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Valencia

El TSJCV obliga a incluir religión en 2º de Bachiller y rechaza ampliar la oferta en la ESO

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VALÈNCIA, 29 May. (EUROPA PRESS) – El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha estimado parcialmente un recurso interpuesto por el Arzobispado de Valencia contra la exclusión de la asignatura de Religión en segundo curso de Bachillerato y obliga, por tanto, a que forme parte del bloque de materias optativas específicas. En la misma resolución, el alto tribunal valenciano rechaza ampliar la oferta de esa materia en la etapa de ESO.

En una sentencia fechada el 22 de mayo y facilitada este miércoles por el TSJ, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima un recurso del Arzobispado de Valencia contra la exclusión de la asignatura de Religión de las materias específicas que deben ofrecerse en el segundo curso de Bachillerato. La decisión judicial estima parcialmente el recurso, pues deniega otras pretensiones planteadas por los recurrentes como ampliar la oferta para aumentar las horas de clase en primero y segundo de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO).

La sala aplica a este contencioso la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo. Concretamente, una sentencia del 11 de julio de 2018 en la que alto tribunal se pronunció sobre un decreto de la Junta de Extremadura similar al Decreto 51/2018 del Consell recurrido, por el que se establece el currículo y se desarrolla la ordenación general de la ESO y del Bachillerato en la Comunitat Valenciana.

Tras estudiar la norma, la Sección Cuarta declara así nulo, por considerarlo contrario a derecho, el Anexo V del Decreto 51/2018 por no incluir Religión en la oferta educativa de segundo de Bachillerato, contrariamente a lo que establece la Ley Orgánica 2/006.

«ARGUMENTACIONES DESAUTORIZADAS POR EL SUPREMO»
En este sentido, los magistrados argumentan que «la defensa de la Administración aquí demandada prácticamente despliega las mismas argumentaciones desautorizadas por el Tribunal Supremo».

«En ninguna parte del decreto, desde luego no en el preámbulo como habría sido pertinente, –inciden– aparece cumplido el mandato contundente e inequívoco recogido en el artículo 34 ter.4 de la Ley Orgánica 2/2006».
Dicha norma incluye la Religión dentro del conjunto de asignaturas específicas que se han de ofertar a los alumnos de segundo curso de Bachillerato, para que estos elijan un mínimo de dos y un máximo de tres.

Tanto la Ley 2/2006 como el Real Decreto 1105/2014 estipulan que la elección de los alumnos estará en función de la regulación y de la programación de la oferta educativa de cada administración y de los centros docentes. «No obstante, si se quiere entender esa funcionalidad en el sentido de que permite prescindir de la Religión entre las asignaturas que son objeto de elección, deberá explicarse por qué», advierte el TSJCV.

En cambio, la Sala no halla objeción a que la Religión concurra en la oferta del mismo curso, segundo de Bachillerato, con otras diez materias específicas de carácter optativo aun cuando ninguna de ellas sea una asignatura de valores, por lo que desestima el recurso en ese punto.

La sentencia, que puede ser recurrida, tampoco considera probado que la reducción de las clases de Religión de dos a una hora semanal en primero y segundo de la ESO, tal y como determina el decreto cuestionado, «impida un tratamiento suficiente de la materia».

Sobre este punto, la sala sostiene que esa reducción por sí sola no implica «una carga lectiva irrelevante» que haga imposible desarrollar «el programa didáctico coherente y completo de enseñanza de la Religión Católica», precisan los magistrados.

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Valencia

La jueza de la dana pide a la periodista que comió con Mazón los datos de la tarjeta con la que pagó el parking

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Maribel Vilaplana Mazón parking
La periodista Maribel Vilaplana (d) a su llegada a los Juzgados de Catarroja, a 3 de noviembre de 2025, en Catarroja, Valencia Jorge Gil - Europa Press VALÈNCIA, 19 Nov. (EUROPA PRESS) -

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana ha acordado requerir a la periodista Maribel Vilaplana, que comió el día de las riadas con el ‘president’ de la Generalitat ahora en funciones, Carlos Mazón, los datos de la tarjeta con la que pagó el parking de la Glorieta donde dejó su coche.

Qué solicita exactamente la jueza a Maribel Vilaplana

Así consta en una providencia dictada este miércoles en la que la instructora solicita esta información para que la empresa gestora del aparcamiento pueda remitir al órgano judicial los datos concretos de la hora de entrada y salida del vehículo de la periodista.

La magistrada requiere a la comunicadora que proporcione al Juzgado, “a la mayor brevedad”, una captura de pantalla del asiento contable del pago del estacionamiento en el parking Glorieta de la plaza Tetuán de València, correspondiente al 29 de octubre de 2024. También le pide los dígitos de la tarjeta bancaria utilizada y el tipo de tarjeta con la que efectuó el pago.

La jueza aclara que estos datos serán anonimizados y utilizados exclusivamente para cumplir con el oficio, remarcando que la propia testigo ya había manifestado su voluntad de facilitar dicha información durante su declaración.

El objetivo del requerimiento: reconstruir la cronología del 29O

Una vez se verifiquen los datos proporcionados por Vilaplana, la jueza enviará la documentación a la empresa Interparking para que, en un plazo de tres días, remitan la información oficial sobre la hora exacta de entrada y salida del vehículo aquel 29 de octubre de 2024.

La magistrada ya había solicitado el tique del parking durante la primera declaración de la periodista —realizada por orden de la Audiencia de Valencia—, pero Vilaplana no pudo aportarlo. En su testimonio, explicó que estuvo en el restaurante El Ventorro desde las 15.00 hasta las 18.45 horas, momento en el que se dirigió hacia el aparcamiento acompañada por Mazón, dato que se conoció en fechas recientes.


Las grabaciones del 29 de octubre, nuevas pruebas en la causa

Por otra parte, la instructora ha aceptado en un auto la petición de Intersindical Valenciana para recabar las grabaciones de las comunicaciones realizadas durante el 29 de octubre de 2024 a través del Grupo de Comunicación de Radio V-Valencia del Centro de Coordinación de Emergencias (CCE). Se recogerán, además, sus transcripciones, acotando el periodo a las horas solicitadas por la Fiscalía: entre las 12.00 y las 15.30.

Por qué estas grabaciones son consideradas determinantes

La jueza fundamenta su decisión en el testimonio de un sargento de Bomberos, quien declaró que todas sus comunicaciones estaban grabadas, podían solicitarse y estaban monitorizadas desde el Centro de Coordinación de Emergencias.

A juicio de la magistrada, estas grabaciones constituyen documentación esencial de la actuación profesional de los intervinientes. Su análisis se considera clave en el contexto de una investigación penal sobre la gestión de la dana que dejó 229 víctimas mortales y múltiples heridos.

Además, señala que la obtención de estos datos no vulnera la intimidad de los participantes en las comunicaciones, ya que:

  • Son profesionales conocedores de que sus comunicaciones se graban.

  • No se trata de conversaciones de carácter privado.

  • No afecta al secreto de las comunicaciones, dado que el contenido está vinculado a la prestación de un servicio público en una situación de emergencia.


La gestión de la dana, bajo el escrutinio judicial

La decisión de solicitar la información bancaria de la periodista y las grabaciones del 29O se enmarca en un contexto judicial y político especialmente sensible. La cronología exacta de los movimientos del entonces president en funciones, Carlos Mazón, durante las horas críticas de la tragedia, continúa siendo uno de los puntos más relevantes de la investigación.

El papel de la periodista en la reconstrucción de los hechos

Maribel Vilaplana, figura conocida en València y vinculada a distintos ámbitos de la comunicación institucional, se ha convertido en testigo clave porque estuvo con Mazón durante parte de la franja horaria investigada. Su testimonio puede ayudar a esclarecer:

  • Dónde se encontraba Mazón en las horas críticas.

  • A qué hora llegó y salió del restaurante.

  • En qué momento exacto se dirigieron al parking.

  • Cuánto tiempo permaneció su vehículo estacionado en la zona.

La delimitación precisa de estos movimientos es relevante para contrastar con otras fuentes, como grabaciones oficiales, comunicaciones institucionales y testimonios del dispositivo de emergencia.


Un procedimiento judicial que avanza paso a paso

La investigación continúa acumulando documentos, testimonios y pruebas técnicas con el objetivo de reconstruir al detalle lo ocurrido el 29 de octubre de 2024, día en el que una de las mayores tragedias por inundación en la historia reciente de España provocó la muerte de 229 personas.

La jueza insiste en que cada requerimiento se justifica por la necesidad de depurar responsabilidades y entender con claridad si hubo fallos de coordinación, retrasos en la reacción o ausencia de decisiones esenciales durante las horas clave de la emergencia.

Carlos Mazón acompañó a Maribel Vilaplana a un parking tras la comida en El Ventorro, según confirma el entorno de la periodista

 

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