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TRÁFICO | ¿Qué calles estarán cortadas este fin de semana en València?

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VALÈNCIA, Feb. – Más de 6.000 personas participarán este domingo 17 de febrero en la 15K València Oberta al Mar 2019, prueba en la que colabora el Ayuntamiento y la Fundación Deportiva Municipal. La carrera dará comienzo a las 9:00 horas en la avenida Manuel Soto, junto al tinglado 4 de la Marina y recorrerá buena parte del distrito Marítimo.

La carrera, que cuenta con la colaboración de la Fundación Deportiva Municipal y diferentes servicios del Ayuntamiento de València, tendrá un recorrido que transcurrirá por la avenida del Port, Albereda, avenida de Aragó, Manuel Candela, avenida de los Tarongers, Serradora y terminará paralela al mar para llegar a meta en el Passeig Marítim.

Se efectuarán cortes de tráfico en todas estas localizaciones para garantizar la seguridad de los participantes. Asimismo, se permitirá el tránsito de vehículos con diversas medidas: en el caso de las rotondas, se dejará un carril libre para que puedan efectuarse los giros y, en la avenida de Catalunya, se dispondrán conos con el fin de que el tráfico procedente de Primat Reig pueda dirigirse a la rotonda de los Tarongers y llegar a la avenida Germans Machado o la V-21, de la cual se mantendrá el acceso al paso inferior de salida. La avenida de los Tarongers permanecerá cortada hasta que los últimos corredores pasen por la calle de Pavía.

A las 9.45 horas se procederá a la limpieza del Paseo de la Alameda, tras el paso de los últimos participantes y se abrirá el tránsito alrededor de las 10.30 horas. En el caso de la calle Serradora y de la avenida del Port, se comenzará la limpieza a las 10.30 horas y se abrirá el tráfico sobre las 11.20 horas.

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Este es el límite para pagar en efectivo en España

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limite pagar efectivo españa

El límite para pagar efectivo en España viene acompañado de una advertencia de la Agencia Tributaria. Además es el medio de pago más utilizado en España, seguido por la tarjeta y los dispositivos móviles.

¿En qué consiste?

Hace un año que fue aprobada la Ley 11/2021, de 9 de julio como medida de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Esta norma determinó la limitación al uso de efectivo para determinadas operaciones económicas, disminuyendo el límite general de pagos en efectivo de 2.500 a 1.000 euros.

Pero en esta ley hay algunas excepciones que debemos conocer.

Límite para pagar en efectivo en España

Así, el límite varía si el domicilio fiscal está fijado fuera de España, multiplicándose por 10 el límite máximo.

La Ley recoge que no podrán pagarse en efectivo «las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera».

Importe que se eleva hasta los 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.»

¿Cuáles son los medios de pago?

Según explica la Agencia Tributaria, para calcular los importes, se suman todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios, considerando medios de pago:

  • El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
  •  Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
  • Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago a la persona portadora.

Quienes intervengan en las operaciones que no puedan pagarse en efectivo deben conservar los justificantes del pago durante cinco años desde la fecha del pago, para poder acreditar que el pago se realizó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo.

Esta limitación no se aplica a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito ni a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por los establecimientos de cambio de moneda.

Sanciones por superar el límite de pagar en efectivo

El incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo constituye una infracción administrativa grave. Puede ser cometida tanto por las personas o entidades que paguen como por las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo incumpliendo la limitación establecida.

La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros (o su contravalor en moneda extranjera).

La sanción consistirá en una multa proporcional del 25 por ciento de la base de la sanción, contemplando una reducción del 50 por ciento del importe de la sanción si se cumplen determinadas condiciones.

 

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