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Joan Laporta, imputado por sus pagos a Negreira

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Caso Negreira

Barcelona (EFE).- El juez del “caso Negreira” ha acordado imputar al presidente del Barça, Joan Laporta, al concluir que los pagos al exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA) efectuados entre 2008 y 2010, durante su anterior mandato, no han prescrito porque constituyen un delito de cohecho continuado.

En un auto, al que ha tenido acceso EFE, el titular del juzgado de instrucción número 1 de Barcelona, Joaquín Aguirre, acuerda investigar a Laporta y a los miembros de su junta directiva con responsabilidad en los pagos, que se suman así los otros dos expresidentes del club imputados, Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu.

El magistrado discrepa así del criterio de la Fiscalía Anticorrupción, que excluyó a Laporta de la denuncia que presentó por los 7,3 millones de euros que el Barça pagó a José María Enríquez Negreira y a su hijo entre los años 2001 y 2018, al entender que su participación en los hechos durante su primera presidencia, entre 2003 y 2010, ya habría prescrito.

Prescripción de diez años desde el último pago

No obstante, el juez instructor recuerda en su escrito que los hechos investigados pueden constituir, entre otros, un delito de cohecho continuado, por lo que, de acuerdo con el Código Penal, el plazo de prescripción es de diez años desde el día en que se llevó a cabo la última infracción penal o cesó la conducta delictiva, en este caso julio de 2018, fecha del último pago a Negreira y su hijo.

De esa forma, de acuerdo con los cálculos del magistrado, a los presidentes y directivos del Barça debe aplicárseles el plazo de diez años de prescripción a contar desde el 17 de julio de 2018, teniendo en cuenta que la pena a imponer es de seis a siete años y medio, debido a que se trata de un delito continuado de cohecho.

Ello abarcaría los pagos efectuados desde julio de 2008 a 2010, etapa de la que sería responsable la directiva encabezada por Laporta que precedió a Sandro Rosell al frente del club.

En el caso de Negreira y su hijo, precisa el auto, los hechos imputables alcanzarían hasta el mes de junio de 2003, dado que la pena a que se exponen, por ser considerados funcionarios públicos a efectos penales, supera los diez años de inhabilitación.

Pese a que hasta ahora no se han hallado indicios de que los pagos a Enríquez Negreira persiguieran favorecer al Barça a través del arbitraje, el juez cree que por sus actos “tuvieron por fuerza que beneficiar al FC Barcelona en detrimento del resto de clubes de la Liga de Primera División o de sus rivales en la Copa del Rey”.

Esos distintos pagos, en opinión del juez, quedarían subsumidos en el delito de cohecho continuado que, recuerda, “favorece” al investigado dado que la pena a que se expone es menor de la que se derivaría de la suma aritmética de distintos delitos de cohecho individuales.

El cohecho continuado, atribuible a todos los presidentes

Asimismo, el juez se apoya en una sentencia del Tribunal Supremo para defender que el delito de cohecho continuado es atribuible a los distintos presidentes que se sucedieron en el Barça, puesto que, en su opinión, la parte “pagadora” es siempre la misma, el FC Barcelona.

En este sentido, el auto aplica al cohecho el concepto de “autoría adhesiva”, dado que en su opinión “no existiría un delito continuado separado para cada junta directiva sino un solo delito continuado referente al FC Barcelona, en el que se cambian algunos sujetos activos que representan a la persona jurídica investigada pero siempre permanece el sujeto activo del FC Barcelona”.

Aguirre dio un giro a la instrucción del “caso Negreira” cuando el pasado 28 de septiembre acordó imputar un delito de cohecho a los directivos del FC Barcelona investigados en el caso, así como al propio club como entidad jurídica, además de al exvicepresidente del CTA y a su hijo.

Pese a que Enrique Negreira no era funcionario, como exige el delito de cohecho, considera el juez, apoyándose en abundante jurisprudencia en la materia, que sí tenía esa condición “a efectos penales”, dado que desempeñaba funciones públicas como vicepresidente de la CTA, entre otras relativas a las calificaciones de los árbitros y a los ascensos y descensos.

A diferencia el delito de corrupción en el deporte, el de cohecho -que de acuerdo con la legislación debe ser juzgado por un tribunal popular- no exige que se demuestre la contraprestación por los pagos efectuados al funcionario público.

Las defensas del Barça y de los directivos investigados han recurrido ante la Audiencia de Barcelona la imputación por cohecho, con el argumento de que Negreira no puede ser considerado funcionario ni siquiera a efectos penales.

Por contra, el juez defiende en escrito que un reciente auto de la Audiencia Provincial de Madrid ha considerado que la Real Federación Española de Fútbol -de la que depende el CTA-, tenía carácter de entidad jurídico-pública, por lo que sus directivos “desempeñan funciones públicas por delegación estatal”, aunque este organismo ostente la condición jurídica de carácter privado.

Además de los delitos cohecho continuado, corrupción deportiva, administración desleal y falsedad en documento mercantil, el juez atribuye a los investigados otro de falsedad contable, por las facturas supuestamente mendaces sobre los pagos a Negreira que el Barça entregó a Hacienda para desgravarse el impuesto de sociedades.

El Barcelona admite que el ‘caso Negreira’ “no ayuda” económicamente al club

El vicepresidente del área económica del FC Barcelona, Eduard Romeu, admitió que las consecuencias del ‘caso Negreira’ no ayudan económicamente al club, si bien puntualizó que no prevé “un impacto negativo” en las relaciones que el club tiene con inversores.

En la rueda de prensa para desgranar las cuentas de la temporada anterior y el presupuesto de la actual, el directivo no valoró la decisión del juez del caso de imputar al actual presidente de la entidad, Joan Laporta.

Romeu opinó sobre el impacto económico que está teniendo el ‘caso Negreira’ en las distintas operaciones financieras que el club tiene abiertas, entre las que destaca la financiación para construir el Espai Barça.

“Tenemos que ir justificando cosas que no nos gustaría tener que justificar. Tienes que ir reiterando en el tema (a los inversores). Ojalá llegue el día en que quede subsanado el tema”, señaló Romeu.

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Así está el cuadro de la Champions League en octavos: posibles rivales de Real Madrid, Atlético y Barcelona

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La fase decisiva de la Champions League 2025/26 ya está en marcha y los equipos españoles comienzan a vislumbrar su camino hacia la final. A falta del sorteo definitivo en Nyon, tanto el Real Madrid como el Atlético de Madrid y el FC Barcelona conocen ya sus posibles rivales en los octavos de final.

El sorteo marcará el lado del cuadro y el recorrido completo hasta la gran final del torneo continental.


El Atlético de Madrid, pendiente de rivales ingleses

El conjunto rojiblanco logró superar la ronda previa tras imponerse al Brujas en una eliminatoria exigente. Ahora, el equipo dirigido por Simeone centra toda su atención en el sorteo.

Sus posibles adversarios en octavos hablan inglés:

  • Liverpool FC

  • Tottenham Hotspur FC

El Liverpool aparece como el gran ‘coco’ del bombo, uno de los equipos más potentes del continente esta temporada. El Tottenham, por su parte, también se presenta como un rival de máxima exigencia.


El Real Madrid y un posible reencuentro con Guardiola

El Real Madrid aún debe cerrar su eliminatoria ante el SL Benfica, pero ya conoce a sus posibles rivales si logra el pase a octavos.

Los dos escenarios que se plantean son:

  • Manchester City FC

  • Sporting CP

Un cruce ante el Manchester City supondría un nuevo duelo europeo ante el equipo dirigido por Pep Guardiola, en una rivalidad reciente que ha marcado varias ediciones del torneo. El Sporting CP, segundo en la liga portuguesa, representa una alternativa menos mediática pero igualmente competitiva.


Rivales de peso para el Barcelona

El FC Barcelona fue el único equipo español que logró clasificarse directamente en el Top-8, evitando así la ronda previa.

El conjunto azulgrana, dirigido por Hansi Flick, podría enfrentarse a:

  • Paris Saint-Germain FC

  • Newcastle United FC

  • AS Monaco FC

Todos ellos son rivales de entidad y experiencia europea, lo que anticipa unos octavos de final de máxima exigencia.


Equipos clasificados para octavos de final

Entre los clubes ya clasificados para la siguiente ronda destacan:

  • Arsenal FC

  • FC Bayern Munich

  • Chelsea FC

  • Bayer 04 Leverkusen

  • Bodo/Glimt

La igualdad y el nivel competitivo hacen prever una fase final apasionante.


¿Cuándo es el sorteo de octavos de la Champions League?

El sorteo se celebrará el 27 de febrero a las 12:00 (hora española) en Nyon (Suiza). En ese acto quedará definido el cuadro completo hasta la final.


¿Cuándo se juegan los octavos de final?

  • Partidos de ida: 10 y 11 de marzo

  • Partidos de vuelta: 17 y 18 de marzo

La gran final de la UEFA Champions League se disputará el 30 de mayo en el Puskas Arena de Budapest (Hungría).

La cuenta atrás ha comenzado y los tres representantes españoles ya preparan el asalto definitivo al trono europeo.

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