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Valencia

La defensa de Alfonso Grau: «Si las empresas pagaron gastos del PP, no hay malversación»

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Alfonso Grau caso Imelsa
El exvicealcalde de València Alfonso Grau (3 i), durante el juicio en la Audiencia de Valencia por la pieza A del caso Imelsa. EFE/Biel Aliño/Archivo

València, 13 feb (OFFICIAL PRESS-EFE).- El abogado del exvicealcalde de Valencia Alfonso Grau ha sostenido este martes en su informe final que «si fue el dinero de la empresas el que pagó los gastos electorales de un partido (PP), eso no tiene nada que ver con la malversación de caudales públicos», al tiempo que ha pedido la libre absolución del que fue mano derecha de Rita Barberá durante cerca de 20 años.

El letrado Jesús Bonet ha leído su informe final en la última sesión del juicio por la pieza A del caso Imelsa, en la que están procesados Alfonso Grau, la exsecretaria del grupo municipal del PP Mari Carmen García Fuster, el exgerente de la Fundación Turismo Valencia José Salinas y el exresponsable de la Fundación de la Comunitat Valenciana para la Innovación Urbana Juan Eduardo Santón.

Grau, de 83 años, está acusado de los delitos de malversación, cohecho en su modalidad continuada y falsedad documental en relación a supuestas corruptelas para engordar la ‘caja B’ del partido y financiar con ella las campañas electorales del PP de València en 2007 y 2011.

Ya fue condenado por cohecho (9 meses y 1 día de prisión) por aceptar como regalo dos relojes de lujo de un empresario que había suscrito 16 contratos con el Ayuntamiento entre 2006 y 2015.

La defensa de Alfonso Grau en el Caso Imelsa

La defensa de Grau ha criticado la inclusión al final del juicio de la acusación de falsedad documental. «El fiscal piensa en que se ha falseado algo para dar cobertura a la malversación, que no se sostiene», ya que a juicio de este letrado las fundaciones que supuestamente derivaron fondos para las campañas del PP no pertenecían al sector público.

Para sostener esta tesis, Bonet ha citado varios párrafos de la sentencia del caso Nóos, en el que Grau -presidente de Turismo Valencia- fue absuelto.

«Si son las aportaciones empresariales (de empresas adjudicatarias del Consistorio) las que motivan el delito, estaríamos ante un supuesto de financiación ilegal», ha manifestado el letrado en referencia a un delito que no se incorporó al Código Penal hasta 2015.

«Seguimos sin saber cuál es el elemento del cohecho»

Sobre la acusación de cohecho, ha afirmado: «seguimos sin saber cuál es el elemento del cohecho, cómo se cifra o canaliza, y eso que se han investigado cuentas bancarias. Si hubiese elementos indiciarios los tendríamos en la sala, y no hay nada. ¿Qué dinero se quedó Grau, cómo lo hizo?».

El abogado ha defendido la declaración contradictoria del que fue asesor de Grau y empleado de Laterne, Jesús Gordillo.

«Podría parecer una casualidad, pero parece causalidad», que Gordillo se incorporase como economista a la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de València en 2017, ha afirmado Bonet.

«Alguien quizá conocía su necesidad, estaba en paro. Su aparición en la causa -entregando documentación que permitió ampliar la investigación a 2007- se produce cuando se consideraron prescritos estos hechos por el juez instructor, y gracias a su intervención se reaviva la investigación, es terriblemente extraño».

«¿Alguien se ha preguntado por qué hizo Gordillo lo que hizo? ¿Nadie se ha planteado que a lo mejor le pesó en la conciencia lo que había hecho con quien menos se lo merecía? Si hubiese sido al revés su declaración hubiese sido bienvenida, pero parece que la figura de los arrepentidos sólo es válida si juega a favor de las acusaciones», ha lamentado.

Por último, ha abundado en la «inexistente capacidad de decisión atribuida a Grau» tanto en el Consistorio como en las fundaciones que intervienen en esta causa, y en las dudas que existían sobre su pertenencia al sector público o privado porque, como ha subrayado en varias ocasiones «la malversación no puede ser imprudente, ha de ser dolosa».

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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