Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Zaplana y González declaran este lunes ante el juez como testigos por la caja B del PP

Publicado

en

(EFE).- El exministro Eduardo Zaplana y el expresidente madrileño Ignacio González como testigos ante el juez que investiga la caja B del PP acerca de los presuntos pagos de comisiones al partido de los que hablaron en una conversación pinchada en Lezo poco antes a que estallase este caso.

Los exdirigentes del PP no son los únicos en comparecer ante el juez de la Audiencia Nacional José de la Mata, que también ha citado como testigos al empresario Javier López Madrid, yerno del expresidente de OHL Juan Miguel Villar Mir; al exgerente del Canal de Isabel II Ildefonso de Miguel (ambos imputados en Lezo) y al presidente del grupo Intereconomía, Julio Ariza.

Sus citaciones se producen a raíz de la incorporación a la causa de varias conversaciones pinchadas en el caso Lezo que revelaron la existencia de una grabación en la que un empresario -el expresidente de Degremont Rafael Palencia, imputado en esta causa- aseguraba haber pagado comisiones al PP.

González y Zaplana -que al estar citados como testigos deben contestar a todas las partes y están obligados a decir verdad- deberán dar explicaciones sobre el contenido de la conversación que les fue intervenida en el despacho del expresidente madrileño el pasado 19 de abril, dos días antes de que estallase el caso Lezo, sobre corrupción en el Canal de Isabel II, por el que este pasó seis meses en prisión preventiva.

En esa conversación, González le cuenta a Zaplana que Ildefonso de Miguel «le sacó una grabación a un empresario (Rafael Palencia)» diciendo que «le daban pasta a Álvaro Lapuerta y no sé si a Rajoy».

De Miguel le facilitó esa grabación a Ariza, quien después «se fue a ver a Mariano a chantajearle», siempre según la conversación mantenida entre González y Zaplana cuando el expresidente madrileño era ya consciente de que estaba siendo investigado por haber recibido un soplo.

Tiempo después, según el relato de González, un abogado del caso Gürtel le contó que el extesorero del PP Luis Bárcenas tuvo que negociar con Ariza y que finalmente «le soltaron pasta por esa puta cinta, para taparlo todo».

Con estas citaciones, De la Mata trata de «verificar si han tenido lugar las entregas anotadas en los denominados «papeles de Bárcenas» o «contabilidad B» del PP, aparentemente efectuada por «Gre. (Rafael P)», «R. Palenc», «Rafa Palencia» y «Rafael Palencia» en los ejercicios 1998, 2000, 2007 y 2008, según apuntaba el juez en su auto.

En concreto, quiere saber «si ha existido una vinculación entre las citadas entregas y las adjudicaciones de contratos públicos de las que ha sido beneficiaria la empresa Degremont SA» e intenta «contrastar la veracidad y el alcance de las declaraciones de (Francisco) Correa», que en el juicio de Gürtel habló del pago de comisiones del 3 % al PP por parte de grandes constructoras a cambio de adjudicaciones públicas.

De la Mata ya ha tomado declaración a varios empresarios vinculados con Degremont Iberia, entre ellos a su expresidente José del Castillo, que negó que su predecesor en el cargo, Rafael Palencia, hiciera pagos al PP tal y como se refleja en los llamados papeles de Bárcenas.

En su declaración como imputado, Palencia, que supuestamente afirmó en otra grabación que había pagado comisiones ilegales al PP, se acogió a su derecho a no declarar ante el juez.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

¿Qué son los festivos recuperables?

Publicado

en

¿Qué son los festivos recuperables?
FREEPIK

Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

Continuar leyendo