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Detenidos por apropiarse de fianzas con anuncios falsos de casas en internet que ni existían

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ALICANTE, 2 Feb. (EUROPA PRESS) –

La Policía Nacional ha detenido en Alicante a un matrimonio y una tercera persona por presuntamente estafar más de 28.000 euros en la compra o el alquiler de viviendas, mediante anuncios falsos en internet y una supuesta agente inmobiliaria.

La investigación arrancó al seguir el rastro de la pareja, que ya fue detenida el año pasado por su presunta implicación en delitos de estafa y pertenencia a grupo criminal, informa la Jefatura Superior en un comunicado.

Los sospechosos se dedicaban a apropiarse de las fianzas y reservas que los perjudicados abonaban por la compra de las supuestas viviendas que ofrecían de modo fraudulento. Para conseguir los pagos, falsificaban las firmas en los contratos de arras, al tiempo que modificaban los datos del registro de la propiedad y de identidad de los verdaderos propietarios. La Policía esclareció tres denuncias por defraudar cerca de 70.000 euros.

En esta ocasión, los agentes tuvieron conocimiento que el matrimonio, junto con otra persona, podría llevar de nuevo a cabo estafas inmobiliarias, para lo que una de los tres detenidos se hacía pasar por agente inmobiliaria.

Para ello, la mujer presuntamente ofrecía la venta de inmuebles a través de anuncios en internet, pero en la mayoría de ocasiones se trataba de viviendas sobre las que no tenían ningún tipo de poder de decisión sobre su venta o alquiler.

Gracias a las denuncias de dos nuevos perjudicados, los investigadores descubrieron que los presuntos autores pedían a los compradores grandes cantidades de dinero en concepto de reserva o fianza de esas viviendas.

Una vez abonada la cantidad, las víctimas intentaban contactar con la falsa agente inmobiliaria para interesarse por la fecha de la firma de los contratos de compra-venta, sin obtener respuesta en la mayoría de ocasiones.

CASAS QUE NI ESTABAN A LA VENTA
De hecho, en algunos casos, las viviendas ni siquiera se encontraban en venta, y en otros los estafadores encubrían la reserva de la casa al propietario para supuestamente apropiarse del dinero. Paralelamente, las víctimas realizaban transferencias bancarias a cuentas de varias entidades.

La Policía identificó así a los titulares de todas las cuentas y, una vez determinó el modus operandi y la implicación en la trama de los sospechosos, estableció un dispositivo que concluyó con la detención de tres personas. Esta operación ha desarticulado en Alicante un entramado que en pocos meses logró estafar a los dos perjudicados hasta 28.400 euros.

Los tres arrestados, de 28 a 70 años, han sido puestos en libertad tras prestar declaración en las dependencias de la Policía Nacional de Alicante. En la investigación participaron efectivos del grupo de delincuencia económica de la brigada de Policía Judicial de la comisaría provincial.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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