Síguenos

Valencia

El TSJCV obliga a incluir religión en 2º de Bachiller y rechaza ampliar la oferta en la ESO

Publicado

en

VALÈNCIA, 29 May. (EUROPA PRESS) – El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha estimado parcialmente un recurso interpuesto por el Arzobispado de Valencia contra la exclusión de la asignatura de Religión en segundo curso de Bachillerato y obliga, por tanto, a que forme parte del bloque de materias optativas específicas. En la misma resolución, el alto tribunal valenciano rechaza ampliar la oferta de esa materia en la etapa de ESO.

En una sentencia fechada el 22 de mayo y facilitada este miércoles por el TSJ, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima un recurso del Arzobispado de Valencia contra la exclusión de la asignatura de Religión de las materias específicas que deben ofrecerse en el segundo curso de Bachillerato. La decisión judicial estima parcialmente el recurso, pues deniega otras pretensiones planteadas por los recurrentes como ampliar la oferta para aumentar las horas de clase en primero y segundo de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO).

La sala aplica a este contencioso la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo. Concretamente, una sentencia del 11 de julio de 2018 en la que alto tribunal se pronunció sobre un decreto de la Junta de Extremadura similar al Decreto 51/2018 del Consell recurrido, por el que se establece el currículo y se desarrolla la ordenación general de la ESO y del Bachillerato en la Comunitat Valenciana.

Tras estudiar la norma, la Sección Cuarta declara así nulo, por considerarlo contrario a derecho, el Anexo V del Decreto 51/2018 por no incluir Religión en la oferta educativa de segundo de Bachillerato, contrariamente a lo que establece la Ley Orgánica 2/006.

«ARGUMENTACIONES DESAUTORIZADAS POR EL SUPREMO»
En este sentido, los magistrados argumentan que «la defensa de la Administración aquí demandada prácticamente despliega las mismas argumentaciones desautorizadas por el Tribunal Supremo».

«En ninguna parte del decreto, desde luego no en el preámbulo como habría sido pertinente, –inciden– aparece cumplido el mandato contundente e inequívoco recogido en el artículo 34 ter.4 de la Ley Orgánica 2/2006».
Dicha norma incluye la Religión dentro del conjunto de asignaturas específicas que se han de ofertar a los alumnos de segundo curso de Bachillerato, para que estos elijan un mínimo de dos y un máximo de tres.

Tanto la Ley 2/2006 como el Real Decreto 1105/2014 estipulan que la elección de los alumnos estará en función de la regulación y de la programación de la oferta educativa de cada administración y de los centros docentes. «No obstante, si se quiere entender esa funcionalidad en el sentido de que permite prescindir de la Religión entre las asignaturas que son objeto de elección, deberá explicarse por qué», advierte el TSJCV.

En cambio, la Sala no halla objeción a que la Religión concurra en la oferta del mismo curso, segundo de Bachillerato, con otras diez materias específicas de carácter optativo aun cuando ninguna de ellas sea una asignatura de valores, por lo que desestima el recurso en ese punto.

La sentencia, que puede ser recurrida, tampoco considera probado que la reducción de las clases de Religión de dos a una hora semanal en primero y segundo de la ESO, tal y como determina el decreto cuestionado, «impida un tratamiento suficiente de la materia».

Sobre este punto, la sala sostiene que esa reducción por sí sola no implica «una carga lectiva irrelevante» que haga imposible desarrollar «el programa didáctico coherente y completo de enseñanza de la Religión Católica», precisan los magistrados.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Valencia

Meteored alerta de un “tren siberiano” que podría dejar nieve en Valencia

Publicado

en

La posibilidad de nieve en Valencia genera siempre expectación, especialmente cuando las previsiones meteorológicas sitúan la cota de nieve en torno a los 600 metros. Aunque la capital valenciana, situada a nivel del mar, rara vez ve nevar, el interior de la provincia sí puede registrar episodios de nieve en cotas relativamente bajas cuando se dan las condiciones adecuadas.

¿Es posible que nieve en Valencia a 600 metros?

Sí. Cuando se producen entradas de aire frío, combinadas con precipitaciones y temperaturas bajas, la cota de nieve puede descender hasta los 600 metros en zonas del interior de la Comunitat Valenciana. Este escenario no es habitual, pero tampoco excepcional durante episodios invernales intensos.

Las áreas más propensas a recibir nieve a esa altitud son las zonas montañosas del interior, donde la altitud, la orientación y el frío acumulado favorecen la aparición de nieve frente a la lluvia.

Zonas donde podría nevar con cota de 600 metros en Valencia

Con una cota de nieve situada en torno a los 600 metros, los puntos con mayor probabilidad de ver copos o acumulaciones ligeras son:

  • El Rincón de Ademuz, una de las zonas más frías de la provincia

  • Municipios del interior norte y oeste de Valencia, como las comarcas de Los Serranos o el Alto Turia

  • Sierras interiores con altitudes cercanas o superiores a los 600–700 metros

En estos lugares, la nieve puede cuajar especialmente durante la madrugada o primeras horas del día, cuando las temperaturas son más bajas.

Por qué baja la cota de nieve hasta los 600 metros

La cota de nieve desciende cuando coinciden varios factores meteorológicos:

  • Aire frío en capas bajas

  • Temperaturas cercanas o inferiores a 0 ºC en altura

  • Precipitaciones persistentes

  • Viento que favorece la entrada de masas de aire más frías

Cuando estos elementos se combinan, la lluvia puede transformarse en nieve a altitudes más bajas de lo habitual en la Comunitat Valenciana.

¿Puede nevar en la ciudad de Valencia?

Es muy poco probable que nieve en la ciudad de Valencia, incluso con una cota de 600 metros, debido a su cercanía al mar y a las temperaturas más suaves. Sin embargo, no se descartan episodios de aguanieve en situaciones muy concretas, aunque serían excepcionales y sin acumulación.

Precaución en carreteras del interior

Cuando la cota de nieve baja a 600 metros, las carreteras del interior valenciano pueden verse afectadas por nieve o hielo, especialmente en puertos de montaña y tramos elevados. Se recomienda extremar la precaución, consultar el estado de las vías y evitar desplazamientos innecesarios en zonas altas.

Un fenómeno poco frecuente, pero posible

La nieve en Valencia a 600 metros no es habitual, pero forma parte de los episodios invernales más destacados. Cada vez que se produce, suele dejar imágenes poco comunes en pueblos del interior y un notable descenso térmico en toda la provincia.

 

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo