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Valencia

Estas son las nuevas medidas que entran en vigor este lunes en la Comunitat Valenciana

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València, 11 abr (EFE).- La Comunitat Valenciana aplica desde las 00.00 horas de este lunes las nuevas medidas contra la covid-19, gracias a las cuales se podrán reunir un máximo de 6 personas en espacios públicos, y de dos grupos de convivencia en los domicilios.

Las nuevas medidas, que estarán en vigor hasta las 23.59 horas del 25 de abril, suponen ampliar de 4 a 6 el número de personas que se pueden reunir en los espacios de uso público, lo que se aplica también a las mesas de los establecimientos hosteleros y a las actividades deportivas en grupo.

Asimismo, en los domicilios y espacios de uso privado, tanto en el interior como en el exterior y donde hasta ahora solo se permitían reuniones de convivientes, podrán celebrarse reuniones familiares y sociales de personas que pertenezcan a un máximo de dos núcleos o grupos de convivencia.

Estos son los únicos cambios que entran en vigor este lunes, ya que la Generalitat ha optado por prorrogar dos semanas más el resto de restricciones anticovid vigentes, como el cierre perimetral de la Comunitat Valenciana y el toque de queda nocturno entre las 22 y las 6 horas.

Se mantiene asimismo el cierre a las seis de la tarde de la hostelería, que continúa con un aforo del 100 % en las terrazas y del 30 % en el interior, y donde únicamente cambia que se podrán sentar 6 personas en una misma mesa en lugar de 4, y sigue el cierre a las ocho de la tarde del comercio no esencial.

La última reunión de la Interdepatamental de la Generalitat aprobó también una flexibilización en las visitas y en las salidas de las residencias de ancianos y de personas con diversidad funcional, en función del nivel de inmunización de los centros y de la situación epidemiológica del municipio en el que estén, que están ya en vigor desde el viernes.

La Generalitat, que tiene el marco de restricciones contra el coronavirus más cauteloso de toda España, ha optado por mantener la «prudencia máxima», a pesar de que en estos momentos tiene la incidencia más baja de España y de Europa, y de que en las últimas tres semanas ha caído a la mitad el número de hospitalizados y han muerto la tercera parte de personas.

Aunque se considera que la Comunitat Valenciana tiene una «situación de control» de la pandemia como no tenía desde el principio del pasado verano, a falta de conocer el impacto que han podido tener las fiestas de Semana Santa y Pascua y mientras se avanza en el proceso de vacunación, se ha optado por mantener la mayoría de restricciones y solo flexibilizar unas pocas.

La Interdepartamental en la que se adoptan estas medidas volverá a reunirse el 22 de abril, fecha en la que se podrían aligerar las restricciones si para entonces se han consolidado los buenos datos epidemiológicos, y lo hará de nuevo el 4 de mayo, cuando se podría acordar la finalización del cierre perimetral si finalmente el estado de alarma decae el 9 de mayo.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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