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Valencia

El TSJCV obliga a incluir religión en 2º de Bachiller y rechaza ampliar la oferta en la ESO

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VALÈNCIA, 29 May. (EUROPA PRESS) – El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha estimado parcialmente un recurso interpuesto por el Arzobispado de Valencia contra la exclusión de la asignatura de Religión en segundo curso de Bachillerato y obliga, por tanto, a que forme parte del bloque de materias optativas específicas. En la misma resolución, el alto tribunal valenciano rechaza ampliar la oferta de esa materia en la etapa de ESO.

En una sentencia fechada el 22 de mayo y facilitada este miércoles por el TSJ, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima un recurso del Arzobispado de Valencia contra la exclusión de la asignatura de Religión de las materias específicas que deben ofrecerse en el segundo curso de Bachillerato. La decisión judicial estima parcialmente el recurso, pues deniega otras pretensiones planteadas por los recurrentes como ampliar la oferta para aumentar las horas de clase en primero y segundo de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO).

La sala aplica a este contencioso la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo. Concretamente, una sentencia del 11 de julio de 2018 en la que alto tribunal se pronunció sobre un decreto de la Junta de Extremadura similar al Decreto 51/2018 del Consell recurrido, por el que se establece el currículo y se desarrolla la ordenación general de la ESO y del Bachillerato en la Comunitat Valenciana.

Tras estudiar la norma, la Sección Cuarta declara así nulo, por considerarlo contrario a derecho, el Anexo V del Decreto 51/2018 por no incluir Religión en la oferta educativa de segundo de Bachillerato, contrariamente a lo que establece la Ley Orgánica 2/006.

«ARGUMENTACIONES DESAUTORIZADAS POR EL SUPREMO»
En este sentido, los magistrados argumentan que «la defensa de la Administración aquí demandada prácticamente despliega las mismas argumentaciones desautorizadas por el Tribunal Supremo».

«En ninguna parte del decreto, desde luego no en el preámbulo como habría sido pertinente, –inciden– aparece cumplido el mandato contundente e inequívoco recogido en el artículo 34 ter.4 de la Ley Orgánica 2/2006».
Dicha norma incluye la Religión dentro del conjunto de asignaturas específicas que se han de ofertar a los alumnos de segundo curso de Bachillerato, para que estos elijan un mínimo de dos y un máximo de tres.

Tanto la Ley 2/2006 como el Real Decreto 1105/2014 estipulan que la elección de los alumnos estará en función de la regulación y de la programación de la oferta educativa de cada administración y de los centros docentes. «No obstante, si se quiere entender esa funcionalidad en el sentido de que permite prescindir de la Religión entre las asignaturas que son objeto de elección, deberá explicarse por qué», advierte el TSJCV.

En cambio, la Sala no halla objeción a que la Religión concurra en la oferta del mismo curso, segundo de Bachillerato, con otras diez materias específicas de carácter optativo aun cuando ninguna de ellas sea una asignatura de valores, por lo que desestima el recurso en ese punto.

La sentencia, que puede ser recurrida, tampoco considera probado que la reducción de las clases de Religión de dos a una hora semanal en primero y segundo de la ESO, tal y como determina el decreto cuestionado, «impida un tratamiento suficiente de la materia».

Sobre este punto, la sala sostiene que esa reducción por sí sola no implica «una carga lectiva irrelevante» que haga imposible desarrollar «el programa didáctico coherente y completo de enseñanza de la Religión Católica», precisan los magistrados.

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Valencia

“València, Cap i Casal”: el nuevo lema institucional que refuerza la identidad histórica y cultural de la ciudad

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El Ayuntamiento de València ha presentado oficialmente su nuevo lema institucional, “València, Cap i Casal”, en un acto celebrado en el Museo Histórico Municipal de la Casa Consistorial. La alcaldesa María José Catalá destacó que el lema representa una declaración de identidad, liderazgo y orgullo, conectando la historia de la ciudad con su proyección futura.

Origen y significado del lema

El término Cap i Casal tiene profundas raíces históricas. Como explicó la alcaldesa, “Cap es cabeza, liderazgo y vanguardia, mientras que Casal significa casa, hogar y territorio compartido. València es las dos cosas: capital que lidera y casa que acoge”. El cronista oficial Francisco Pérez Puche añadió que la atribución de València como capital del Reino de Valencia aparece ya en la crónica de Jaume I, reflejando que el reconocimiento viene de la propia sociedad y no solo de la corona.

Diseño y tipografía exclusiva

El lema fue diseñado por la empresa valenciana Síntesis y Acción, con la colaboración del profesor Rafa Jordán en la creación de la tipografía Redoneta. Según sus creadores, esta letra transmite “amabilidad y carisma, claridad y equilibrio, integridad y serenidad”. La composición circular de la tipografía refuerza la sensación de acogida y modernidad del mensaje institucional.

Difusión y proyección del lema

El Ayuntamiento prevé que el lema se incorpore gradualmente en materiales institucionales, exposiciones y comunicación pública. Para ello, se ha contado con pequeñas empresas valencianas que producirán materiales innovadores y sostenibles, reforzando la identidad local. Según Javier Ruiz, responsable de Síntesis y Acción, “parece que siempre estuvo ahí; representa a todos y es inherente a nuestra ciudad”.

Un lema que une historia y futuro

Catalá subrayó que València, Cap i Casal va más allá de un simple eslogan: es una afirmación de orgullo y liderazgo moral, que conecta la tradición histórica con la proyección de la ciudad en el mundo globalizado. “Somos herederos de una gran historia, pero, sobre todo, protagonistas de un gran futuro”, concluyó.

Con este nuevo lema, València refuerza su identidad cultural y territorial, convirtiendo la comunicación institucional en un símbolo de cohesión y orgullo para los ciudadanos del Cap i Casal.

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