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València autoriza la colocación de terrazas el 19 de marzo en el entorno de la Plaza del Ayuntamiento

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VALÈNCIA, 7 Nov.-El Ayuntamiento de València autoriza la instalación de terrazas el próximo 19 de marzo, entre las 15:00 y las 20:00 horas, en las vías libres de obstáculos del entorno de la plaza del Ayuntamiento. El concejal de Protección Ciudadana, Aarón Cano, y el concejal de Hacienda, Ramón Vilar, han mantenido este jueves una reunión con representantes de la Federación de Hostelería en la que se ha alcanzado el acuerdo sobre las terrazas el día grande de las fiestas de Fallas.

Las vías urbanas autorizadas serán la calle Correus, la avenida Marqués de Sotelo, las calles Convent de Santa Clara, Ribera y Sant Pau. Tal como ha explicado el concejal Aarón Cano, «se trata de un buen acuerdo, en el que favorecemos la promoción económica de la ciudad a la vez que se continua garantizando la seguridad de las personas». La medida se incluirá por primera vez en el Bando de Fallas, que cada año establece la normativa a aplicar sobre la instalación y horarios de carpas, puestos de venta y terrazas, entre otros aspectos.

El concejal de Protección Ciudadana ha valorado la implicación que ha mostrado la Federación de Hostelería en la lucha contra el consumo de bebidas alcohólicas en la plaza del Ayuntamiento durante la celebración de les mascletaes.

Si alguna terraza incumple el horario de recogida, será penalizada de cara a los festejos del año siguiente y no será autorizada para repetir el permiso. De hecho, ha añadido Cano, un camión de los Servicios Centrales Técnicos del Ayuntamiento apoyará el dispositivo policial en caso de incumplimiento por parte de algún establecimiento. «Hacemos un gran esfuerzo policial, y hay que garantizar que las vías en las que se autoriza queden totalmente despejadas y libres de obstáculos dos horas antes del inicio de la cremà de la falla infantil de la plaza del Ayuntamiento», ha explicado el concejal.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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