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Voto en blanco, voto nulo y abstención: ¿A quién favorece cada uno?

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voto en blanco y voto nulo

Voto en blanco, voto nulo y abstención: estas son tres opciones para aquellas personas que opten por no dar su apoyo a ninguna de las fuerzas políticas que se presentan a las elecciones generales del 23J. Pero, ¿cuáles son las diferencias y a quién beneficia cada una de ellas?

Voto en blanco y voto nulo

El voto nulo se produce cuando no se usan papeletas oficiales, se meten dos de candidaturas distintas o se incluyen en el sobre otros objetos. La acción se considera un acto de protesta. De este modo, ese voto no se da por válido y sale del recuento oficial.

El voto en blanco se produce cuando dentro del sobre no hay nada. El significado de esta acción está relacionado con una persona con interés por la política pero sin ningún partido que realmente le convenza para darle su apoyo. En este caso, los votos en blanco sí se suman al recuento oficial. De manera que teniendo en cuenta que es necesario un mínimo del 5% de las papeletas para obtener representación tanto en la Asamblea como en los ayuntamientos, los votos en blanco pueden perjudicar a las formaciones más pequeñas. Un ejemplo práctico de un ayuntamiento menor: se recogen 1.000 votos a candidaturas, 200 en blanco y 50 nulos. Oficialmente para el recuento serían 1.200 votos válidos. Aplicando ese 5%, harían falta 60 papeletas para lograr un concejal, sin los votos en blanco, solo 50.

Abstención

Y en cuanto a la abstención, al no haber voto, al igual que con el nulo, no se suma. La abstención no beneficia a nadie.

El sufragio universal, que está reflejado en el artículo 23 de la Constitución, es uno de los derechos que tenemos como ciudadanos, y dentro de este derecho está también el derecho a no ir a votar. La abstención se contabiliza, ya que sabemos tanto el total del censo electoral como la cantidad de gente que finalmente vota, y basta con restar a una cifra la otra.

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Confirmada la fecha que entrará en vigor la jornada de 35 horas para los funcionarios

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El Gobierno implantará la jornada laboral de 35 horas semanales para los funcionarios de la Administración General del Estado en la primera quincena de abril. La medida beneficiará a unos 220.000 empleados públicos y será de aplicación inmediata tras la publicación de la resolución oficial.

El anuncio lo ha realizado el ministro de Transformación Digital y Función Pública, Óscar López, quien ha confirmado que el acuerdo con los sindicatos se materializará en los próximos días.

Vuelta a las 35 horas tras años de recortes

La recuperación de esta jornada supone volver al modelo previo a los ajustes aplicados tras la crisis financiera. La medida forma parte del Acuerdo Marco para la mejora del empleo público y busca reforzar tanto la calidad del servicio como las condiciones laborales.

Desde el Ejecutivo aseguran que la reducción de jornada se aplicará garantizando la atención a la ciudadanía y la continuidad de los servicios públicos, mediante una mejor planificación de plantillas y organización interna.

Los sindicatos celebran un acuerdo “histórico”

Organizaciones como la Central Sindical Independiente y de Funcionarios han calificado la medida como “histórica”, destacando que mejorará la conciliación, el bienestar laboral y la productividad.

Además, subrayan que puede contribuir a la creación de empleo en un contexto en el que una parte importante de la plantilla se acerca a la jubilación: más del 20% de los funcionarios se retirará en los próximos cinco años.

Nueva figura del cuidador para la conciliación

La resolución incluirá también la figura del cuidador, dirigida a empleados públicos que atienden a familiares o convivientes con necesidades médicas graves.

Esta medida, alineada con la normativa europea, busca reforzar los derechos de conciliación y adaptar la Administración a las nuevas realidades sociales.

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