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ENCUESTA| ¿Puede una niña de 14 años ser Fallera Mayor Infantil de Valencia?

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años Fallera Mayor Infantil Valencia

Desde la pandemia, cada vez es más común ver a niñas más mayores siendo falleras mayores infantiles. Después de que muchas representantes repitiesen, por la no celebración de unas Fallas normales, hizo que las candidatas creciesen. De esta manera, se plantean muchas dudas sobre la edad máxima permitida por poder ser Fallera Mayor Infantil de Valencia.

requisitos para ser Fallera Mayor de València

Imagen: Junta Central Fallera

¿Cuál es la edad máxima para ser Fallera Mayor Infantil de Valencia?

El reglamento fallero recoge literalmente que las candidatas infantiles aspirantes a Fallera Mayor infantil de València deberán ser menores de 14 años al final del plazo de inscripción. Las candidatas aspirantes a Fallera Mayor de València deberán haber cumplido los 15 años antes de que finalice el plazo de inscripción». Con esta misma edad, también recoge el reglamento que se pasa de la comisión infantil, a la adulta.

Por lo que, cualquier niña que quiera presentarse a la las preselecciones tendrá que tener en cuenta esta norma. Esta misma duda surgió en 2021, tras ver que muchas representantes tripitían y llegaban a la edad límite. En una Asamblea de Presidentes, el por aquel entonces, presidente Carlos Galiana dijo: «En principio, de forma reglamentaria no pueden ser fallera mayor o presidente: los que llegan a mayores pasan a mayores. Tampoco nos ha llegado ninguna consulta o propuesta al respecto.»

 

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El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana recomienda a Junta Central Fallera (JCF) que justifique «desde la óptica de la igualdad» la racionalidad y proporcionalidad de la medida de impedir a las falleras de 14 años optar a la elección de fallera mayor de València en cualquiera de sus dos modalidades, infantil o mayor, para garantizar la ausencia de discriminación en los términos previstos en la Ley Integral para la igualdad de trato y la no discriminación.

Así se desprende de la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, que surge de la queja de una persona en representación de su hija menor de edad contra la JCF, organismo autónomo adscrito al Ayuntamiento de València, por lo que consideraba una infracción al principio de igualdad por cuanto se impidió a su hija optar a la elección de fallera mayor infantil de València por el hecho de haber cumplido 14 años. Además, en la queja aludía a la falta de respuesta del organismo al recurso que interpuso al respecto.

Sobre el primer aspecto, el Síndic apunta que por parte de la JCF debería justificarse la medida adoptada en el ámbito fallero al impedir a las falleras de 14 años optar a la elección de fallera mayor de València en cualquiera de sus dos categorías o modalidades.

A este respecto, indica: «Al afectar a todas las falleras mayores de 14 años que pudieran optar a ser fallera mayor de València, tanto en la modalidad infantil como mayor, para estimarla –la medida– constitucionalmente razonable debería justificarse desde la perspectiva de la proporcionalidad, que exige que la diferenciación no sea determinante de una discriminación contraria al artículo 14 de la Constitución».

Derecho a una «buena» administración

Respecto a la ausencia de respuesta al recurso interpuesto por la persona autora de la queja, el Síndic se ha referido al derecho a una buena administración «que ha de reflejarse en sus actos, sean calificados de administrativos o no».

Así, ha añadido: «A través de la contestación razonada a las peticiones, aun cuando éstas sean rechazadas, los ciudadanos pueden conocer los motivos por los que sus pretensiones no han sido estimadas, lo que facilita el que puedan recurrir los acuerdos de la Administración. Si los administrados desconocen las razones por las que los poderes públicos rechazan sus peticiones, difícilmente podrán rebatir tales argumentos, de tal manera que se vería afectado su derecho a la defensa jurídica de sus intereses, provocando una indudable indefensión».

En consecuencia, el Síndic señala que si bien la JCF resolvió el recurso interpuesto, desestimándolo en cuanto al fondo del asunto, se estima «conveniente y necesario» que en su normativa de aplicación clarifique la naturaleza jurídica de la peticiones que los ciudadanos dirijan a ese organismo autónomo y, en los casos que proceda, resuelva y notifique las solicitudes y recursos con arreglo a lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El objetivo es, según ha dicho, evitar confusiones como en el caso de la presente queja, en la que la JCF desconoce el régimen jurídico que corresponde al escrito denominado recurso, presentado por la persona promotora de la queja y, en su informe, cuestiona si se trata de un acto administrativo, aplicando las normas del Reglamento Fallero y formulando consulta a la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de València.

Por tanto, el Síndic apostilla: «En aras del principio de buena regulación y del derecho a una buena administración, se recomienda la actualización y revisión de los preceptos del Reglamento de Régimen Interior de la JCF y, en su caso, del Reglamento Fallero, en lo que respecta al régimen jurídico de las solicitudes y recursos que se presenten contra las decisiones de los órganos de la Junta, adecuándolos a lo dispuesto en la vigente ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas».

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Seda, plata y elegancia: el arte de José Polit hace deslumbrar a Marta Mercader Roig

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La indumentaria valenciana volvió a brillar con luz propia en el Salón de Cristal del Ayuntamiento de València durante el acto de entrega de premios de belenes, un evento cargado de tradición, arte y simbolismo. Entre los asistentes destacó la presencia de Marta Mercader Roig, quien sorprendió con un impecable estreno firmado por José Polit, indumentarista de gran reconocimiento y trayectoria en València.

José Polit, un nombre imprescindible en la indumentaria valenciana

Hablar de José Polit es hablar de respeto por la tradición, sensibilidad artesanal y un profundo conocimiento de la historia del traje valenciano. Sus creaciones no solo visten, sino que emocionan, convirtiéndose en auténticas piezas de arte que honran generaciones de indumentaristas y artesanos. Cada diseño suyo refleja amor por el detalle, equilibrio y una elegancia serena que lo han consolidado como referente de la indumentaria tradicional valenciana.

Un traje que une historia, seda y artesanía valenciana

Para esta ocasión tan especial, Marta Mercader Roig ha estrenado un traje confeccionado por EN HILOS DE SEDA, bajo la cuidada dirección estética de José Polit. El conjunto se compone de un jubón elaborado con un brocatel antiguo de Rafael Catalá, con el dibujo “Lazos”, tejido en seda amarillo antiguo y metal plata, una elección que aporta luminosidad y carácter histórico a la pieza.

La falda, de gran fuerza visual, está realizada en moaré color cobalto de la prestigiosa Compañía Valenciana de la Seda, logrando un contraste armónico que realza la riqueza del conjunto y subraya la excelencia de los tejidos tradicionales valencianos.

Complementos que elevan el conjunto

El estilismo se completa con un exquisito aderezo en plata de Paco Artola, ejemplo de la orfebrería fallera más refinada. Las peinetas de Pua Artesanía aportan delicadeza y autenticidad, mientras que las manteletas de Artesanía Valencia cierran el conjunto con una elegancia clásica, fiel a la tradición.

La presencia de Marta Mercader Roig en este acto institucional, luciendo un diseño tan cuidado, reafirma la importancia de la indumentaria valenciana como patrimonio cultural vivo. Y, sobre todo, sirve como un sincero reconocimiento al trabajo de José Polit, un indumentarista que, con cada puntada, continúa escribiendo historia desde el respeto, la pasión y el amor por la tradición valenciana.

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