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Absuelven al ‘Cuco’ y a su madre de falso testimonio en el juicio de Marta del Castillo
Publicado
hace 1 añoen

La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha revocado la condena de dos años de cárcel por falso testimonio en el juicio por el asesinato de la joven Marta del Castillo, celebrado en 2011, a Javier García ‘el Cuco’ y su madre, y los absuelve al considerar que la figura de testigo-coimputado no está «regulada» legalmente y que ella no mintió en cuestiones «trascendentales».
En una sentencia notificada este jueves a las partes, y de la que ha informado en un comunicado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Audiencia estima los recursos de apelación presentados por las defensas de ambos, condenados inicialmente por el Juzgado de lo Penal número 7 a dos años de prisión por sus declaraciones como testigos en el juicio por el crimen de Marta del Castillo.
Ese juzgado, cuya decisión queda ahora revocada, también condenó a madre e hijo al pago de una multa de 1.440 euros, así como a indemnizar de forma conjunta y solidaria a los padres de Marta del Castillo con un total de 30.000 euros.
Sentencia contra la que cabe recurso de casación
El tribunal sevillano, en una sentencia de 46 páginas que no es firme y contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, absuelve al Cuco al entender que la figura del testigo-coimputado «no se encuentra regulada» legalmente y que no se han determinado las consecuencias de faltar a la verdad en su declaración por parte del Supremo.
En el caso de la madre, la absuelve porque considera que «no mintió en cuestiones trascendentales» para la resolución del asunto y, además, no fue advertida de la dispensa legal de no contestar a preguntas que pudieran perjudicar a su hijo.
Ya fue investigado como partícipe en el asesinato
Los magistrados de la Sección Primera recuerdan que el Cuco fue investigado como partícipe en el asesinato de Marta del Castillo hace 15 años, por lo que se abrió el correspondiente expediente en el Juzgado de Menores número 3.
Finalmente, el joven fue condenado por un delito de encubrimiento por su participación en los hechos inmediatamente posteriores a la muerte de Marta del Castillo, «ayudando a su amigo Miguel (Carcaño) a deshacerse de su cadáver y evitar su descubrimiento».
En esta sentencia, según considera probado la Audiencia, el joven fue absuelto del delito de asesinato, de dos delitos de agresión sexual, de un delito contra la integridad moral y de un delito de profanación de cadáveres. Respecto a su madre, el tribunal señala que intervino como responsable civil en dicho expediente de reforma, al igual que su pareja sentimental, ya fallecido.
La Audiencia ha analizado el recurso de apelación presentado por la defensa de Francisco Javier que, entre otros motivos, alegó que no debía declarar con la condición de testigo en el juicio de la Sección Séptima dado que estaba incurso en un procedimiento penal en el Juzgado de Menores por los mismos hechos.
La defensa centró la cuestión en si su cliente pudo faltar o no a la verdad en el juicio celebrado ante la Sección Séptima de la Audiencia cuando declaró el 25 de octubre, y si cuando prestó declaración le asistía el derecho a no declarar en calidad de testigo.
Cuestión jurídica ‘controvertida’
La Audiencia de Sevilla argumenta que en la sentencia del Juzgado de lo Penal no se dio respuesta con la «suficiencia necesaria» a una cuestión jurídica «tan controvertida» como la planteada por el letrado de la defensa, quien se limitó a indicar que resultaba irrelevante la cuestión planteada desde el momento en que el acusado había reconocido que había faltado a la verdad.
Los magistrados señalan que, en principio, no está cuestionado que debía ser traído en el posterior juicio contra el otro copartícipe en calidad de testigo, pues ya no podría serlo en calidad de acusado, pero que sí era controvertido su alcance probatorio, dada la existencia de la doctrina suficiente sobre la valoración de las declaraciones de los «coimputados».
Pleno no Jurisdiccional del Supremo
En esta línea, el tribunal indica que la «cuestión controvertida» trató de resolverla el Pleno no Jurisdiccional del Tribunal Supremo el 16 de diciembre de 2008 con motivo de la resolución de un recurso de casación.
Este indicó que la persona que ha sido juzgada por unos hechos y con posterioridad acude al juicio de otro imputado para declarar sobre esos mismos hechos, declara en el plenario como testigo y, por tanto, su testimonio debe ser valorado en términos racionales para determinar su credibilidad.
La Audiencia mantiene que el Cuco debió ser llamado necesariamente en la causa de mayores en calidad de testigo, aunque remarca que no se trata de un «testigo al uso», pues ya no es coacusado ni un imputado, al haber recaído sentencia firme por hechos iguales de enjuiciamiento, pero se le cita como testigo.
Concluye que el acusado tenía la obligación de comparecer al llamamiento judicial en calidad de testigo, pero no se le podía imponer declarar «algo que le llevara a confesarse culpable pese a que hubiera sido condenado por ello», pues su derecho de defensa le alcanza al periodo de ejecución, de ahí que sus manifestaciones inciertas no podían conllevar un delito de falso testimonio en causa penal.
Además, la Sección Primera estima igualmente el recurso de apelación presentado por la defensa de la madre del Cuco, al entender que en su declaración como testigo en el juicio contra los mayores «no mintió en cuestiones trascendentales para la resolución del asunto». Aunque es verdad que faltó a la verdad como ha reconocido, añade, «no alcanza a tener relevancia para configurar el tipo penal por el que ha sido condenada».
Según sostienen los magistrados, no se aprecia en la acusada un delito de falso testimonio al no haber inducido a error al tribunal sobre los datos que aportó con su declaración al no ser esenciales para la resolución del fondo.
Para su absolución, la Audiencia tiene en cuenta que no fue advertida en el juicio de la Sección Séptima de la dispensa de no contestar a las preguntas que pudieran perjudicar a su hijo.
El padre de Marta del Castillo dará su opinión este viernes
Por su parte, Antonio del Castillo, padre de la joven asesinada, ha asegurado este jueves que desea «calmar los nervios» tras conocer la decisión de absolver al Cuco y a su madre, y ha convocado una rueda de prensa para este viernes en la que dará su opinión.
Así lo ha comunicado en un mensaje en la red social X, en la que asegura que tiene que leer con calma la sentencia antes de pronunciarse sobre la misma.
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Santos Cerdán, a prisión sin fianza por riesgo de fuga y destrucción de pruebas
Publicado
hace 10 horasen
30 junio, 2025
El Tribunal Supremo (TS) ha decretado este lunes el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza del ex secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, por su presunta implicación en una trama de cobro de comisiones ilegales a cambio de adjudicaciones de obra pública, conocida como el ‘caso Koldo’. Se le atribuyen los delitos de organización criminal, cohecho y tráfico de influencias, debido a su supuesta posición de liderazgo dentro de la red corrupta.
El magistrado instructor, Leopoldo Puente, sostiene en el auto —al que ha tenido acceso Europa Press— que Cerdán se encargaba personalmente de reclamar a las constructoras favorecidas las cantidades pactadas de forma irregular, recaudarlas y hacerlas llegar a José Luis Ábalos y Koldo García. Según el juez, existía entre ellos una relación «vertical», donde Cerdán ejercía un papel de preeminencia en la distribución de los beneficios ilícitos obtenidos por la organización.
Así serán los primeros cinco días de Santos Cerdán en la prisión de Soto del Real tras ser encarcelado por el caso Koldo
Santos Cerdán, exsecretario de Organización del PSOE, ha ingresado oficialmente en el centro penitenciario de Soto del Real (Madrid V) tras la decisión del Tribunal Supremo de decretar prisión provisional, comunicada y sin fianza, por su presunta implicación en la trama de comisiones ilegales conocida como el caso Koldo.
Durante sus primeros cinco días en prisión, Cerdán permanecerá en el departamento de ingresos, una fase clave para todos los reclusos preventivos en la que será evaluado por los distintos técnicos del centro penitenciario antes de que se le asigne una celda definitiva.
Evaluación médica, social y psicológica: el protocolo de ingreso penitenciario
Según establece el artículo 20 del Reglamento Penitenciario, todos los internos recién llegados pasan por un proceso de evaluación integral. Cerdán será examinado a la mayor brevedad posible por el médico del centro y entrevistado por un educador y un trabajador social, quienes detectarán sus posibles necesidades sociales, personales o psicológicas. Esta evaluación inicial también ayudará a determinar su inclusión en programas de tratamiento o intervención específicos.
El objetivo de este procedimiento es ofrecer un modelo individualizado de intervención y velar tanto por su salud como por su seguridad y adaptación al entorno penitenciario.
La celda definitiva y el informe técnico
Durante estos días, los profesionales de Soto del Real emitirán un primer informe de clasificación interior conforme al artículo 99 del Reglamento Penitenciario, que determinará su ubicación definitiva dentro del centro. Esta fase puede incluir una propuesta de separación interior, inclusión en módulos específicos o incluso, en casos puntuales, el traslado a otro centro penitenciario si así se considera oportuno.
Solo se podrá prolongar esta fase inicial más allá de los cinco días por motivos sanitarios o de seguridad, debiendo ser notificado al juez de vigilancia penitenciaria.
Además, la prisión planificará desde el primer momento las actividades educativas, socioculturales, deportivas y de desarrollo personal en las que podrá participar el exdirigente socialista.
El papel de la Junta de Tratamiento
Una vez finalizado el ingreso, la Junta de Tratamiento del centro valorará factores como su ocupación laboral previa, nivel de estudios, formación profesional y situación familiar para definir un modelo de intervención adaptado. Todo ello respetando el principio de presunción de inocencia, dado que Cerdán se encuentra en calidad de investigado y no condenado.
Las acusaciones del Tribunal Supremo: organización criminal, cohecho y tráfico de influencias
El ingreso en prisión de Santos Cerdán se produce tras un auto firmado por el magistrado Leopoldo Puente, que lo considera pieza clave en la presunta red de adjudicación irregular de obra pública a cambio de comisiones, conocida como el caso Koldo. El Supremo atribuye a Cerdán delitos de organización criminal, cohecho y tráfico de influencias.
Según el juez, Cerdán habría actuado con un papel de “cierta preeminencia” dentro de la trama, encargándose de reclamar las cantidades pactadas a las constructoras beneficiadas, para después distribuir esos fondos ilícitos entre José Luis Ábalos y Koldo García, exasesor de Ábalos en el Ministerio de Transportes.
Soto del Real, la cárcel de referencia para presos políticos y mediáticos
Soto del Real es una prisión tipo ubicada al norte de la Comunidad de Madrid y ha sido en los últimos años centro de ingreso habitual para figuras relevantes envueltas en causas judiciales. Desde políticos hasta grandes empresarios o celebridades mediáticas, este centro penitenciario ha adquirido un perfil altamente visible en causas de impacto nacional.
La adjudicación de obras, clave en la presunta trama
El juez detecta un patrón común en los presuntos amaños de contratos públicos: todas las obras fueron adjudicadas a Acciona Construcción, que operaba en UTE con otras empresas más pequeñas. Llama la atención que, en ninguno de los casos, la adjudicataria presentó la mejor oferta económica, siendo favorecida sistemáticamente por criterios de valoración subjetivos.
La clave: los audios grabados por Koldo
Uno de los puntos más relevantes de la investigación es la existencia de grabaciones realizadas por Koldo García entre 2019 y 2023, en las que figuran conversaciones directas con Cerdán y Ábalos. El juez considera estas pruebas como «notabilísimos indicios», subrayando que son conversaciones explícitas protagonizadas por los propios implicados, lo que les otorga un alto valor probatorio.
El magistrado descarta que estas grabaciones hayan sido manipuladas o que Koldo actuase como agente encubierto. Asegura que fueron encontradas en poder del propio García, lo que refuerza su autenticidad.
Declaración de Cerdán: niega los hechos y habla de «persecución política»
Durante su declaración, que ha durado aproximadamente una hora, Cerdán solo respondió a preguntas de su abogado. Según fuentes jurídicas citadas por Europa Press, el exdirigente socialista ha negado su implicación en los hechos y ha asegurado que todo responde a una cacería política, afirmando ser el «arquitecto» de los gobiernos progresistas liderados por Pedro Sánchez.
Tras la declaración, se celebró una vistilla de medidas cautelares. En ella, el fiscal jefe de la Fiscalía Anticorrupción, Alejandro Luzón, solicitó el ingreso inmediato en prisión, argumentando que Cerdán era el jefe de la organización criminal. A esta petición se sumaron también las acusaciones populares, lo que no ocurrió en su momento con Ábalos y García.
Riesgo de destrucción de pruebas
Aunque el magistrado instructor no considera que exista riesgo de fuga ni de reiteración delictiva, sí identifica un peligro fundado de que Cerdán pueda destruir o manipular pruebas relevantes de cara al juicio. Por este motivo, ha ordenado su ingreso inmediato en prisión sin posibilidad de fianza.
Posibles nuevos delitos: malversación y fraude fiscal
Durante la vistilla, la Fiscalía Anticorrupción también apuntó a posibles delitos de malversación y contra la Hacienda Pública, aunque el juez Puente ha indicado que «no es ahora el momento de profundizar» en estos extremos. No obstante, no se descarta que estas acusaciones se sumen en el futuro a la causa.
El Supremo sospecha que más personas podrían haberse lucrado en la trama del ‘caso Koldo’ y cifra el botín en 5 millones de euros
El Tribunal Supremo considera que en la trama del ‘caso Koldo’, por la que ha sido enviado a prisión Santos Cerdán, más personas físicas o jurídicas podrían haber participado y obtenido beneficios económicos ilícitos. Así lo ha señalado el magistrado Leopoldo Puente en el auto por el que acuerda prisión provisional sin fianza para el exsecretario de Organización del PSOE.
Según detalla el instructor, el «botín» de los presuntos amaños en adjudicaciones de obra pública ascendería a 5 millones de euros, muy por encima del millón que habrían recibido José Luis Ábalos y Koldo García, según los indicios recogidos.
El papel de Santos Cerdán en la supuesta red corrupta
El auto judicial establece que Cerdán era el encargado de reclamar a las constructoras favorecidas las comisiones pactadas, supuestamente obtenidas a cambio de adjudicaciones públicas, y posteriormente repartía esas cantidades entre los miembros clave de la trama. La investigación sostiene que existía un patrón organizado que podría implicar a más beneficiarios de lo que inicialmente se creía.
En palabras del magistrado, “el botín indiciariamente obtenido por o comprometido para Ábalos y García representa un porcentaje insólitamente mínimo en el marco de esta clase de operaciones delictivas”. Calcula que si se hubiese aplicado un 1 % de comisión sobre el valor total de las obras adjudicadas, el beneficio económico superaría los 5 millones de euros, “una cantidad varias veces mayor que la parte que indiciariamente correspondía a Ábalos y García”.
Más personas implicadas: una posibilidad abierta
Para el juez instructor, esta diferencia entre el supuesto monto total y lo recibido por los principales investigados sugiere que podría haber más implicados en la trama de corrupción: “refuerza así, siempre en los términos indiciarios, la idea de que más personas, físicas o jurídicas, además de Ábalos, García y Cerdán, pudieran haberse lucrado con las tan mencionadas adjudicaciones”.
A pesar de que todavía no hay imputaciones formales adicionales, el magistrado no descarta nuevas investigaciones en función de cómo evolucionen las diligencias y el análisis de las pruebas obtenidas.
Cerdán niega su implicación y habla de «cacería política»
Durante su comparecencia, Santos Cerdán ha negado cualquier relación con la trama corrupta, rechazando también la existencia de pagos al PSOE. Ha asegurado que su implicación en la causa responde a una persecución política motivada por su papel como «arquitecto» de los gobiernos progresistas liderados por Pedro Sánchez.
Tras la declaración, se celebró una vistilla para valorar las medidas cautelares, en la que el fiscal jefe de Anticorrupción, Alejandro Luzón, solicitó el ingreso inmediato en prisión provisional sin fianza, al considerar que Cerdán es el jefe de la organización criminal. Según fuentes jurídicas, la Fiscalía Anticorrupción ha sido tajante al asegurar que las pruebas y mensajes son lo suficientemente explícitos como para justificar la gravedad de las medidas adoptadas.
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