Síguenos

Rosarosae

Los peligros de imitar a Rosalía

Publicado

en

VÍDEO | Se hace viral un vídeo de una desconocida Rosalía cantando en las calles de Barcelona hace 10 años

MADRID, 27 Nov. – La Sociedad Española de Ortodoncia (SEDO) advierte de los riesgos de la moda de los ‘grills’ para la salud bucodental tras el estreno del último videoclip de Rosalía, ‘A Palé’, donde lleva estas coronas metálicas que adornan uno o varios dientes.

En el mismo sentido, el odontólogo Iván Malagón ha avisado de que esta «peligrosa moda» no es «nada recomendable» porque, entre otros problemas, pueden generar microtraumatismos, además de la inflamación de la encía debido a la sobrecarga.

Suelen estar hechas de oro, plata u otros metales preciosos, con brillante o incluso de colores. Además, existen diversas modalidades, pues pueden ser fijos o removibles. Los ‘grills’ fijos, por un lado, requieren una preparación previa de los dientes, en la que hay que proceder al desgaste de la superficie dental para luego adaptar sobre ésta la corona decorativa.

Por otro lado, los ‘grills’ removibles pueden hacerse a medida mediante una impresión dental o pueden comprarse con forma estándar que difícilmente se adapta en forma y tamaño al diente original.

En este sentido, los odontólogos alertan de que, pese a su «apariencia inofensiva», los inconvenientes para la salud bucodental de los grills tienen que ver tanto con las posibles reacciones alérgicas a los metales empleados para su confección como con la proliferación de bacterias en los mismos.

FAVORECEN LA ACUMULACIÓN DE PLACA Y CARIES
Asimismo, afirman que estas coronas metálicas facilitan la acumulación de placa y caries, ya que las partículas de comida y bacterias se pueden acumular entre los dientes. Además, un ‘grill’ puede causar abrasión de los dientes que lo rodean. Del mismo modo, el uso prolongado este adorno puede decolorar o teñir los dientes, dependiendo del material del que esté hecho.

Por otro lado, si no están correctamente adaptados pueden provocar trauma, fracturas, e incluso derivar en problemas como la gingivitis, enfermedad periodontal o recesión de las encías, que son las principales causas de pérdida de piezas dentales en adultos.

Malagón profundiza en esta cuestión y asegura que «las coronas de oro pueden originar una enfermedad gingival grave si no se ajustan de forma adecuada». «A veces estos accesorios están prefabricados y no siempre son colocados por un dentista, con ello se pueden originar muchos problemas de salud bucal», ha añadido.

Desde la SEDO destacan también que la colocación de estas coronas puede limitar la capacidad de realizar una mordida correcta o alterar la oclusión de la boca, lo que conllevaría una posición forzada de la mandíbula, causando lesiones tanto en los músculos faciales como en las articulaciones.

Por ello, los odontólogos recomiendan que antes de seguir este tipo de modas se consulte a un especialista para evitar poner en riesgo la salud bucodental.

«Si aún así deseamos optar por añadir decoración a nuestra dentadura, hay opciones más seguras que pueden prevenir complicaciones posteriores serias, como un adorno de oro de 24 quilates que se adhiere a alguno de los dientes frontales y que es realizado por un dentista que instruye al paciente sobre el adecuado mantenimiento y las posibles complicaciones o el tatuaje del diente, que se adhiere a la superficie del diente por un período corto», ha concluido Malagón.

Fuente: (EUROPA PRESS)

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Rosarosae

Diego ‘El Cigala’, condenado a dos años y medio de cárcel por maltrato continuado a su expareja

Publicado

en

La Audiencia de Cádiz confirma la sentencia por violencia de género contra el cantaor flamenco

Cádiz, 3 de julio de 2025 — El reconocido cantaor flamenco Diego Ramón Jiménez Salazar, más conocido como Diego ‘El Cigala’, ha sido condenado a dos años y un mes de prisión por tres delitos de malos tratos y un delito leve de vejaciones continuadas cometidos contra su expareja sentimental. La Audiencia Provincial de Cádiz ha confirmado íntegramente la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 3 de Jerez de la Frontera, desestimando los recursos presentados por la defensa y por la acusación particular.

Sentencia firme y sin posibilidad de recurso

La resolución judicial, con fecha de 30 de junio de 2025, considera probados los hechos y no admite recurso ordinario. El fallo ratifica que el artista cometió episodios de violencia en distintos momentos y lugares:

  • Una bofetada en un hotel de Jerez.

  • Una patada en un hotel de Palafrugell (Girona).

  • Un episodio grave en la vivienda familiar donde, en presencia de sus hijos, la agarró del cuello mientras le gritaba insultos como «me cago en tus muertos».

Además, se le condena por vejaciones reiteradas, consistentes en insultos como “puta”, “perra” o “desgraciada”, así como expulsarla de la casa o de habitaciones durante las discusiones.

Absolución parcial y argumentos de la defensa

El tribunal, sin embargo, ha absuelto al cantaor de otro presunto episodio ocurrido en el aeropuerto de Punta Cana (República Dominicana) en 2017, al no considerar acreditado que la zarandeara cuando ella esperaba un vuelo con su hijo en brazos.

La defensa alegaba errores en la valoración del testimonio de la víctima, pero la Audiencia subraya que este fue “claro, congruente y persistente”, tanto en la denuncia inicial como ante el juzgado y profesionales que la atendieron.

Valoración judicial y pruebas

La sentencia analiza ocho episodios en total, diferenciando los que cuentan con corroboración externa de los que no. La Audiencia resalta el rigor en la motivación de las penas, todas situadas cerca del mínimo legal permitido.

La magistrada también rechazó la petición de indemnización de 3.000 euros solicitada por la acusación particular, ya que la Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género (UVIGV) concluyó que la víctima no presenta secuelas psicológicas como consecuencia directa de los hechos.

Una relación marcada por la dependencia y el deterioro

Según la sentencia, la relación entre Diego ‘El Cigala’ y su expareja comenzó en 2014 y tuvieron dos hijos en común. Durante la convivencia, ella dependía económicamente del cantaor, y la relación comenzó a deteriorarse con la llegada del primer embarazo. Las discusiones se volvieron frecuentes y, según el fallo, él ejercía un trato vejatorio y despreciativo, aunque no se acreditó una situación de dominación estructural o asimetría de poder.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo