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Dos años de prisión para la excúpula de la CAM por los negocios en el Caribe

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Madrid, 15 dic (EFECOM).- La Audiencia Nacional ha condenado al ex director general de la extinta Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) Roberto López Abad y ex director general de empresas Daniel Gil a dos años de prisión por los negocios inmobiliarios con Valfensal en el Caribe, que causaron a la entidad un perjuicio de 28 millones.
En una sentencia conocida este martes, la sección primera de la sala de lo Penal ratifica el acuerdo de conformidad alcanzado por los administradores de Valfensal, Juan Vicente Ferri y José Salvador Baldó, a los que condena a otros dos años de cárcel como «inductores» de administración desleal y tres delitos contra la Hacienda Pública.
La causa parte de la querella que interpuso en 2012 el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), que en su escrito sostenía que «con el conocimiento y consentimiento de López Abad y Gil, se desviaron fondos en beneficio de Ferri y Baldó, sus socios de Valfensal, gracias a una política de opacidad y falta de transparencia que generó en una provisión de 28 millones de euros».
Los magistrados consideran que ha quedado «plenamente acreditado» que la CAM sufrió un «gravísimo perjuicio como consecuencia de la actuación fraudulenta de los acusados», que llevaron a cabo una gestión «negligente a través de una serie de operaciones arriesgadas a la vista de las circunstancias de mercado».
Al respecto, sostiene que estas operaciones «han de encuadrarse dentro de la intervención de la CAM por parte del Banco de España», que achacan a la negligencia de la excúpula, lo que obligó al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) a inyectar dinero público para «paliar» la situación.
La sentencia, de la que ha sido ponente el juez Jesús Eduardo Gutiérrez, califica de ilícitas varias operaciones de compra, como la del Hotel Caracol, situado en la Riviera Maya (México) por 60,4 millones de dólares, y de la que no consta «ningún informe relativo a la propuesta de inversión» que debía haber realizado el hólding inmobiliario de la CAM, TIP.
Asimismo, ve «significativa» la prueba pericial elaborada por el Banco de España, según la cual la inspección de la caja de 2008 «puso de manifiesto la falta de control de los riesgos de crédito y liquidez, cuya gestión presentaba deficiencias críticas».
De hecho, el informe aseguraba que la gestión del riesgo de crédito «estaba supeditada a los intereses del socio o los de la caja, habiendo incurrido en malas prácticas bancarias», una línea «personalista» de la que responsabilizaba a López Abad y Gil.
En esta línea se pronuncian los jueces, que entienden que fueron ambos quienes llevaban «de hecho, aunque no de derecho» la administración de la CAM, negociando «directamente» con los representantes legales de Valfensal.
De este modo, López Abad y Gil «‘estudiaban’ tales operaciones, siempre a iniciativa de Ferri y Baldó, que manifestaban qué tipo de operación, qué tipo de financiación y qué importe debía tener».
Esta «gestión personalista» hacía que los trámites se supeditaran «siempre» a la decisión y al «visto bueno» del entonces director general de la caja y de su director de empresas, reduciendo al Consejo de Administración a una «actuación meramente formal».
Por ello, la sala condena a ambos a dos años de cárcel y cinco años de inhabilitación, como autores responsables de un delito de administración desleal al que aplican como atenuantes las dilaciones indebidas del caso.
Respecto a Ferri y Baldó, confirma seis meses de prisión por administración desleal y otros seis meses por cada uno de los tres delitos contra la Hacienda Pública de los ejercicios 2009, 2010 y 2013, de los que se les acusaba; ambos deberán abonar además una multa de más de tres millones de euros.
En relación a la responsabilidad civil, los cuatro tendrán que pagar de forma conjunta y solidaria al FGD 28 millones de euros en concepto del perjuicio causado, de los que se deducirán los 12,5 millones ya consignados por los administradores de Valfensal.
Precisamente Gil es uno de los cuatro acusados que estos días se sientan en el banquillo de la Audiencia Nacional por la reestructuración de deuda de la promotora inmobiliaria Hansa Urbana en 2011, que habría provocado un daño a la caja de 37,7 millones.
En esta causa, tanto la Fiscalía Anticorrupción como el FGD solicitan para ellos cuatro años de prisión.

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El sistema de las pulseras antimaltrato sufre una caída durante varias horas

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El sistema de control telemático de las pulseras antimaltrato ha sufrido este martes una caída temporal que ha afectado al funcionamiento de los dispositivos durante varias horas, según ha confirmado el Ministerio de Igualdad.

El fallo ha provocado que las pulseras electrónicas utilizadas para vigilar a maltratadores dejaran de enviar y recibir señales correctamente, lo que ha generado preocupación entre los cuerpos de seguridad y las víctimas con medidas de protección activas.

Desde el Ministerio aseguran que el problema técnico ya está siendo analizado y que el servicio se ha ido restableciendo progresivamente a lo largo de la tarde. Por el momento, no se tiene constancia de que se haya producido ningún incidente grave durante el periodo de interrupción.

“Ha sido un fallo puntual del sistema central de gestión. La prioridad ha sido garantizar la seguridad de las víctimas y restablecer el servicio lo antes posible”, han indicado fuentes de Igualdad.

📌 Sistema de protección clave para las víctimas de violencia de género

Las pulseras antimaltrato forman parte del programa de seguimiento por medios telemáticos del Ministerio del Interior y el Ministerio de Igualdad, que permite controlar las órdenes de alejamiento en tiempo real.
El sistema envía alertas automáticas a las fuerzas de seguridad si el agresor se aproxima al radio de seguridad de la víctima.

En la actualidad, más de 4.000 dispositivos están activos en toda España, según los últimos datos oficiales.

🔄 Actualización en curso

Fuentes de Igualdad han señalado que se investigan las causas del fallo y que se ofrecerá más información en las próximas horas.

Posibles consecuencias de la caída del sistema de las pulseras antimaltrato

La caída temporal del sistema de control de las pulseras antimaltrato puede tener repercusiones importantes en distintos niveles: seguridad de las víctimas, responsabilidad institucional, confianza pública y revisión tecnológica.

1. 🔒 Riesgo temporal para las víctimas con medidas de protección

Durante las horas en que los dispositivos dejaron de funcionar:

  • No se activaron alertas automáticas si un agresor se acercaba al perímetro de seguridad.

  • Las víctimas pudieron quedar desprotegidas ante un posible incumplimiento de la orden de alejamiento.

  • Las fuerzas de seguridad tuvieron que reforzar la vigilancia manualmente, con llamadas directas o patrullas preventivas.

Aunque Igualdad afirma que no hubo incidentes graves, este tipo de interrupciones pone en evidencia la vulnerabilidad del sistema ante fallos técnicos.

2. 🧑‍⚖️ Posibles implicaciones legales y de responsabilidad

  • Si alguna víctima hubiera sufrido un incidente durante la caída, podrían derivarse responsabilidades patrimoniales o penales para la Administración.

  • Se revisará si existía un protocolo de contingencia adecuado, y si se activó correctamente.

  • En caso de deficiencias estructurales, el proveedor tecnológico del sistema también podría ser investigado.

3. 🏛️ Repercusiones políticas e institucionales

  • La oposición podría exigir explicaciones inmediatas al Ministerio de Igualdad y al Ministerio del Interior.

  • Podrían pedirse comparecencias en el Congreso para aclarar las causas del fallo y garantizar que no vuelva a suceder.

  • Si se detecta una falta de supervisión técnica, se cuestionará la gestión y la seguridad del sistema VioGén, que coordina toda la red de protección.

4. 🧠 Pérdida de confianza en el sistema de protección

  • Las víctimas y sus familias podrían perder confianza en la fiabilidad de las pulseras, generando miedo o inseguridad.

  • También se puede afectar la imagen pública del sistema, que desde su implantación en 2009 ha sido una herramienta clave en la lucha contra la violencia de género.

5. ⚙️ Revisión técnica y auditoría del sistema

  • El fallo obligará a realizar una auditoría informática completa para determinar el origen del problema (servidores, red, software o mantenimiento).

  • Podrían implementarse nuevas medidas de redundancia, con servidores espejo o sistemas de respaldo para evitar futuras caídas.

  • También se revisará la colaboración entre Igualdad, Interior y las empresas tecnológicas que gestionan los dispositivos.

 

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