ciertas condiciones de pH durante la elaboración).

Se regula la denominación de pan «multicereal», siendo aquel que se elabora con tres o más harinas diferentes, de las cuales dos al menos han de proceder de cereales. El porcentaje de cada una de las tres harinas mayoritarias habrá de estar en una proporción mínima del 10% y las harinas procedentes de cereales no podrán suponer menos del 30% sobre el total de la mezcla de harinas.

Se posibilita hacer uso de la mención «pan de leña» o «pan de horno de leña» siempre y cuando se haya cocido el pan íntegramente en un horno que utilice la leña como combustible.

Se regulan las condiciones que han de cumplirse para que se considere al pan como de «elaboración artesana»:

– En el proceso de elaboración ha de primar el factor humano sobre el mecánico. La legislación no define con mayor precisión el presente requisito, por lo que puede interpretarse que en un proceso de elaboración en el que el factor humano represente un 50,1% del total se entienda superado el mismo a los efectos de publicitarse como «de elaboración artesana».

– Se ha de realizar una fermentación en bloque de la masa, salvo en las masas refinadas con cilindros.

– La producción no se efectuará en grandes series, debiéndose realizar el formado de las piezas, total o parcialmente, de manera manual para que se obtenga un resultado final individualizado. Existe una indefinición en cuanto al formado de piezas «parcialmente» de manera manual, no ahondando la normativa en dicho concepto.

– La elaboración se tiene que llevar a cabo bajo la dirección de un maestro panadero o asimilado, o artesano con experiencia o conocimientos demostrables. FACUA critica que el Real Decreto no define qué es un maestro panadero, ni el tipo de experiencia o conocimiento que un artesano ha de demostrar para poder cumplir con el presente requisito.

Se establece que el pan común sólo podrá venderse en las 24 horas tras su cocción, pudiendo autorizarse excepcionalmente la venta transcurrido dicho plazo siempre que tal producto se almacene en estanterías diferentes a las del pan común y se indique claramente que su cocción se realizó hace más de 24 horas.

Se incorpora una nueva obligación informativa para la venta del pan sin envasar, debiéndose indicar en el cartel o etiqueta el peso de la pieza. Se impone una limitación al máximo de sal permitida en el pan común de 1,31 gramos por 100 gramos de pan. No obstante, esta limitación entrará en vigor a partir del 1 de abril del 2022, es decir, casi tres años después de la publicación de la norma.

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Consumo

Sanidad y Consumo intensifica los controles en las 165 churrerías de Fallas en València

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Churrerías de Fallas 
Churrerías de Fallas -Archivo/EFE/Ángel Medina G.

El Ayuntamiento de València ha reforzado los controles sanitarios diarios en las churrerías instaladas durante las Fallas, con el objetivo de garantizar la seguridad alimentaria y la protección de los consumidores. En total, 165 puestos de churros y buñuelos funcionan en la ciudad entre el 2 y el 19 de marzo, coincidiendo con la celebración de las Fallas de València.

El concejal de Sanidad y Consumo, José Gosálbez, participó junto a inspectores municipales en una demostración práctica de inspección higiénico-sanitaria en una churrería de la ciudad, donde se mostró el procedimiento que se aplica durante la campaña fallera.

Más de 700 inspecciones desde el inicio de las Fallas

Desde el comienzo del dispositivo, el servicio municipal ha realizado más de 700 inspecciones en los puestos de churros y buñuelos instalados en la ciudad.

De los 165 puestos autorizados,

  • 146 corresponden a puestos específicos de Fallas

  • 19 pertenecen a bares que también ofrecen estos productos tradicionales.

Durante estas inspecciones se han llevado a cabo alrededor de 600 análisis del aceite utilizado para la fritura, de los cuales 60 han requerido su sustitución. Además, los técnicos municipales han realizado 40 controles del suministro de agua para verificar su calidad.

Según explicó Gosálbez, los controles se realizan de forma aleatoria y por sorpresa, cualquier día de la semana y a cualquier hora, con el objetivo de comprobar que todos los puestos cumplen las condiciones higiénico-sanitarias exigidas.

Qué revisan los inspectores en las churrerías

Los seis inspectores municipales supervisan distintos aspectos relacionados con la seguridad alimentaria:

  • Manipulación adecuada de alimentos

  • Calidad del aceite mediante medidores de compuestos polares

  • Conexión a la red municipal de agua

  • Presencia de calentador y grifos de accionamiento no manual

  • Uso de toallas de un solo uso

  • Toma de muestras de agua para análisis químico

Según el concejal, “todos los puestos deben cumplir las mismas normas y garantizar las mismas condiciones higiénico-sanitarias. Quien no las cumpla tendrá que desmontar el puesto”.

Control de precios y derechos del consumidor

Además de los controles sanitarios, el área de Consumo también verifica el cumplimiento de la normativa de protección al cliente. Entre las comprobaciones se incluye:

  • Lista de precios visible para el público

  • Disponibilidad de hojas de reclamaciones

  • Entrega de ticket cuando lo solicite el cliente

El objetivo es garantizar transparencia en los precios y seguridad para los consumidores durante las fiestas.

Supervisión de los mercados falleros

A estas inspecciones se suma la supervisión de los 79 mercados falleros instalados en la ciudad desde el 12 de marzo. Cada uno de estos espacios puede albergar hasta diez puestos de alimentación, de los cuales cinco pueden preparar comida en el momento y otros cinco vender alimentos ya elaborados.

Todas estas actuaciones se desarrollan conforme al Bando Fallero, que establece las normas que deben cumplir los puestos de venta durante las fiestas.

“Las Fallas son una celebración abierta al mundo y queremos que también sean un ejemplo de seguridad alimentaria y respeto al consumidor”, concluyó Gosálbez.

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