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Valencia

El TSJCV obliga a incluir religión en 2º de Bachiller y rechaza ampliar la oferta en la ESO

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VALÈNCIA, 29 May. (EUROPA PRESS) – El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha estimado parcialmente un recurso interpuesto por el Arzobispado de Valencia contra la exclusión de la asignatura de Religión en segundo curso de Bachillerato y obliga, por tanto, a que forme parte del bloque de materias optativas específicas. En la misma resolución, el alto tribunal valenciano rechaza ampliar la oferta de esa materia en la etapa de ESO.

En una sentencia fechada el 22 de mayo y facilitada este miércoles por el TSJ, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima un recurso del Arzobispado de Valencia contra la exclusión de la asignatura de Religión de las materias específicas que deben ofrecerse en el segundo curso de Bachillerato. La decisión judicial estima parcialmente el recurso, pues deniega otras pretensiones planteadas por los recurrentes como ampliar la oferta para aumentar las horas de clase en primero y segundo de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO).

La sala aplica a este contencioso la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo. Concretamente, una sentencia del 11 de julio de 2018 en la que alto tribunal se pronunció sobre un decreto de la Junta de Extremadura similar al Decreto 51/2018 del Consell recurrido, por el que se establece el currículo y se desarrolla la ordenación general de la ESO y del Bachillerato en la Comunitat Valenciana.

Tras estudiar la norma, la Sección Cuarta declara así nulo, por considerarlo contrario a derecho, el Anexo V del Decreto 51/2018 por no incluir Religión en la oferta educativa de segundo de Bachillerato, contrariamente a lo que establece la Ley Orgánica 2/006.

«ARGUMENTACIONES DESAUTORIZADAS POR EL SUPREMO»
En este sentido, los magistrados argumentan que «la defensa de la Administración aquí demandada prácticamente despliega las mismas argumentaciones desautorizadas por el Tribunal Supremo».

«En ninguna parte del decreto, desde luego no en el preámbulo como habría sido pertinente, –inciden– aparece cumplido el mandato contundente e inequívoco recogido en el artículo 34 ter.4 de la Ley Orgánica 2/2006».
Dicha norma incluye la Religión dentro del conjunto de asignaturas específicas que se han de ofertar a los alumnos de segundo curso de Bachillerato, para que estos elijan un mínimo de dos y un máximo de tres.

Tanto la Ley 2/2006 como el Real Decreto 1105/2014 estipulan que la elección de los alumnos estará en función de la regulación y de la programación de la oferta educativa de cada administración y de los centros docentes. «No obstante, si se quiere entender esa funcionalidad en el sentido de que permite prescindir de la Religión entre las asignaturas que son objeto de elección, deberá explicarse por qué», advierte el TSJCV.

En cambio, la Sala no halla objeción a que la Religión concurra en la oferta del mismo curso, segundo de Bachillerato, con otras diez materias específicas de carácter optativo aun cuando ninguna de ellas sea una asignatura de valores, por lo que desestima el recurso en ese punto.

La sentencia, que puede ser recurrida, tampoco considera probado que la reducción de las clases de Religión de dos a una hora semanal en primero y segundo de la ESO, tal y como determina el decreto cuestionado, «impida un tratamiento suficiente de la materia».

Sobre este punto, la sala sostiene que esa reducción por sí sola no implica «una carga lectiva irrelevante» que haga imposible desarrollar «el programa didáctico coherente y completo de enseñanza de la Religión Católica», precisan los magistrados.

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Valencia

La jueza de la dana rechaza citar como testigo a Pedro Sánchez en la causa

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El jefe de gabinete de Mazón, José Manuel Cuenca, a su llegada a los juzgados de Catarroja - JORGE GIL/EUROPA PRESS

Sigue la última hora de la investigación de la justicia en la gestión de la DANA:

La jueza que instruye la causa por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha rechazado la petición de la acusación popular, ejercida por Hazte Oír, para que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, declare como testigo en el procedimiento.

En un auto dictado este lunes, la magistrada considera que la solicitud se basa en un mensaje enviado por Sánchez al entonces presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, a las 22:50 horas del día de la riada, una franja horaria que, según la instructora, “se aparta radicalmente del momento en que se produjo el proceso de toma de decisiones” en el Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) respecto a la alerta a la población.


Un mensaje posterior al momento clave de la emergencia

La resolución, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), señala que la eventual declaración del jefe del Ejecutivo tendría como objeto “un análisis de lo sucedido a posteriori”, en un momento posterior al núcleo de los hechos que se investigan.

Por ello, la magistrada concluye que la prueba solicitada no guarda relación directa con el objeto de la instrucción, centrada en la toma de decisiones durante las horas críticas de la emergencia.


Diferencias con la citación de Feijóo

En el auto, la jueza también subraya que no consta que Pedro Sánchez, “a diferencia” del presidente nacional del PP, Alberto Núñez Feijóo, estuviera informado en tiempo real por Carlos Mazón sobre la evolución de la emergencia.

Precisamente, el pasado viernes la magistrada sí acordó citar a declarar como testigo a Núñez Feijóo, tras aceptar la petición de la Asociación de Víctimas Mortales Dana 29-O. En ese caso, la jueza consideró que su comparecencia podría servir para aclarar los comentarios que Mazón pudo haber realizado durante esa jornada, a raíz de las conversaciones mantenidas con la entonces consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, investigada en la causa.


La instrucción continúa

La causa judicial sigue avanzando con el foco puesto en la gestión de la emergencia, las comunicaciones y las decisiones adoptadas durante las horas previas y posteriores a la riada, una de las más mortíferas registradas en la Comunitat Valenciana.

Carta abierta de Maribel Vilaplana sobre su comida con Mazón

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