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El TSJCV da la razón a LaLiga y suspende la limitación de 20.000 personas en los estadios

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València, 13 sep (EFE).- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) ha suspendido cautelarmente la decisión de la Generalitat de limitar a un máximo de 20.000 espectadores el aforo en los estadios de la Comunitat Valenciana que albergan competiciones profesionales de fútbol por considerar que el Consell no ha justificado esta medida.

El alto tribunal valenciano estima así la medida cautelar solicitada por la Liga de Fútbol Profesional (LFP), que no cuestionaba el límite del 60 % del aforo máximo -contemplado en la resolución de la Conselleria de Sanidad para el periodo comprendido entre los días 7 y 27 de ese mes-, sino el límite añadido en cuanto a la cifra total de asistentes.

Según consta en su resolución, los magistrados no aprecian en la resolución administrativa ni en las alegaciones al recurso formuladas por la Abogacía de la Generalitat “motivo alguno que justifique la oportunidad del requisito acumulado a la limitación del aforo en el 60 % de la capacidad de cada estadio de fútbol, sí recogida en el acuerdo del Consejo Interterritorial de Salud de 1 de septiembre”.

En este sentido, recuerdan que la resolución de Sanidad ya establece toda una serie de medidas preventivas para los estadios como la exigencia de mantener un asiento de distancia en la misma fila, la sectorización de los accesos, el uso de la mascarilla o el consumo de bebida y comida.

“Carece de sentido, como alega la representación de la Liga, el resultado al que se llega: que a partir de una cifra el espacio disponible (relación de asientos ocupados/vacíos) comience a incrementarse, sin que exista ningún factor de riesgo que se justifique, dada la previsión de las demás medidas preventivas”, precisa la Sala.

Además, expone la Sala que «la reducción del números de asistentes al espectáculo deportivo no solo acarrea perjuicios de naturaleza estrictamente económica a la recurrente (y a los clubes participantes en la competición cuyos intereses viene a representar), sino a la propia magnitud (y lo que lleva consigo) del evento por razones que no hace falta reseñar».

El Tribunal también alude en el auto, que puede ser recurrido en reposición, a la previsible evolución positiva de la pandemia y del ritmo de vacunación para las primeras fechas de efecto de esta medida en los estadios de fútbol valenciano, el próximo 17 de septiembre.

«A la vista de la tendencia evolutiva de la pandemia, que en gran medida se corresponde con el porcentaje de vacunación, es racionalmente previsible que en las primeras las fechas de efecto de la medida en los estadios de fútbol valencianos –próxima jornada- la evolución resulte positiva»

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La Fiscalía pide 10 años y medio de cárcel para Rafa Mir por presunta agresión sexual en Bétera

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Rafa Mir últimas noticia

Rafa Mir acusado de una presunta agresión sexual: sigue las últimas noticias desde Official Press

La Fiscalía de Valencia solicita 10 años y medio de prisión para el futbolista Rafa Mir por una presunta agresión sexual a una joven de 21 años ocurrida en 2024 en la localidad valenciana de Bétera.

Según la calificación fiscal, el jugador —que actualmente milita en el Elche CF y anteriormente en el Valencia CF— habría cometido un delito de agresión sexual y otro contra la integridad física.

Los hechos denunciados

De acuerdo con el escrito del Ministerio Público, los hechos se remontan a la noche del 31 de agosto de 2024, cuando el futbolista conoció a la denunciante en una discoteca de València.

Posteriormente ambos se desplazaron al domicilio del jugador en una urbanización de Bétera, donde, según la acusación, se produjo la agresión durante la madrugada del 1 de septiembre de 2024.

La investigación sostiene que los hechos tuvieron lugar en distintas zonas de la vivienda, concretamente en la piscina y en un cuarto de baño.

Medidas adicionales solicitadas por la Fiscalía

Además de la pena de prisión, la Fiscalía solicita para Rafa Mir varias medidas adicionales:

  • Prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima durante 10 años.

  • Inhabilitación para profesiones con contacto con menores durante 18 años.

  • Siete años de libertad vigilada tras cumplir la condena.

Otro acusado en la causa

En el procedimiento también está acusado un amigo del futbolista, identificado como Pablo, para quien la Fiscalía pide tres años de prisión.

Según la acusación, este hombre habría agredido sexualmente a otra joven de 25 años en la misma vivienda, realizando presuntos tocamientos hasta en tres ocasiones en la piscina pese a la negativa de la víctima.

Procesamiento judicial del caso

Ambos fueron procesados en octubre de 2025 por la jueza titular de la Sección Civil y de Instrucción número 8 del Tribunal de Instancia de Llíria.

En el caso de Rafa Mir, el procesamiento se produjo por un delito de agresión sexual con acceso carnal y uso de violencia, según el auto judicial.

La defensa de Rafa Mir mantiene su inocencia

El futbolista fue detenido a principios de septiembre de 2024 por la Guardia Civil tras la denuncia presentada por la víctima.

Después de quedar en libertad, el jugador negó los hechos y pidió que se respetara su presunción de inocencia, argumentando que el proceso judicial serviría para esclarecer lo ocurrido.

Su defensa sostuvo entonces que la imputación “no se sostiene” y confía en que el procedimiento penal determine la verdad de los hechos.

 

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