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El puerto de València repite como el mejor de España en conectividad marítima

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VALÈNCIA, 29 Oct.- El índice de Conectividad de los Puertos Españoles (ICP), correspondiente al primer semestre de 2019- ha situado a Valenciaport como el mejor puerto conectado del sistema portuario español. El ICP es un indicador semestral elaborado por la Autoridad Portuaria de Valencia (APV) y la Fundación Valenciaport que tiene como objetivo medir y realizar un seguimiento de la conectividad marítima.

Como novedad, en este primer semestre el ICP ha estrenado un nuevo logotipo que pasará a ser la imagen identificativa de este índice. Los resultados obtenidos en el cálculo del Índice de Conectividad Portuaria (ICP) para el primer semestre de 2019 muestran cambios de tendencia respecto al descenso iniciado el semestre anterior en algunos puertos españoles, ha informado la Autoridad Portuaria en un comunicado.

Valenciaport sigue liderando el ranking de conectividad, pese a reducir su margen respecto Algeciras, que ocupa la segunda posición. Además, en el semestre analizado, dicho puerto ha experimentado una mejora en su conectividad respecto al periodo anterior, pasando de 97,31 a 100,76 puntos.

Este incremento «se debe al aumento en el número de servicios disponibles y sus variables asociadas (capacidad ofertada y número de buques), así como por el aumento del número de puertos de destino».

Por su parte, Algeciras ha experimentado la mayor subida en sus niveles de conectividad al pasar de los 83,85 a los 92,14 puntos. Los factores detrás de este aumento son principalmente el número de servicios marítimos, navieras y el número de puertos de destino. En cuanto a Barcelona, este ha conseguido una ligera mejora en su conectividad respecto al semestre anterior, provocado por el mayor número de puertos de destino y mayor número de buques.

De entre los principales puertos, destaca también el incremento en los niveles de conectividad de Tarragona y Castellón, ambos ubicados en la fachada Mediterránea española. En la misma fachada, el puerto de Málaga ve reducida su conectividad tras la pérdida de dos servicios marítimos de Transporte Marítimo de Corta Distancia (TMCD). En cambio, los puertos pertenecientes a la fachada Atlántica, prácticamente se mantienen en los niveles de conectividad del semestre anterior, con mínimas diferencias por encima (Bilbao) y por debajo (Vigo).

Por último, los dos grandes puertos canarios también han aparecido en posiciones destacadas en el ICP, pese a que tanto Tenerife como Las Palmas obtienen menores niveles de conectividad que en el periodo anterior, derivado en ambos casos a la pérdida de servicios marítimos.

El ICP analiza siete variables: los servicios de TCMD, los tráficos de contenedores que operan en los puertos españoles, las empresas que ofrecen esos servicios, los buques adscritos, las toneladas que se están manejando, el tamaño máximo de los buques, la frecuencia y el número de puertos conectados de manera directa. El índice de conectividad está basado en datos objetivos ya que la fuente primaria para su confección son las navieras y la oferta existente.

FUENTE: (EUROPA PRESS)

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Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda a sus hijos sin pagar IRPF, pero Hacienda advierte de un impuesto

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La ley permite transmitir la vivienda habitual mediante una donación sin tributar por la ganancia patrimonial en el IRPF cuando el propietario supera los 65 años. Sin embargo, los hijos que reciben el inmueble sí deben hacer frente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y pueden tener otros gastos.

Los mayores de 65 años pueden donar su vivienda habitual a sus hijos sin tener que pagar IRPF por la ganancia patrimonial que genere la operación. Se trata de una ventaja fiscal contemplada en la legislación española que puede facilitar la transmisión de inmuebles dentro de una familia, especialmente en un momento en el que el acceso a la vivienda continúa siendo uno de los principales problemas para los jóvenes.

Sin embargo, esta posibilidad tiene una advertencia importante: que el progenitor esté exento de pagar IRPF no significa que la donación esté libre de impuestos. El hijo que recibe la vivienda debe liquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), además de tener en cuenta otros posibles gastos derivados de la operación.

La exención está recogida en el artículo 33.4.b de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que establece que están exentas las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de la vivienda habitual por personas mayores de 65 años. El beneficio también se aplica a personas en situación de dependencia severa o gran dependencia.

La donación de una vivienda a los hijos también puede estar exenta de IRPF

Aunque la normativa habla de transmisión de la vivienda habitual, la exención no se limita exclusivamente a las compraventas. También puede aplicarse cuando el propietario decide donar el inmueble a sus hijos.

Así lo confirmó la Dirección General de Tributos en su consulta vinculante V2102-24, de 27 de septiembre de 2024, en la que analizó el caso de una persona mayor de 65 años que pretendía donar su vivienda a su hija.

Hacienda determinó que la donación del inmueble genera, con carácter general, una ganancia o pérdida patrimonial para el propietario. No obstante, si se cumplen los requisitos legales para considerar el inmueble como vivienda habitual y el donante tiene más de 65 años, puede aplicarse la exención del IRPF.

Esto significa que el progenitor no tendrá que tributar por la diferencia entre el valor de adquisición de la vivienda y el valor correspondiente a la transmisión, siempre que la operación cumpla las condiciones establecidas.

Los requisitos para donar la vivienda sin pagar IRPF

No basta con haber cumplido los 65 años para beneficiarse de esta ventaja fiscal. El inmueble debe tener la consideración de vivienda habitual conforme a la normativa tributaria.

El artículo 41 bis del Reglamento del IRPF establece, con carácter general, que la vivienda debe haber constituido la residencia habitual del contribuyente durante un periodo continuado de al menos tres años.

Además, existe una circunstancia que conviene conocer: no es imprescindible que el propietario siga viviendo en el inmueble el día de la donación.

La normativa permite aplicar la exención cuando la vivienda haya tenido la consideración de habitual hasta cualquier día de los dos años anteriores a la transmisión. Por tanto, una persona que se haya trasladado a otra residencia también puede beneficiarse de esta ventaja si realiza la donación dentro de ese plazo y cumple el resto de condiciones.

El hijo tendrá que pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

La principal advertencia fiscal afecta a quien recibe la vivienda. Aunque el progenitor esté exento de IRPF, el hijo que recibe el inmueble debe tributar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ya que se trata de una adquisición gratuita.

La cantidad que tendrá que pagar dependerá de la comunidad autónoma donde corresponda liquidar el impuesto, así como del valor del inmueble, el parentesco y las circunstancias concretas de la operación.

Por este motivo, las diferencias fiscales pueden ser importantes dependiendo del territorio en el que se realice la donación. Las comunidades autónomas cuentan con sus propias bonificaciones y reducciones para las transmisiones entre padres e hijos.

Otros gastos que hay que tener en cuenta antes de donar una vivienda

La exención del IRPF para los mayores de 65 años tampoco elimina automáticamente todos los gastos asociados a la transmisión.

Entre ellos puede encontrarse la plusvalía municipal, cuando proceda, cuyo pago corresponde generalmente al donatario en las transmisiones gratuitas. También hay que contemplar los gastos de notaría y registro de la propiedad.

Por tanto, antes de donar una vivienda habitual a un hijo conviene calcular el coste fiscal completo de la operación y comprobar las bonificaciones autonómicas disponibles.

La posibilidad de transmitir una vivienda sin pagar IRPF puede representar un ahorro importante para los propietarios mayores de 65 años, pero la operación requiere estudiar tanto la situación del donante como la del beneficiario para evitar sorpresas fiscales.

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