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Valencia

Carlos Mazón apela al consenso y a la normalidad sin asfixias ni copias territoriales

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Mazón sobre Sánchez
El president de la Generalitat, Carlos Mazón, pronuncia su primer discurso del 9 d'Octubre, Día de la Comunitat Valenciana, desde que tomó posesión de su cargo el pasado 17 de julio y a tres semanas de que su gobierno cumpla los primeros cien días de gestión. EFE/Biel Aliño
València, 9 oct (EFE).- El president de la Generalitat, Carlos Mazón, ha apelado al consenso y a seguir avanzando por la «perspectiva de la normalidad», «sin asfixias» ni la necesidad de «copiar o inspirarse en otras hojas de ruta territoriales que poco o nada se parecen a la fijada en el espíritu y la letra» del Estatut de Autonomia.

«Me niego a pensar que la diversidad de esta tierra tenga propietarios», ha afirmado Mazón en su primer discurso del 9 d’Octubre, Día de la Comunitat Valenciana, en el que también ha rechazado que haya «dueños de la pluralidad territorial».

«Nosotros somos también parte de esa pluralidad, como acredita este Palau, con una historia milenaria, con un pasado que demuestra que la Generalitat Valenciana es una institución que se asienta en fundamentos muy sólidos, y quiere seguir viviendo en la apertura, sin exclusiones», ha manifestado.

Ha defendido la Comunitat Valenciana «tal cual es» y «no la que sólo algunos quieren que sea. No un relato interesado y deformado para que parezca lo que no es y se imponga una caricatura que, en realidad, jamás existió», ha señalado y ha lamentado que «esa tentación totalitaria de definir el canon de cómo son las sociedades, y cómo tienen que pensar y comportarse», no haya desaparecido en nuestros días.

El president ha iniciado el acto mostrando «la más firme condena a los actos terroristas acaecidos en territorio de Israel» y su apoyo a las víctimas del «sinsentido y el fanatismo».

En su discurso, ha reclamado una solución «satisfactoria» al déficit de financiación de la Comunitat, y una respuesta «adecuada» en materia de inversiones que sea acorde al peso y proyección de la economía valenciana.

También ha reivindicado infraestructuras como el puerto de València, del que ha dicho que «no es un capricho autonómico, sino una necesidad de toda España», o el Corredor Mediterráneo, así como respuestas para el problema del agua o para la industria valenciana.

Se ha comprometido, además, a cumplir con las expectativas de la sanidad pública y los sanitarios; de los servicios sociales y las personas mayores y las más vulnerables; de la educación; de quienes «llevan años esperando una política de vivienda que de verdad funcione», y de los jóvenes, «que esperan de su gobierno algo más que palabras».

«Para cumplir con esas expectativas no es suficiente con la petición de más recursos, sino con la garantía de una gestión eficiente que avale nuestros propios argumentos», ha señalado, y ha apostado por más autonomía y por una Generalitat «donde se reconozcan todos los ciudadanos de las tres provincias y que reivindique siempre el interés de todos por encima del de unos pocos».

El president ha considerado «crucial apostar por un clima institucional y político que aporte seguridad y confianza» a la ciudadanía, y ha recordado que «no se puede prescindir de los valores asociados a la institución», como son «objetividad en el cumplimiento del interés general, imparcialidad, eficiencia y equidad».

Ha destacado que «no hay un pasado de unos y un pasado de otros», sino «un pasado compartido», al igual que hay un único presente que «nos acoge a todos» y que «no hay un futuro por el que valga la pena pelear si no es un futuro que nos acoja a todos».

«Las instituciones deben ser el reflejo de la sociedad -que es plural- y de las inquietudes de los ciudadanos, que son diversas», y ha hecho un llamamiento a no abandonar la perspectiva del consenso, que «ha sido fructífera» y es la que «ansía la inmensa mayoría de la sociedad y la que nos llevará «a nuevas cotas de progreso y bienestar».

Mazón ha afirmado que la Comunitat «quiere vivir y progresar en un mundo global y multilateral», y quiere que su territorio, su comercio, su industria y sus universidades, «compitan y colaboren de forma generosa».

El jefe del Consell ha arrancado su discurso citando tres palabras: «responsabilidad, humildad y honor», mientras que lo ha cerrado con otras tres: «igualdad, unidad y libertad», y ha recitado parte de la letra de la canción «Libre», de Nino Bravo.

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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