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Valencia

El TSJCV obliga a incluir religión en 2º de Bachiller y rechaza ampliar la oferta en la ESO

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VALÈNCIA, 29 May. (EUROPA PRESS) – El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha estimado parcialmente un recurso interpuesto por el Arzobispado de Valencia contra la exclusión de la asignatura de Religión en segundo curso de Bachillerato y obliga, por tanto, a que forme parte del bloque de materias optativas específicas. En la misma resolución, el alto tribunal valenciano rechaza ampliar la oferta de esa materia en la etapa de ESO.

En una sentencia fechada el 22 de mayo y facilitada este miércoles por el TSJ, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima un recurso del Arzobispado de Valencia contra la exclusión de la asignatura de Religión de las materias específicas que deben ofrecerse en el segundo curso de Bachillerato. La decisión judicial estima parcialmente el recurso, pues deniega otras pretensiones planteadas por los recurrentes como ampliar la oferta para aumentar las horas de clase en primero y segundo de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO).

La sala aplica a este contencioso la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo. Concretamente, una sentencia del 11 de julio de 2018 en la que alto tribunal se pronunció sobre un decreto de la Junta de Extremadura similar al Decreto 51/2018 del Consell recurrido, por el que se establece el currículo y se desarrolla la ordenación general de la ESO y del Bachillerato en la Comunitat Valenciana.

Tras estudiar la norma, la Sección Cuarta declara así nulo, por considerarlo contrario a derecho, el Anexo V del Decreto 51/2018 por no incluir Religión en la oferta educativa de segundo de Bachillerato, contrariamente a lo que establece la Ley Orgánica 2/006.

«ARGUMENTACIONES DESAUTORIZADAS POR EL SUPREMO»
En este sentido, los magistrados argumentan que «la defensa de la Administración aquí demandada prácticamente despliega las mismas argumentaciones desautorizadas por el Tribunal Supremo».

«En ninguna parte del decreto, desde luego no en el preámbulo como habría sido pertinente, –inciden– aparece cumplido el mandato contundente e inequívoco recogido en el artículo 34 ter.4 de la Ley Orgánica 2/2006».
Dicha norma incluye la Religión dentro del conjunto de asignaturas específicas que se han de ofertar a los alumnos de segundo curso de Bachillerato, para que estos elijan un mínimo de dos y un máximo de tres.

Tanto la Ley 2/2006 como el Real Decreto 1105/2014 estipulan que la elección de los alumnos estará en función de la regulación y de la programación de la oferta educativa de cada administración y de los centros docentes. «No obstante, si se quiere entender esa funcionalidad en el sentido de que permite prescindir de la Religión entre las asignaturas que son objeto de elección, deberá explicarse por qué», advierte el TSJCV.

En cambio, la Sala no halla objeción a que la Religión concurra en la oferta del mismo curso, segundo de Bachillerato, con otras diez materias específicas de carácter optativo aun cuando ninguna de ellas sea una asignatura de valores, por lo que desestima el recurso en ese punto.

La sentencia, que puede ser recurrida, tampoco considera probado que la reducción de las clases de Religión de dos a una hora semanal en primero y segundo de la ESO, tal y como determina el decreto cuestionado, «impida un tratamiento suficiente de la materia».

Sobre este punto, la sala sostiene que esa reducción por sí sola no implica «una carga lectiva irrelevante» que haga imposible desarrollar «el programa didáctico coherente y completo de enseñanza de la Religión Católica», precisan los magistrados.

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Valencia

Investigan a una falsa médica por realizar tratamientos estéticos ilegales en Valencia

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falsa médica tratamientos estéticos Valencia
Investigan a una falsa médica por realizar tratamientos estéticos ilegales en Valencia-GUARDIA CIVIL

La Guardia Civil, en el marco de la operación ‘Zubar’, ha investigado a una mujer de 36 años por realizar cientos de tratamientos estéticos sin estar habilitada para ello, en distintos centros de la provincia de Valencia y, en algunos casos, en su propio domicilio.

Investigación iniciada tras una denuncia en Sueca

Tras una denuncia presentada en marzo por parte de una profesional de la rama sanitaria en la que exponía que una persona estaba realizando tratamientos con fines estéticos en una peluquería de la localidad de Sueca (Valencia), sin ningún tipo de control sanitario y no estando habilitada para ello, la Guardia Civil dio comienzo a la investigación, según ha informado el Instituto Armado en un comunicado.

Continuando con la investigación, los agentes comprobaron cómo esta persona estaba actuando en múltiples establecimientos de la provincia, donde se presentaba como doctora y realizaba numerosos tratamientos estéticos como aumento de labios y pómulos, rinomodelación o infiltraciones de toxina botulínica, entre otros. Asimismo, a través de sus redes sociales, la investigada difundía los tratamientos realizados.

Titulación en odontología pero sin autorización para medicina estética

De ese modo, los agentes localizaron los centros donde desarrollaba estas actividades y averiguaron que la supuesta doctora estaba graduada en odontología por una universidad privada. Una vez que los agentes contactaron con las autoridades sanitarias competentes en materia de estética y en competencia profesional, para solicitar información acerca de la potestad de la citada facultativa para realizar este tipo de tratamientos, se comprobó que solo están reservados en exclusividad a los médicos especialistas en medicina estética, existiendo conformidad por parte del Colegio de Médicos con el Colegio de Estomatología y Odontología.

De los testimonios recogidos por los agentes, tanto de los centros donde había desarrollado la actividad la investigada, como de varias clientas que se habían realizado tratamientos estéticos, se comprobó que esta persona había realizado cientos de tratamientos.

Más de 80 clientas y 180 tratamientos documentados

80 clientas registradas y más de 180 tratamientos

Contaba, al menos, con 80 clientas registradas en los centros, y con más de 180 tratamientos de toxina botulínica en tercio superior y ácido hialurónico, documentados y firmados por la presunta doctora. Algunas de las clientes manifestaron haberse realizado tratamientos en el propio domicilio particular de la supuesta doctora.

Igualmente, se comprobó que la mayoría de los centros, donde la supuesta doctora había realizado los tratamientos estéticos, no presentaban la licencia administrativa correspondiente, autorizada y emitida por la Conselleria de Sanidad de la Comunitat Valenciana, para ofertar y realizar estos tratamientos (Permiso U48).

Además, muchos de estos centros no disponían de ningún tipo sistema de refrigeración para mantener los productos, medios para la correcta gestión de los residuos biológicos generados, así como de las condiciones legalmente exigidas para poder ofertar dichos tratamientos.

Delitos investigados y posible riesgo para la salud pública

Por tal motivo, se procedió a investigar a la supuesta doctora, una mujer de 36 años, por un delito de intrusismo profesional, un delito contra la salud pública mediante suministración de medicamentos (toxina botulínica), así como un delito de falsedad documental.

Cabe destacar que no se ha podido constatar la legalidad y trazabilidad de los productos sanitarios suministrados, por lo que se presupone que fueron adquiridos por la supuesta doctora de una manera ilegal no siguiendo los cauces legales, tanto para su obtención como para su manipulación.

Recomendaciones de la Guardia Civil antes de someterse a tratamientos estéticos

Por ello, la Guardia Civil aconseja a los usuarios interesados en este tipo de tratamientos que, antes de realizarlos, procedan a asesorarse por profesionales cualificados, evitando de este modo poner en riesgo su salud. La mala aplicación de un tratamiento estético por parte de una persona no autorizada para ello y sin garantías de que el producto esté bien conservado, recuerda, puede llegar a costarle la vida.

La investigación ha sido llevada a cabo por agentes del Puesto Principal de Sueca y dirigida por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Sueca.

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