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Valencia

El TSJCV obliga a incluir religión en 2º de Bachiller y rechaza ampliar la oferta en la ESO

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VALÈNCIA, 29 May. (EUROPA PRESS) – El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha estimado parcialmente un recurso interpuesto por el Arzobispado de Valencia contra la exclusión de la asignatura de Religión en segundo curso de Bachillerato y obliga, por tanto, a que forme parte del bloque de materias optativas específicas. En la misma resolución, el alto tribunal valenciano rechaza ampliar la oferta de esa materia en la etapa de ESO.

En una sentencia fechada el 22 de mayo y facilitada este miércoles por el TSJ, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima un recurso del Arzobispado de Valencia contra la exclusión de la asignatura de Religión de las materias específicas que deben ofrecerse en el segundo curso de Bachillerato. La decisión judicial estima parcialmente el recurso, pues deniega otras pretensiones planteadas por los recurrentes como ampliar la oferta para aumentar las horas de clase en primero y segundo de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO).

La sala aplica a este contencioso la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo. Concretamente, una sentencia del 11 de julio de 2018 en la que alto tribunal se pronunció sobre un decreto de la Junta de Extremadura similar al Decreto 51/2018 del Consell recurrido, por el que se establece el currículo y se desarrolla la ordenación general de la ESO y del Bachillerato en la Comunitat Valenciana.

Tras estudiar la norma, la Sección Cuarta declara así nulo, por considerarlo contrario a derecho, el Anexo V del Decreto 51/2018 por no incluir Religión en la oferta educativa de segundo de Bachillerato, contrariamente a lo que establece la Ley Orgánica 2/006.

«ARGUMENTACIONES DESAUTORIZADAS POR EL SUPREMO»
En este sentido, los magistrados argumentan que «la defensa de la Administración aquí demandada prácticamente despliega las mismas argumentaciones desautorizadas por el Tribunal Supremo».

«En ninguna parte del decreto, desde luego no en el preámbulo como habría sido pertinente, –inciden– aparece cumplido el mandato contundente e inequívoco recogido en el artículo 34 ter.4 de la Ley Orgánica 2/2006».
Dicha norma incluye la Religión dentro del conjunto de asignaturas específicas que se han de ofertar a los alumnos de segundo curso de Bachillerato, para que estos elijan un mínimo de dos y un máximo de tres.

Tanto la Ley 2/2006 como el Real Decreto 1105/2014 estipulan que la elección de los alumnos estará en función de la regulación y de la programación de la oferta educativa de cada administración y de los centros docentes. «No obstante, si se quiere entender esa funcionalidad en el sentido de que permite prescindir de la Religión entre las asignaturas que son objeto de elección, deberá explicarse por qué», advierte el TSJCV.

En cambio, la Sala no halla objeción a que la Religión concurra en la oferta del mismo curso, segundo de Bachillerato, con otras diez materias específicas de carácter optativo aun cuando ninguna de ellas sea una asignatura de valores, por lo que desestima el recurso en ese punto.

La sentencia, que puede ser recurrida, tampoco considera probado que la reducción de las clases de Religión de dos a una hora semanal en primero y segundo de la ESO, tal y como determina el decreto cuestionado, «impida un tratamiento suficiente de la materia».

Sobre este punto, la sala sostiene que esa reducción por sí sola no implica «una carga lectiva irrelevante» que haga imposible desarrollar «el programa didáctico coherente y completo de enseñanza de la Religión Católica», precisan los magistrados.

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Valencia

La jueza de la dana cita a Feijóo como testigo: «Podría dar razón» de comentarios que pudo hacer Mazón el 29O

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Feijoo citado declaración dana

 


La jueza que instruye la investigación sobre la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha citado como testigo al presidente del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, según consta en un auto del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

La citación se produce a petición de la Asociación de Víctimas Mortales Dana 29-0, que ejerce la acusación particular en el procedimiento, y responde a la necesidad de aclarar comentarios que el entonces presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, pudo haber realizado durante la crisis.

La magistrada del Tribunal de Instancia de Catarroja (Plaza número 3) considera que Feijóo podría “dar razón de los comentarios” que Mazón hizo el 29 de octubre de 2024 a raíz de las conversaciones con la entonces consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, quien está siendo investigada en estas diligencias.

En su resolución, la jueza remite al precedente de la Audiencia de Valencia, que había ordenado la citación de la periodista Maribel Vilaplana, quien se reunió con Mazón y negó tener conocimiento de lo que éste pudo haber comentado. En este caso, sin embargo, la magistrada subraya que existe una “certeza” derivada de las declaraciones públicas de Feijóo: “El president de la Generalitat, desde el pasado lunes, me ha venido informando en tiempo real”.

El auto también establece que Feijóo pueda presentar voluntariamente dentro de cinco días un listado de llamadas, mensajes, correos electrónicos y WhatsApps recibidos de Carlos Mazón durante la jornada del 29 de octubre de 2024, en relación con la investigación sobre la gestión de la dana.

La citación de un líder nacional del PP para declarar como testigo subraya la relevancia política y jurídica del caso, que mantiene en el foco público la actuación de la Generalitat durante uno de los episodios de inundaciones más graves de la Comunitat Valenciana.


 

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