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Dos años de prisión para la excúpula de la CAM por los negocios en el Caribe

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Madrid, 15 dic (EFECOM).- La Audiencia Nacional ha condenado al ex director general de la extinta Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) Roberto López Abad y ex director general de empresas Daniel Gil a dos años de prisión por los negocios inmobiliarios con Valfensal en el Caribe, que causaron a la entidad un perjuicio de 28 millones.
En una sentencia conocida este martes, la sección primera de la sala de lo Penal ratifica el acuerdo de conformidad alcanzado por los administradores de Valfensal, Juan Vicente Ferri y José Salvador Baldó, a los que condena a otros dos años de cárcel como «inductores» de administración desleal y tres delitos contra la Hacienda Pública.
La causa parte de la querella que interpuso en 2012 el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), que en su escrito sostenía que «con el conocimiento y consentimiento de López Abad y Gil, se desviaron fondos en beneficio de Ferri y Baldó, sus socios de Valfensal, gracias a una política de opacidad y falta de transparencia que generó en una provisión de 28 millones de euros».
Los magistrados consideran que ha quedado «plenamente acreditado» que la CAM sufrió un «gravísimo perjuicio como consecuencia de la actuación fraudulenta de los acusados», que llevaron a cabo una gestión «negligente a través de una serie de operaciones arriesgadas a la vista de las circunstancias de mercado».
Al respecto, sostiene que estas operaciones «han de encuadrarse dentro de la intervención de la CAM por parte del Banco de España», que achacan a la negligencia de la excúpula, lo que obligó al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) a inyectar dinero público para «paliar» la situación.
La sentencia, de la que ha sido ponente el juez Jesús Eduardo Gutiérrez, califica de ilícitas varias operaciones de compra, como la del Hotel Caracol, situado en la Riviera Maya (México) por 60,4 millones de dólares, y de la que no consta «ningún informe relativo a la propuesta de inversión» que debía haber realizado el hólding inmobiliario de la CAM, TIP.
Asimismo, ve «significativa» la prueba pericial elaborada por el Banco de España, según la cual la inspección de la caja de 2008 «puso de manifiesto la falta de control de los riesgos de crédito y liquidez, cuya gestión presentaba deficiencias críticas».
De hecho, el informe aseguraba que la gestión del riesgo de crédito «estaba supeditada a los intereses del socio o los de la caja, habiendo incurrido en malas prácticas bancarias», una línea «personalista» de la que responsabilizaba a López Abad y Gil.
En esta línea se pronuncian los jueces, que entienden que fueron ambos quienes llevaban «de hecho, aunque no de derecho» la administración de la CAM, negociando «directamente» con los representantes legales de Valfensal.
De este modo, López Abad y Gil «‘estudiaban’ tales operaciones, siempre a iniciativa de Ferri y Baldó, que manifestaban qué tipo de operación, qué tipo de financiación y qué importe debía tener».
Esta «gestión personalista» hacía que los trámites se supeditaran «siempre» a la decisión y al «visto bueno» del entonces director general de la caja y de su director de empresas, reduciendo al Consejo de Administración a una «actuación meramente formal».
Por ello, la sala condena a ambos a dos años de cárcel y cinco años de inhabilitación, como autores responsables de un delito de administración desleal al que aplican como atenuantes las dilaciones indebidas del caso.
Respecto a Ferri y Baldó, confirma seis meses de prisión por administración desleal y otros seis meses por cada uno de los tres delitos contra la Hacienda Pública de los ejercicios 2009, 2010 y 2013, de los que se les acusaba; ambos deberán abonar además una multa de más de tres millones de euros.
En relación a la responsabilidad civil, los cuatro tendrán que pagar de forma conjunta y solidaria al FGD 28 millones de euros en concepto del perjuicio causado, de los que se deducirán los 12,5 millones ya consignados por los administradores de Valfensal.
Precisamente Gil es uno de los cuatro acusados que estos días se sientan en el banquillo de la Audiencia Nacional por la reestructuración de deuda de la promotora inmobiliaria Hansa Urbana en 2011, que habría provocado un daño a la caja de 37,7 millones.
En esta causa, tanto la Fiscalía Anticorrupción como el FGD solicitan para ellos cuatro años de prisión.

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La familia de Edwin Arrieta rompe su silencio tras la sentencia de Daniel Sancho

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Los familiares del cirujano colombiano reciben con respeto la confirmación de la cadena perpetua y lanzan un mensaje directo al condenado

La familia de Edwin Arrieta ha reaccionado a la decisión de la Justicia tailandesa de mantener la cadena perpetua para Daniel Sancho por el asesinato premeditado del cirujano colombiano en agosto de 2023. Los allegados de Arrieta han difundido un comunicado en el que aseguran que reciben «con respeto» la resolución y reclaman al condenado que reconozca los hechos y asuma sus responsabilidades.

El Tribunal Provincial de Samui ha desestimado los recursos presentados contra la sentencia de primera instancia y ha confirmado la condena a cadena perpetua impuesta a Sancho. La resolución fue elaborada por el Tribunal de Apelaciones de Phuket y comunicada este viernes en una sesión a puerta cerrada.

La familia Arrieta: «Supone el reconocimiento de la gravedad de los hechos»

En su comunicado, los familiares de Edwin Arrieta señalan que la confirmación de la condena supone el reconocimiento de la gravedad de los hechos y de la responsabilidad penal establecida en la sentencia de primera instancia.

La familia recuerda que la resolución mantiene la cadena perpetua dictada en agosto de 2024 y rechaza el recurso presentado por la defensa de Daniel Sancho, que solicitaba una repetición del juicio y la incorporación de nuevos testigos.

Los allegados del cirujano colombiano aseguran que ahora analizarán «jurídicamente en profundidad» la resolución, especialmente sus efectos y las cuestiones que todavía permanecen pendientes dentro del procedimiento.

«Nadie busca venganza»

El comunicado de la familia Arrieta también incluye un mensaje especialmente dirigido a Daniel Sancho.

«Nadie busca venganza y nada puede devolver a Edwin a su familia ni reparar el sufrimiento causado», señalan los familiares, antes de plantear una petición al condenado.

«¿No es ya momento de reconocer los hechos, pedir un perdón sincero, asumir plenamente las responsabilidades y dejar descansar a Edwin?», concluyen.

La familia considera que, más allá de la decisión judicial, ninguna condena puede devolver a Edwin Arrieta a sus seres queridos ni reparar el dolor provocado por su muerte.

La defensa de Daniel Sancho había pedido repetir el juicio

La defensa de Daniel Sancho había recurrido la sentencia de primera instancia y solicitaba que se repitiera el juicio o se celebrara una nueva vista con nuevos testigos.

Los abogados del español sostenían que la muerte de Arrieta se produjo durante una pelea y cuestionaban la calificación de asesinato premeditado establecida por el tribunal tailandés.

La Justicia de Tailandia ha rechazado ahora esos argumentos y mantiene la condena a cadena perpetua.

La petición de pena de muerte de la familia Arrieta sigue pendiente

La resolución conocida este viernes no cierra todas las cuestiones planteadas por las partes.

La acusación particular, en representación de la familia de Edwin Arrieta, también presentó un recurso para solicitar que se elevara la pena a pena de muerte y que aumentara la indemnización fijada en la sentencia de primera instancia.

Ese recurso todavía no ha sido resuelto, según la información publicada este viernes por medios como EFE y EL PAÍS.

Por tanto, la decisión conocida este viernes mantiene la cadena perpetua para Daniel Sancho, pero quedan cuestiones pendientes dentro del procedimiento judicial tailandés.

Más de tres años después de la muerte de Edwin Arrieta

Edwin Arrieta murió el 2 de agosto de 2023 en la isla tailandesa de Phangan. Daniel Sancho fue condenado en agosto de 2024 por el asesinato premeditado, además de otros delitos relacionados con la ocultación y el descuartizamiento del cadáver y la destrucción del pasaporte de la víctima.

Ahora, más de tres años después de los hechos, la Justicia tailandesa ha confirmado en esta primera revisión la condena a cadena perpetua.

El procedimiento todavía puede tener recorrido judicial. Tanto la defensa como la acusación disponen de vías adicionales de recurso antes de que la sentencia pueda considerarse definitivamente firme.

Para la familia Arrieta, el nuevo pronunciamiento judicial supone un paso más en un proceso que, según trasladan en su comunicado, no busca venganza sino el reconocimiento de la responsabilidad por la muerte de Edwin.

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