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Dos años de prisión para la excúpula de la CAM por los negocios en el Caribe

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Madrid, 15 dic (EFECOM).- La Audiencia Nacional ha condenado al ex director general de la extinta Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) Roberto López Abad y ex director general de empresas Daniel Gil a dos años de prisión por los negocios inmobiliarios con Valfensal en el Caribe, que causaron a la entidad un perjuicio de 28 millones.
En una sentencia conocida este martes, la sección primera de la sala de lo Penal ratifica el acuerdo de conformidad alcanzado por los administradores de Valfensal, Juan Vicente Ferri y José Salvador Baldó, a los que condena a otros dos años de cárcel como «inductores» de administración desleal y tres delitos contra la Hacienda Pública.
La causa parte de la querella que interpuso en 2012 el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), que en su escrito sostenía que «con el conocimiento y consentimiento de López Abad y Gil, se desviaron fondos en beneficio de Ferri y Baldó, sus socios de Valfensal, gracias a una política de opacidad y falta de transparencia que generó en una provisión de 28 millones de euros».
Los magistrados consideran que ha quedado «plenamente acreditado» que la CAM sufrió un «gravísimo perjuicio como consecuencia de la actuación fraudulenta de los acusados», que llevaron a cabo una gestión «negligente a través de una serie de operaciones arriesgadas a la vista de las circunstancias de mercado».
Al respecto, sostiene que estas operaciones «han de encuadrarse dentro de la intervención de la CAM por parte del Banco de España», que achacan a la negligencia de la excúpula, lo que obligó al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) a inyectar dinero público para «paliar» la situación.
La sentencia, de la que ha sido ponente el juez Jesús Eduardo Gutiérrez, califica de ilícitas varias operaciones de compra, como la del Hotel Caracol, situado en la Riviera Maya (México) por 60,4 millones de dólares, y de la que no consta «ningún informe relativo a la propuesta de inversión» que debía haber realizado el hólding inmobiliario de la CAM, TIP.
Asimismo, ve «significativa» la prueba pericial elaborada por el Banco de España, según la cual la inspección de la caja de 2008 «puso de manifiesto la falta de control de los riesgos de crédito y liquidez, cuya gestión presentaba deficiencias críticas».
De hecho, el informe aseguraba que la gestión del riesgo de crédito «estaba supeditada a los intereses del socio o los de la caja, habiendo incurrido en malas prácticas bancarias», una línea «personalista» de la que responsabilizaba a López Abad y Gil.
En esta línea se pronuncian los jueces, que entienden que fueron ambos quienes llevaban «de hecho, aunque no de derecho» la administración de la CAM, negociando «directamente» con los representantes legales de Valfensal.
De este modo, López Abad y Gil «‘estudiaban’ tales operaciones, siempre a iniciativa de Ferri y Baldó, que manifestaban qué tipo de operación, qué tipo de financiación y qué importe debía tener».
Esta «gestión personalista» hacía que los trámites se supeditaran «siempre» a la decisión y al «visto bueno» del entonces director general de la caja y de su director de empresas, reduciendo al Consejo de Administración a una «actuación meramente formal».
Por ello, la sala condena a ambos a dos años de cárcel y cinco años de inhabilitación, como autores responsables de un delito de administración desleal al que aplican como atenuantes las dilaciones indebidas del caso.
Respecto a Ferri y Baldó, confirma seis meses de prisión por administración desleal y otros seis meses por cada uno de los tres delitos contra la Hacienda Pública de los ejercicios 2009, 2010 y 2013, de los que se les acusaba; ambos deberán abonar además una multa de más de tres millones de euros.
En relación a la responsabilidad civil, los cuatro tendrán que pagar de forma conjunta y solidaria al FGD 28 millones de euros en concepto del perjuicio causado, de los que se deducirán los 12,5 millones ya consignados por los administradores de Valfensal.
Precisamente Gil es uno de los cuatro acusados que estos días se sientan en el banquillo de la Audiencia Nacional por la reestructuración de deuda de la promotora inmobiliaria Hansa Urbana en 2011, que habría provocado un daño a la caja de 37,7 millones.
En esta causa, tanto la Fiscalía Anticorrupción como el FGD solicitan para ellos cuatro años de prisión.

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Iberia prolonga hasta el 31 de diciembre la suspensión de vuelos a Venezuela

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Iberia cancela vuelos Venezuela
Iberia

Iberia ha decidido extender durante un mes adicional la suspensión de todas sus conexiones aéreas con Venezuela, una medida que se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre.
La aerolínea adopta esta ampliación tras las recomendaciones emitidas por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), según informó este lunes.

Esta decisión afecta a toda la programación de vuelos entre España y Venezuela durante el resto del año, mientras la compañía continúa evaluando la situación para determinar los próximos pasos.

 

 Las acusaciones del INAC

El organismo venezolano ha justificado la decisión al considerar que estas aerolíneas han paralizado sus vuelos “basándose en un NOTAM emitido por una autoridad sin competencia en la FIR Maiquetía”, el espacio aéreo que controla el aeropuerto internacional Simón Bolívar, en Caracas.

Según el INAC, esta suspensión constituye alinearse con una “acción de terrorismo de Estado” atribuida al Gobierno de Estados Unidos, que días atrás emitió un aviso a las aerolíneas recomendando “extremar la precaución” debido al deterioro de la seguridad y al aumento de la actividad militar en el país.

Iberia y el resto de aerolíneas habían suspendido vuelos por seguridad

La española Iberia anunció el sábado la suspensión temporal de sus rutas con Caracas tras la alerta de la Administración Federal de Aviación (FAA), que instó a evitar riesgos operativos “a todas las altitudes”. La compañía aseguró que la seguridad de pasajeros y tripulación sigue siendo su prioridad.

Otras aerolíneas europeas y latinoamericanas adoptaron decisiones similares, todas fundamentadas en riesgos operativos y no en motivos políticos, según comunicaron de manera oficial.

 Cabello acusa a EE. UU. de intervenir en espacio aéreo ajeno

En paralelo, el ministro de Interior venezolano, Diosdado Cabello, denunció en la cadena estatal VTV que Estados Unidos “emitió un NOTAM que abarca espacio aéreo de varios países, no sólo el de Venezuela”, criticando que, aun así, “las aerolíneas siguen volando a esos países sin problema, pero de repente decidieron no volar a Venezuela”.

Cabello afirmó que se trata de una acción “coordinada” que, en su opinión, pretende influir políticamente en el país y afectar a su conectividad internacional.

Impacto y situación actual

Con esta decisión, Venezuela reduce drásticamente su oferta de vuelos internacionales, afectando a rutas clave con Europa y América Latina. Las aerolíneas aún no han comunicado si recurrirán la revocación ni cuándo podrían reanudar operaciones.

Mientras tanto, el INAC sostiene que Venezuela mantiene condiciones de seguridad adecuadas y acusa a los gobiernos extranjeros de “presiones políticas” que, a su juicio, buscan aislar al país.

 

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