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Valencia

El TSJCV obliga a incluir religión en 2º de Bachiller y rechaza ampliar la oferta en la ESO

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VALÈNCIA, 29 May. (EUROPA PRESS) – El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha estimado parcialmente un recurso interpuesto por el Arzobispado de Valencia contra la exclusión de la asignatura de Religión en segundo curso de Bachillerato y obliga, por tanto, a que forme parte del bloque de materias optativas específicas. En la misma resolución, el alto tribunal valenciano rechaza ampliar la oferta de esa materia en la etapa de ESO.

En una sentencia fechada el 22 de mayo y facilitada este miércoles por el TSJ, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima un recurso del Arzobispado de Valencia contra la exclusión de la asignatura de Religión de las materias específicas que deben ofrecerse en el segundo curso de Bachillerato. La decisión judicial estima parcialmente el recurso, pues deniega otras pretensiones planteadas por los recurrentes como ampliar la oferta para aumentar las horas de clase en primero y segundo de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO).

La sala aplica a este contencioso la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo. Concretamente, una sentencia del 11 de julio de 2018 en la que alto tribunal se pronunció sobre un decreto de la Junta de Extremadura similar al Decreto 51/2018 del Consell recurrido, por el que se establece el currículo y se desarrolla la ordenación general de la ESO y del Bachillerato en la Comunitat Valenciana.

Tras estudiar la norma, la Sección Cuarta declara así nulo, por considerarlo contrario a derecho, el Anexo V del Decreto 51/2018 por no incluir Religión en la oferta educativa de segundo de Bachillerato, contrariamente a lo que establece la Ley Orgánica 2/006.

«ARGUMENTACIONES DESAUTORIZADAS POR EL SUPREMO»
En este sentido, los magistrados argumentan que «la defensa de la Administración aquí demandada prácticamente despliega las mismas argumentaciones desautorizadas por el Tribunal Supremo».

«En ninguna parte del decreto, desde luego no en el preámbulo como habría sido pertinente, –inciden– aparece cumplido el mandato contundente e inequívoco recogido en el artículo 34 ter.4 de la Ley Orgánica 2/2006».
Dicha norma incluye la Religión dentro del conjunto de asignaturas específicas que se han de ofertar a los alumnos de segundo curso de Bachillerato, para que estos elijan un mínimo de dos y un máximo de tres.

Tanto la Ley 2/2006 como el Real Decreto 1105/2014 estipulan que la elección de los alumnos estará en función de la regulación y de la programación de la oferta educativa de cada administración y de los centros docentes. «No obstante, si se quiere entender esa funcionalidad en el sentido de que permite prescindir de la Religión entre las asignaturas que son objeto de elección, deberá explicarse por qué», advierte el TSJCV.

En cambio, la Sala no halla objeción a que la Religión concurra en la oferta del mismo curso, segundo de Bachillerato, con otras diez materias específicas de carácter optativo aun cuando ninguna de ellas sea una asignatura de valores, por lo que desestima el recurso en ese punto.

La sentencia, que puede ser recurrida, tampoco considera probado que la reducción de las clases de Religión de dos a una hora semanal en primero y segundo de la ESO, tal y como determina el decreto cuestionado, «impida un tratamiento suficiente de la materia».

Sobre este punto, la sala sostiene que esa reducción por sí sola no implica «una carga lectiva irrelevante» que haga imposible desarrollar «el programa didáctico coherente y completo de enseñanza de la Religión Católica», precisan los magistrados.

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Valencia

El bulo sobre nuevas ayudas por la dana que se está difundiendo en redes sociales

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La Generalitat Valenciana alerta de una falsa convocatoria de ayudas económicas y pide consultar solo canales oficiales.

La Generalitat Valenciana ha alertado sobre la circulación de un bulo relacionado con supuestas nuevas ayudas por la dana que está siendo difundido a través de redes sociales y servicios de mensajería instantánea. El documento, que simula una convocatoria oficial, ha sido calificado por la administración autonómica como “totalmente falso”.

Según ha informado la propia Generalitat en sus perfiles oficiales, la falsa convocatoria anuncia ayudas económicas extraordinarias para afectados por la dana del 29 de octubre, tanto para particulares como para asociaciones, e incluye incluso un número de WhatsApp al que supuestamente se puede contactar para obtener más información.

La Generalitat desmiente la convocatoria falsa

La administración autonómica desmintió este miércoles la veracidad del documento y pidió expresamente a la ciudadanía no facilitar datos personales, no contactar con el número indicado y no compartir el contenido bajo ningún concepto. Varias consellerias se han sumado a la advertencia difundiendo el aviso en sus canales oficiales.

Desde la Generalitat recuerdan que todas las ayudas oficiales se publican únicamente a través de:

  • El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV)

  • Las webs institucionales

  • Los perfiles verificados en redes sociales

Riesgo de fraude y suplantación

El falso anuncio presenta un formato similar al de una convocatoria real, lo que puede inducir a error, especialmente entre las miles de personas afectadas por la dana. La inclusión de un contacto directo por WhatsApp es una de las señales que han levantado las alertas, ya que las administraciones públicas no gestionan ayudas por canales no oficiales.

La Generalitat insiste en que este tipo de bulos suelen tener como objetivo la obtención fraudulenta de datos personales o la generación de confusión en momentos de especial vulnerabilidad social.

Qué hacer ante posibles dudas sobre ayudas por la dana

Las autoridades recomiendan:

  • Desconfiar de mensajes reenviados sin fuente oficial

  • No facilitar datos personales o bancarios

  • Verificar la información en los portales oficiales de la Generalitat

  • Consultar directamente con los servicios de atención ciudadana

Ante cualquier duda, la Generalitat insta a la población a acudir exclusivamente a los canales oficiales para informarse sobre ayudas, subvenciones o medidas de apoyo relacionadas con los efectos de la dana.

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