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Dos años de prisión para la excúpula de la CAM por los negocios en el Caribe

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Madrid, 15 dic (EFECOM).- La Audiencia Nacional ha condenado al ex director general de la extinta Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) Roberto López Abad y ex director general de empresas Daniel Gil a dos años de prisión por los negocios inmobiliarios con Valfensal en el Caribe, que causaron a la entidad un perjuicio de 28 millones.
En una sentencia conocida este martes, la sección primera de la sala de lo Penal ratifica el acuerdo de conformidad alcanzado por los administradores de Valfensal, Juan Vicente Ferri y José Salvador Baldó, a los que condena a otros dos años de cárcel como «inductores» de administración desleal y tres delitos contra la Hacienda Pública.
La causa parte de la querella que interpuso en 2012 el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), que en su escrito sostenía que «con el conocimiento y consentimiento de López Abad y Gil, se desviaron fondos en beneficio de Ferri y Baldó, sus socios de Valfensal, gracias a una política de opacidad y falta de transparencia que generó en una provisión de 28 millones de euros».
Los magistrados consideran que ha quedado «plenamente acreditado» que la CAM sufrió un «gravísimo perjuicio como consecuencia de la actuación fraudulenta de los acusados», que llevaron a cabo una gestión «negligente a través de una serie de operaciones arriesgadas a la vista de las circunstancias de mercado».
Al respecto, sostiene que estas operaciones «han de encuadrarse dentro de la intervención de la CAM por parte del Banco de España», que achacan a la negligencia de la excúpula, lo que obligó al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) a inyectar dinero público para «paliar» la situación.
La sentencia, de la que ha sido ponente el juez Jesús Eduardo Gutiérrez, califica de ilícitas varias operaciones de compra, como la del Hotel Caracol, situado en la Riviera Maya (México) por 60,4 millones de dólares, y de la que no consta «ningún informe relativo a la propuesta de inversión» que debía haber realizado el hólding inmobiliario de la CAM, TIP.
Asimismo, ve «significativa» la prueba pericial elaborada por el Banco de España, según la cual la inspección de la caja de 2008 «puso de manifiesto la falta de control de los riesgos de crédito y liquidez, cuya gestión presentaba deficiencias críticas».
De hecho, el informe aseguraba que la gestión del riesgo de crédito «estaba supeditada a los intereses del socio o los de la caja, habiendo incurrido en malas prácticas bancarias», una línea «personalista» de la que responsabilizaba a López Abad y Gil.
En esta línea se pronuncian los jueces, que entienden que fueron ambos quienes llevaban «de hecho, aunque no de derecho» la administración de la CAM, negociando «directamente» con los representantes legales de Valfensal.
De este modo, López Abad y Gil «‘estudiaban’ tales operaciones, siempre a iniciativa de Ferri y Baldó, que manifestaban qué tipo de operación, qué tipo de financiación y qué importe debía tener».
Esta «gestión personalista» hacía que los trámites se supeditaran «siempre» a la decisión y al «visto bueno» del entonces director general de la caja y de su director de empresas, reduciendo al Consejo de Administración a una «actuación meramente formal».
Por ello, la sala condena a ambos a dos años de cárcel y cinco años de inhabilitación, como autores responsables de un delito de administración desleal al que aplican como atenuantes las dilaciones indebidas del caso.
Respecto a Ferri y Baldó, confirma seis meses de prisión por administración desleal y otros seis meses por cada uno de los tres delitos contra la Hacienda Pública de los ejercicios 2009, 2010 y 2013, de los que se les acusaba; ambos deberán abonar además una multa de más de tres millones de euros.
En relación a la responsabilidad civil, los cuatro tendrán que pagar de forma conjunta y solidaria al FGD 28 millones de euros en concepto del perjuicio causado, de los que se deducirán los 12,5 millones ya consignados por los administradores de Valfensal.
Precisamente Gil es uno de los cuatro acusados que estos días se sientan en el banquillo de la Audiencia Nacional por la reestructuración de deuda de la promotora inmobiliaria Hansa Urbana en 2011, que habría provocado un daño a la caja de 37,7 millones.
En esta causa, tanto la Fiscalía Anticorrupción como el FGD solicitan para ellos cuatro años de prisión.

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Ábalos y Koldo a prisión provisional por riesgo de fuga ante el juicio por la trama de mascarillas

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Koldo García, que fuera asesor del exministro José Luis Ábalos, comparece ante la comisión del Senado. EFE/ J.J. Guillén

El Supremo ordena prisión sin fianza para el exministro José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García al elevarse el riesgo de fuga antes del juicio por la presunta trama de mascarillas.
La Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones populares del PP habían solicitado su ingreso inmediato en prisión.

El Supremo ordena prisión provisional para Ábalos y Koldo García

El magistrado del Tribunal Supremo (TS), Leopoldo Puente, ha acordado este jueves el ingreso en prisión provisional sin fianza del exministro José Luis Ábalos y de su antiguo asesor Koldo García, investigados por las supuestas irregularidades en contratos de material sanitario adjudicados durante la pandemia.

Se trata de un hecho histórico: es la primera vez que un diputado en ejercicio deberá entrar en prisión provisional antes de ser juzgado.

La decisión llega tras revisar las medidas cautelares que mantenían hasta hoy (retirada de pasaporte, prohibición de salir de España y comparecencias quincenales). El riesgo de fuga se considera ahora “muy elevado” ante la gravedad de las penas solicitadas.


La Fiscalía Anticorrupción alertó de un riesgo de fuga “disparado”

La medida adoptada responde a la petición expresa del jefe de Fiscalía Anticorrupción, Alejandro Luzón, así como de las acusaciones populares encabezadas por el Partido Popular.
Anticorrupción sostiene que, ante la posibilidad de que ambos se enfrenten a hasta 30 años de cárcel, existe un riesgo de fuga “inequívoco”.


La llegada de Ábalos al Supremo: “No tengo dinero ni a dónde ir”

Ábalos fue el primero en llegar al Supremo, a las 9:12 horas, solo y con una mochila de cuero. En su intervención durante la vistilla, aseguró al magistrado:

“No me voy a fugar. No tengo dinero ni a dónde ir.”

Fuentes jurídicas aseguran que el exministro estaba “visiblemente destrozado”, fumando nervioso en los patios del Palacio de Justicia mientras esperaba la resolución.

Su abogado defendió que su ingreso en prisión, siendo diputado, supondría vulnerar su derecho a representación política y acusó a Anticorrupción de querer “forzar” una declaración colaborativa similar a la del empresario Víctor de Aldama.


Koldo García: “No me voy a ir a ningún sitio”

Koldo García llegó justo a la hora señalada, acompañado de su abogada, y también negó cualquier intención de fugarse:

“No me voy a ir a ningún sitio. Todos tenemos derecho a aprender poco a poco.”

Esta última frase ha sido interpretada por presentes como un reconocimiento implícito de haber cometido errores.

Su defensa alegó arraigo familiar: una madre mayor y una hija pequeña.


El fiscal, contundente: “Ningún poder del Estado puede eludir la acción penal”

El fiscal Luzón fue especialmente duro respecto a Ábalos:

“Fue su pertenencia al Gobierno lo que permitió cometer estos delitos.
Ningún poder del Estado tiene derecho a sustraerse de la acción penal. La Justicia es ciega por eso.”


Camino al juicio por la presunta trama de mascarillas

El pasado 3 de noviembre, el magistrado Puente propuso juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por su presunta participación en una trama para adjudicar contratos millonarios de mascarillas a la empresa Soluciones de Gestión, vinculada al empresario.

Penas solicitadas por Fiscalía

  • Ábalos: 24 años de prisión

  • Koldo García: 19 años y medio

  • Víctor de Aldama: 7 años (pena reducida por su confesión)

Los delitos atribuidos incluyen:

  • organización criminal

  • cohecho

  • tráfico de influencias

  • malversación

  • uso de información privilegiada

Penas solicitadas por las acusaciones populares

Las acusaciones que lidera el PP elevan las penas a 30 años al añadir:

  • prevaricación

  • falsedad documental


Un caso que sacude al Gobierno y tensa el clima político

El ingreso inmediato en prisión del exministro socialista supone un terremoto político en vísperas del juicio. La resolución marca un paso decisivo en una de las causas de corrupción más mediáticas derivadas de la pandemia.

 

 

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