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Guía para los autónomos en 2023

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guia autonomos 2023

Lefebvre ofrece una guía para los autónomos en 2023 que resume en una práctica infografía los pasos que, a partir del 1 de enero, deberán seguir para completar su cotización obligatoria.

Resulta imprescindible que los trabajadores por cuenta propia conozcan y apliquen estos cambios sustanciales del nuevo sistema de cotización por ingresos reales que les afectarán de cara a una futura declaración de la Renta.

Guía para autonomos en 2023:

Aseguran que cuando procedan a darse de alta o al inicio de cada año, los autónomos deberán comunicar su previsión de ingresos a través del portal Importa SS. Podrán repetir la cifra de rendimientos del año anterior o bien, estimar la citada cifra cuando existan nuevos ingresos o gastos.

En la infografía puede consultarse de forma guiada las nuevas directrices a seguir y las diferentes cuestiones a tener en cuenta:

Cálculo del rendimiento neto

Para el cálculo del rendimiento neto anual de la actividad:

  • Deberán restar los gastos deducibles a los ingresos.
  • A la cantidad resultante hay que sumar todas las cuotas abonadas a la Seguridad Social durante el ejercicio.
  • Una vez obtenida la cifra, se divide entre 12 y el resultado es el rendimiento neto mensual por el que deberán cotizar.
  • Si se trata de persona física se puede restar un 7%.
  • En el caso de administradores de sociedades de capital y socios trabajadores de sociedades laborales restará el 3%, siempre que se haya figurado 90 días en alta en el RETA.

Comunicación de la previsión de ingresos reales

Cuando se realice el cálculo, el autónomo deberá introducir en el portal ImportaSS, sus rendimientos y la Seguridad Social le informará sobre la base de cotización que corresponde y la cuota que deberá abonar, el importe de la cuota y el día que se hará efectivo el cobro.

Cambio de tramos cada dos meses

Con el nuevo sistema de cotización, los autónomos podrán cambiar de tramo de rendimientos netos cada dos meses. Un trámite que se puede realizar a través de ImportaSS, en las siguientes fechas:

  • 1 de marzo: si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 28/29 de febrero.
  • 1 de mayo: si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio: si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre: si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • 1 de noviembre: si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  • 1 de enero del año siguiente: si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

Esta novedad les permitirá adaptar más fielmente el funcionamiento de su negocio al pago de sus cuotas.

Autónomo que cotizaba por una base superior

  • Si el autónomo cotizaba por una base superior a la que debería antes de 2022, podrán elegir entre la mínima o la máxima cuota que recoge el nuevo sistema.

Presentación de la Renta

Con el nuevo sistema de cotización por ingresos reales, todos los trabajadores autónomos están obligados a presentar la declaración de la RENTA.

Regulación al año siguiente

La Seguridad Social revisará el año siguiente si el trabajador autónomo ha cumplido o no con la previsión de ingresos realizada.

  • Si hubieran sobrecotizado, se le devolvería el exceso.
  • Si hubieran infracotizado, los autónomos deberán pagar a la Seguridad Social.

Plazo de devolución de la cotización

  • Los autónomos tendrán dos meses para devolver a la Seguridad Social las cuotas no pagadas.
  • La Administración tiene cuatro meses para devolverle al autónomo lo sobrecotizado.

Cotización a efectos de pensiones para los trabajadores autónomos con menores ingresos

Los autónomos en situación de alta a 31 de diciembre de 2022, cuyos ingresos en cómputo anual durante 2023 y 2024 se encuentren dentro de los tramos establecidos en la tabla reducida de la regulación transitoria indicada, se les aplica durante 6 meses en cada uno de estos ejercicios de una base mínima de cotización de 960 € a efectos del cálculo de las pensiones del sistema, aunque elijan una base de cotización inferior para esos años.

Familiares, administradores, sociedades laborales…

  • Los familiares del trabajador autónomo,
  • los administradores/socios de sociedades de capital encuadrados en el RETA
  • los socios trabajadores de las sociedades laborales
  • los trabajadores autónomos que no hayan presentado la declaración del IRPF o no hayan declarado ingresos:

No pueden elegir una base de cotización mensual inferior a 1.000 € durante el año 2023
En el Memento Social 2023 se analizan con detalle todas las novedades y reformas legislativas del último año, en especial la reciente reforma sobre los Autónomos y su nuevo sistema de cotización. La revalorización de las pensiones para 2023 o el nuevo SMI.

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Todos los cambios que trae 2026 para los pensionistas: suben las pensiones hasta un 11,4% y se retrasa la edad de jubilación

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Forbes elige Valencia jubilación

El año 2026 llega con importantes novedades para millones de pensionistas y trabajadores en España. Las pensiones subirán entre un 2,7% y un 11,4%, pero también se endurecen algunas condiciones del sistema: aumenta la edad legal de jubilación, suben las cotizaciones y comienza a desplegarse el nuevo sistema dual de cálculo de la pensión.

El Gobierno aprobó estas medidas en el último Consejo de Ministros de 2025 mediante un real decreto-ley que afecta a más de 13 millones de pensiones, en un contexto de gasto récord y envejecimiento de la población.


Las pensiones subirán en 2026 según el IPC

La revalorización de las pensiones para 2026 queda fijada de la siguiente manera:

  • Pensiones contributivas y de clases pasivas: subida del 2,7%, en línea con el IPC medio.

  • Pensiones mínimas contributivas: aumento medio del 7,07%.

  • Pensiones no contributivas e Ingreso Mínimo Vital (IMV): incremento del 11,4%.

El objetivo de estas subidas más intensas en las pensiones más bajas es acercarlas a los umbrales de pobreza, según defiende el Ejecutivo.


Así quedan algunas cuantías clave en 2026

  • Pensión mínima de jubilación (65 años o más, sin cónyuge):
    13.106,80 euros anuales.

  • Pensión mínima con cónyuge a cargo:
    17.592,40 euros anuales.

  • Pensiones SOVI no concurrentes:
    599,60 euros mensuales.

  • Complemento para la brecha de género:
    sube un 2,7%, hasta unos 36,9 euros mensuales.

La pensión media de jubilación contributiva, situada actualmente en 1.512,7 euros mensuales, pasará a 1.553,54 euros, lo que supone unos 572 euros más al año.


La pensión máxima superará los 47.000 euros anuales

En 2026, la pensión máxima crecerá por encima del IPC, tal y como establece la reforma de las pensiones de 2023. Subirá un 2,815%, hasta situarse en:

  • 3.359,6 euros mensuales en 14 pagas

  • 47.034,4 euros al año, unos 1.288 euros más que en 2025

Este incremento adicional busca compensar el aumento progresivo de las bases máximas de cotización.


Suben las cotizaciones: MEI y cuota de solidaridad

El nuevo año también trae mayores cotizaciones:

Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)

  • En 2026 se sitúa en el 0,9% del salario

    • 0,75% a cargo de la empresa

    • 0,15% a cargo del trabajador

Este recargo sirve para reforzar el Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

Cuota de solidaridad

Se aplica a los salarios que superen la base máxima de cotización, que en 2026 sube hasta 5.101,2 euros brutos al mes.
Los recargos oscilan entre el 1,15% y el 1,46%, según el nivel salarial.


La edad de jubilación se retrasa en 2026

En 2026, la edad legal de jubilación aumenta dos meses respecto a 2025:

  • 66 años y 10 meses si se ha cotizado menos de 38 años y 3 meses

  • 65 años para quienes alcancen o superen ese periodo de cotización

Este retraso forma parte de la transición que culminará en 2027, cuando la edad ordinaria llegará a los 67 años para quienes no alcancen el mínimo exigido.

También se retrasan las edades de:

  • Jubilación anticipada voluntaria

  • Jubilación anticipada forzosa


Nuevo sistema dual para calcular la pensión de jubilación

A partir de enero de 2026 comienza a aplicarse el sistema dual de cálculo de la pensión:

  • Opción 1: últimos 25 años cotizados (modelo actual)

  • Opción 2: últimos 29 años, descartando los dos peores, quedándose con 27 años

La implantación será progresiva. En 2026 se tendrán en cuenta las 302 mejores bases de cotización de los últimos 304 meses, ampliando el periodo de referencia hasta los 25 años y cuatro meses.


Un sistema bajo presión creciente

En 2025, el gasto en pensiones contributivas alcanzó los 189.598 millones de euros, un 6,2% más que el año anterior. En 2026, la factura superará previsiblemente los 200.000 millones, impulsada por el aumento del número de pensionistas y la revalorización anual de las prestaciones.

 

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