Síguenos

Valencia

Condenan a Cristina Seguí a 15 meses de cárcel por publicar un vídeo de dos menores violadas en Burjassot

Publicado

en

Cristina Seguí video violación Burjassot

València, 4 jul (OFFICIAL PRESS-EFE).- El Juzgado de lo Penal número 10 de València ha condenado a la exdirigente de Vox y presidenta de Gobierna-te, Cristina Seguí, a quince meses de prisión y a abonar 12.000 euros por publicar un vídeo en el que aparecen dos menores -de 12 y 13 años cuando sucedieron los hechos- que denunciaron una violación grupal en Burjassot.

El juzgado impone la pena de cárcel por un delito contra la integridad moral y el abono de 12.000 a la madre de una de las menores, por medio de su madre, en concepto de responsabilidad civil, así como una multa de 10 euros diarios durante tres meses por un delito de descubrimiento y revelación de secretos.

La sentencia se puede recurrir

La sentencia, que se puede recurrir en el plazo de diez días ante la Audiencia de Valencia, considera probado que Seguí publicó en su cuenta de Twitter un vídeo realizado y publicado en Instagram, para sus seguidores privados y con una duración de 24 horas, por tres menores, con las caras cubiertas por un filtro, en el que comentaban que se iban a hacer famosas e iban salir en la televisión con motivo de una agresión sexual que habían padecido en Burjassot la víspera.

Este caso de violencia sexual fue denunciado en mayo del año pasado y cuatro de los cinco autores aceptaron penas de entre tres y cinco años de internamiento -uno de ellos era inimputable por ser menor de 14-.

La difusión del vídeo de Cristina Seguí sobre las menores violadas en Burjassot

Ese vídeo se lo envió a la acusada previamente la madre de un compañero de instituto de una de las menores, sin haberlo obtenido, grabado ni capturado esta personalmente, sino que lo capturó y envió a Seguí.

La acusada lo difundió en su propia página de Twitter, que contaba con 200.000 seguidores, acompañándolo de un texto en diagonal en la imagen con su nombre, y del siguiente texto: ”Está todo mal, no es una niña de 12 sino de 15 o 16, el sexo fue acordado y consentido y lo hicieron para hacerse famosas en TV gracias a medios de difusión como vosotros”.

Dicho texto fue escrito y difundido «con la intención de menospreciar y denigrar» a esas menores públicamente, cosa que consiguió, de manera tal que una de las niñas vio agravada la situación psicológica sufrida por la agresión sexual como consecuencia de haber sido visto ese video por terceros a quien ella no tenía en su círculo de contactos en Twitter y sin su conocimiento ni consentimiento», según la sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

Asimismo, ese día, Cristina Seguí acudió al programa televisivo de Internet llamado ‘Estado de alarma’, al que proporcionó el vídeo para ser reproducido y comentado por ella y por su presentador bajo el título ‘Desmontando la falsa manada de Burjassot’.

El vídeo fue eliminado

El vídeo fue eliminado de las redes sociales a requerimiento de la Agencia Estatal de Protección de Datos, y hoy los enlaces están deshabilitados.

Como consecuencia de lo anterior, la menor padece estrés postraumático agravado por la difusión del video, hubo de cambiar de centro escolar porque fue reconocida por muchos compañeros y señalada como protagonista de los hechos referidos, y recibe tratamiento psicológico, presentando un perfil completamente desajustado para su edad y desarrollo, y con un posible futuro deterioro en su salud mental, añade como hechos probados.

«Ella misma otorgó a las menores la condición de menores y de víctimas que hoy niega con base en que nada de eso se decía en el video ni se podía deducir», recoge el fallo.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Valencia

Ayuda por nacimiento y adopción en València 2026: 400 euros y cómo solicitarla

Publicado

en

Cheque bebé Valencia 2025
PIXABAY

València aumenta hasta 400 euros la ayuda por nacimiento o adopción para 2026

El Ayuntamiento de València ha aprobado la convocatoria de ayudas municipales al fomento de la natalidad y la conciliación familiar para el año 2026, aumentando la cuantía a 400 euros por cada nacimiento, adopción o acogimiento, frente a los 300 euros del año anterior. La convocatoria cuenta con un presupuesto de 1,5 millones de euros y se dirige a familias que acrediten residencia continuada en València de al menos cuatro años en el momento del nacimiento o inicio de la convivencia por adopción o acogimiento.

Estas ayudas, concedidas mediante procedimiento de concurrencia no competitiva, buscan garantizar la igualdad de trato entre todas las personas solicitantes que cumplan los requisitos y forman parte de la política municipal de apoyo a la familia, la conciliación laboral y la cohesión social. Según la Junta de Gobierno Local, “la falta de natalidad es uno de los problemas acuciantes de la sociedad valenciana y la conciliación, una de las asignaturas pendientes”.

Requisitos para acceder a la ayuda

Podrán beneficiarse de la ayuda las personas progenitoras, adoptantes, acogedoras o tutoras de la persona menor que cumplan los siguientes criterios:

  • Residencia continuada en València de al menos cuatro años en el momento del nacimiento, adopción o acogimiento.

  • Empadronamiento del menor en el municipio de València.

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no estar incursas en causas de prohibición legal.

  • En casos de separación, divorcio o familias monoparentales, podrá ser beneficiaria la persona que conviva con el menor en la fecha de la solicitud.

Plazos y presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes será de dos meses a partir de la fecha del nacimiento, adopción o acogimiento. Las solicitudes se podrán presentar:

  • De forma presencial, en las juntas de distrito y oficinas de registro y atención a la ciudadanía.

  • De manera electrónica, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de València.

Documentación requerida

  • Solicitud normalizada debidamente cumplimentada y firmada.

  • Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte).

  • Libro de familia o certificado de nacimiento, adopción o acogimiento.

  • Certificado de empadronamiento del solicitante y del menor.

  • Certificado de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (comprobado de oficio por el Ayuntamiento).

  • Certificado de titularidad bancaria.

  • Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos exigidos.

Resolución y abono de la ayuda

El Ayuntamiento resolverá las solicitudes en un plazo máximo de tres meses desde su presentación. La ayuda se abonará en un único pago de 400 euros mediante transferencia bancaria y será compatible con otras subvenciones o prestaciones similares otorgadas por otras administraciones o entidades.


Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram.

Continuar leyendo