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Valencia

El TSJCV obliga a incluir religión en 2º de Bachiller y rechaza ampliar la oferta en la ESO

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VALÈNCIA, 29 May. (EUROPA PRESS) – El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha estimado parcialmente un recurso interpuesto por el Arzobispado de Valencia contra la exclusión de la asignatura de Religión en segundo curso de Bachillerato y obliga, por tanto, a que forme parte del bloque de materias optativas específicas. En la misma resolución, el alto tribunal valenciano rechaza ampliar la oferta de esa materia en la etapa de ESO.

En una sentencia fechada el 22 de mayo y facilitada este miércoles por el TSJ, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima un recurso del Arzobispado de Valencia contra la exclusión de la asignatura de Religión de las materias específicas que deben ofrecerse en el segundo curso de Bachillerato. La decisión judicial estima parcialmente el recurso, pues deniega otras pretensiones planteadas por los recurrentes como ampliar la oferta para aumentar las horas de clase en primero y segundo de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO).

La sala aplica a este contencioso la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo. Concretamente, una sentencia del 11 de julio de 2018 en la que alto tribunal se pronunció sobre un decreto de la Junta de Extremadura similar al Decreto 51/2018 del Consell recurrido, por el que se establece el currículo y se desarrolla la ordenación general de la ESO y del Bachillerato en la Comunitat Valenciana.

Tras estudiar la norma, la Sección Cuarta declara así nulo, por considerarlo contrario a derecho, el Anexo V del Decreto 51/2018 por no incluir Religión en la oferta educativa de segundo de Bachillerato, contrariamente a lo que establece la Ley Orgánica 2/006.

«ARGUMENTACIONES DESAUTORIZADAS POR EL SUPREMO»
En este sentido, los magistrados argumentan que «la defensa de la Administración aquí demandada prácticamente despliega las mismas argumentaciones desautorizadas por el Tribunal Supremo».

«En ninguna parte del decreto, desde luego no en el preámbulo como habría sido pertinente, –inciden– aparece cumplido el mandato contundente e inequívoco recogido en el artículo 34 ter.4 de la Ley Orgánica 2/2006».
Dicha norma incluye la Religión dentro del conjunto de asignaturas específicas que se han de ofertar a los alumnos de segundo curso de Bachillerato, para que estos elijan un mínimo de dos y un máximo de tres.

Tanto la Ley 2/2006 como el Real Decreto 1105/2014 estipulan que la elección de los alumnos estará en función de la regulación y de la programación de la oferta educativa de cada administración y de los centros docentes. «No obstante, si se quiere entender esa funcionalidad en el sentido de que permite prescindir de la Religión entre las asignaturas que son objeto de elección, deberá explicarse por qué», advierte el TSJCV.

En cambio, la Sala no halla objeción a que la Religión concurra en la oferta del mismo curso, segundo de Bachillerato, con otras diez materias específicas de carácter optativo aun cuando ninguna de ellas sea una asignatura de valores, por lo que desestima el recurso en ese punto.

La sentencia, que puede ser recurrida, tampoco considera probado que la reducción de las clases de Religión de dos a una hora semanal en primero y segundo de la ESO, tal y como determina el decreto cuestionado, «impida un tratamiento suficiente de la materia».

Sobre este punto, la sala sostiene que esa reducción por sí sola no implica «una carga lectiva irrelevante» que haga imposible desarrollar «el programa didáctico coherente y completo de enseñanza de la Religión Católica», precisan los magistrados.

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Valencia

Alerta en el AVE: Adif limita la velocidad en varios puntos entre Madrid, Barcelona y Valencia

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velocidad trenes España
Trenes de alta velocidad de la línea Madrid-Valencia - Rober Solsona - Europa Press - Archivo

Adif ha levantado las limitaciones generales de velocidad en la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona, aunque mantiene restricciones en seis puntos kilométricos concretos, donde los trenes circularán a un máximo de 230 kilómetros por hora, según han informado fuentes del gestor de infraestructuras ferroviarias a Europa Press.

La decisión llega tras una revisión técnica de la infraestructura ferroviaria, en la que se han detectado zonas concretas con incidencias relacionadas con vibraciones en la vía, lo que obliga a aplicar medidas preventivas para garantizar la seguridad de los pasajeros y del material rodante.

Restricciones de velocidad en la línea Madrid-Valencia

En el caso de la línea de alta velocidad Madrid-Valencia, Adif mantiene también limitaciones de velocidad en varios tramos. En concreto:

  • En cuatro puntos de la red, la velocidad máxima está limitada a 160 kilómetros por hora.

  • En otros puntos kilométricos “muy concretos”, la circulación se limita a 200 kilómetros por hora.

Estas restricciones se aplican de forma preventiva mientras continúan los trabajos de análisis y supervisión de la infraestructura ferroviaria.

Nuevas denuncias de vibraciones reportadas por los maquinistas

Fuentes de Adif han señalado que los maquinistas ya han empezado a reportar nuevas denuncias sobre puntos donde perciben vibraciones en la vía. Este tipo de informes son clave para el gestor de infraestructuras, ya que permiten identificar posibles problemas estructurales o de mantenimiento antes de que supongan un riesgo mayor.

Las vibraciones pueden estar relacionadas con diversos factores, como el estado del balasto, el desgaste de los carriles, asentamientos del terreno o problemas en la geometría de la vía. Por este motivo, Adif suele aplicar limitaciones de velocidad temporales mientras se realizan inspecciones técnicas y trabajos de mantenimiento correctivo.

Puntos kilométricos afectados en la línea Madrid-Barcelona

En la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona, los puntos donde se aplicará un límite de 230 km/h se sitúan en:

Vía 1:

  • Punto kilométrico 27,160

  • Punto kilométrico 138,600

  • Punto kilométrico 170,950

Vía 2:

  • Punto kilométrico 50,880

  • Punto kilométrico 143,760

  • Punto kilométrico 283,830

Estos tramos representan zonas concretas del recorrido donde se han detectado incidencias o se está realizando un seguimiento especial.

Impacto en los viajeros y tiempos de viaje

Aunque las limitaciones de velocidad pueden generar cierta preocupación entre los usuarios, Adif subraya que se trata de medidas preventivas para garantizar la seguridad ferroviaria. En la mayoría de los casos, el impacto en los tiempos de viaje es limitado, ya que las restricciones afectan a tramos muy concretos y no a todo el recorrido.

No obstante, en situaciones de acumulación de incidencias o si se amplían las zonas afectadas, podrían producirse ligeros retrasos en los servicios de alta velocidad, especialmente en horas punta o en trenes de larga distancia.

Seguridad ferroviaria y supervisión continua

Adif mantiene un sistema de supervisión continua de las líneas de alta velocidad mediante inspecciones técnicas, sensores y reportes de los maquinistas. Este sistema permite detectar anomalías en tiempo real y aplicar medidas correctivas, como limitaciones de velocidad, trabajos de mantenimiento o sustitución de componentes de la vía.

La alta velocidad ferroviaria en España está considerada una de las más seguras del mundo, y este tipo de restricciones forman parte de los protocolos habituales para garantizar la fiabilidad del servicio.

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