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#GÜRTEL| Éstas son las condenas de todos los acusados por amañar contratos de #Fitur
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hace 9 añosen
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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado a penas de entre 3 y 13 años de prisión a 11 de los 13 acusados de amañar contratos entre la Generalitat Valenciana y la trama Gürtel para el montaje del expositor de la Comunidad en la Feria Internacional de Turismo (Fitur) en las ediciones de 2005 a 2009.
El Alto Tribunal Valenciano condena a la exconsellera de Turismo, Milagrosa Martínez, a los considerados “cabecillas” de la trama Gürtel, Francisco Correa, Álvaro Pérez, Pablo Crespo y Cándido Herrero, a varios exaltos cargos de la Administración Autonómica y a trabajadores de las empresas de Correa por asociación ilícita, prevaricación administrativa, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, falsedad documental y cohecho.
La Sala absuelve a la exconsellera de Turismo Angélica Such y a Juan Bover, exjefe de servicio de infraestructuras turísticas de la Conselleria, de prevaricación administrativa, único delito por el que estaban acusados.
En la sentencia, notificada hoy a las partes, el Tribunal, considera probado que los acusados crearon una trama empresarial para obtener distintos contratos de la Generalitat Valenciana en diversas ferias de turismo (fundamentalmente en las edificios de FITUR entre 2005 y 2009) tras realizar distintas actuaciones encaminadas a manipular, alterar e influir a su favor en la tramitación de los procedimientos administrativos de adjudicación de tales trabajos.
El grupo de empresas de Correa era una organización empresarial creada ex profeso para manipular concursos públicos y participar activamente en el cambio de las condiciones exigidas a los adjudicatarios.
Las mercantiles de Correa carecían de medios personales y materiales para ejecutar esos trabajos, motivo por el que los subcontrataban con terceros. De esta forma obtenían un enriquecimiento irregular al lucrarse aplicando unos márgenes desproporcionados, duplicando partidas o facturando gastos inexistentes.
Tales importes eran admitidos por la Administración Autonómica (Agencia Valenciana de Turismo, Conselleria de Turismo, Conselleria de Territorio y vivienda y Conselleria de Infraestructuras y Transporte), que no solo no llevó un control efectivo de los pagos sino que alteró los criterios de adjudicación de los contratos y benefició irregularmente a las empresas del Grupo Correa.
Estas mercantiles, según recoge la sentencia de 558 páginas, cuyo ponente ha sido el magistrado Juan Climent, tenían información privilegiada: conocían por anticipado las condiciones de los contratos públicos, contratos que, en algunos casos, se modificaban a su conveniencia.
La sentencia, notificada hoy a las partes, recoge las siguientes penas para los condenados:
-FRANCISCO CORREA: 13 años de prisión
Asociación ilícita
3 años de prisión
13.500 euros de multa
9 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)
1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros
Malversación de caudales públicos (delito continuado)
6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
Cohecho activo
3 años de prisión
Multa de 5.000 euros
8 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
-PABLO CRESPO SABARIS: 13 años y 3 meses
Asociación ilícita
2 años y 6 meses de cárcel
Multa de 11.250 euros
7 años y seis meses de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)
1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros
Malversación de caudales públicos (delito continuado)
6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
Falsedad documental
1 año y 9 meses de prisión
Multa de 6.750 euros
Cohecho activo
2 años de prisión
Multa de 2.400 euros
7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
-ÁLVARO PÉREZ ALONSO: 12 años y 3 meses de cárcel
Asociación ilícita.
18 meses de prisión.
Multa de 11.250 euros
Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)
1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros
Malversación de caudales públicos (delito continuado)
6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
Falsedad documental
1 año y 9 meses de prisión
Multa de 6.750 euros
Cohecho activo
2 años de prisión
Multa de 2.400 euros
7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
-ISABEL JORDÁN: 6 años de prisión
Asociación ilícita
18 meses de prisión
Multa de 11.250 euros
Prevaricación administrativa
7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Tráfico de influencias
ABSUELTA
Malversación de caudales públicos (delito continuado)
3 años de prisión
7 años de inhabilitación absoluta
Falsedad documental
1 año y 6 meses de prisión
Multa de 6.000 euros
-CÁNDIDO HERRERO MARTÍNEZ: 4 años y cuatro meses de cárcel
Asociación ilícita
16 meses de prisión
5.850 euros de multa.
Prevaricación administrativa
5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Tráfico de influencias
ABSUELTO
Malversación de caudales públicos
1 año y 6 meses de prisión
3 años de inhabilitación absoluta
Falsedad documental
1 año y 6 meses de prisión
Multa de 3.600 euros
-MÓNICA MAGARIÑOS PÉREZ: 3 años de prisión
Asociación ilícita
12 meses de prisión
1.800 euros de multa
Prevaricación administrativa
5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Tráfico de influencias
ABSUELTA
Malversación de caudales públicos
2 años de prisión
5 años de inhabilitación absoluta
-MILAGROSA MARTÍNEZ 9 años de prisión
Prevaricación administrativa
9 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Malversación de caudales públicos
6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
Cohecho pasivo
3 años de prisión
5.000 euros de multa
8 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
-RAFAEL BETORET: 6 años de prisión
Prevaricación administrativa
7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Malversación de caudales públicos y falsedad documental
6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
-ISAAC VIDAL: 7 años de prisión
Prevaricación administrativa
5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Malversación de caudales públicos
4 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
falsedad documental
3 años de prisión
2.700 euros de multa
2 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
-JORGE GUARRO: 4 años de prisión
Prevaricación administrativa
5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleo o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Malversación de caudales públicos
4 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
-ANA GRAU: 3 años de prisión
Prevaricación administrativa
4 años, tres meses y un día de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Falsedad documental
3 años de prisión
900 euros de multa
2 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
Malversación de caudales públicos
ABSUELTA
– ANGÉLICA SUCH:
Prevaricación administrativa
ABSUELTA
-JUAN BOVER:
Prevaricación administrativa
ABSUELTO
La Sala condena además, a Francisco Correa, Pablo Crespo, Álvaro Pérez, Cándido Herrero, Isabel Jordán, Mónica Magariños, Milagrosa Martínez, Rafael Betoret, Isaac Vidal y Jorge Guarro a indemnizar solidariamente a la Generalitat Valenciana con 272.000 euros.
La sentencia establece la responsabilidad subsidiaria de las mercantiles Orange Market, Easy Concept Comunicación, Boomerangdrive y Servimadrid Integral, que deberán hacer frente al pago de dicha indemnización si los condenados anteriormente citados no abonan la parte que les corresponde.
La Sala de lo Civil y Penal prohíbe contratar con el sector público a Francisco Correa, Pablo Crespo, Álvaro Pérez, Cándido Herrero, Isabel Jordán, Mónica Magariños, Milagrosa Martínez, Rafael Betoret, Isaac Vidal, Jorge Guarro y Ana Grau por lo que se acuerda comunicar la sentencia a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado y al órgano equivalente en la Comunidad Valenciana.
El Tribunal ordena, por otro lado, el comiso de bienes de la sociedad Orange Market S.L., por importe de casi dos millones de euros 1.938.000 y el comiso del reloj, valorado en 2.400 euros, con el que fue obsequiada la exconsellera de Turismo condenada.
El juicio por esta pieza separada del “caso Gürtel” comenzó en marzo de 2015 y quedó visto para sentencia un año después tras 65 sesiones.
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Cuándo se cambia la hora en España: fecha y hora exacta
El cambio de hora en España 2025 ya tiene fecha oficial. Según confirma el Boletín Oficial del Estado (BOE), la madrugada del sábado 25 al domingo 26 de octubre se producirá el paso al horario de invierno.
En ese momento, cuando el reloj marque las 03:00 horas, habrá que atrasarlo una hora, de modo que volverán a ser las 02:00. Esto significa que esa noche dormiremos una hora más.
A partir de entonces, amanecerá más temprano —entre las 08:00 y las 08:30 en ciudades como Madrid o València—, pero también anochecerá antes, en torno a las 17:30 o 18:00 horas.
Qué dice el BOE sobre el cambio horario
El Real Decreto 236/2002, de 1 de marzo, establece las fechas del cambio de hora en España conforme a la Directiva 2000/84/CE del Parlamento Europeo. Este decreto fija que:
-
La hora de verano comienza el último domingo de marzo, cuando se adelanta una hora el reloj.
-
El horario de invierno comienza el último domingo de octubre, cuando los relojes se atrasan sesenta minutos.
La última actualización publicada en la Orden PCM/186/2022, de 11 de marzo, confirma que los cambios de hora seguirán aplicándose hasta, al menos, el año 2026.
Por qué se cambia la hora: origen e historia
El cambio de hora no es algo reciente. Su origen se remonta al siglo XVIII, cuando Benjamin Franklin —embajador de Estados Unidos en Francia— propuso, de forma satírica, que los parisinos madrugaran más para ahorrar aceite y velas.
La medida comenzó a aplicarse en varios países durante la Primera Guerra Mundial como una forma de ahorrar energía, y se reimplantó de forma generalizada tras la crisis del petróleo de los años 70.
En España, el cambio horario se introdujo oficialmente en 1918, aunque su uso regular comenzó en 1974. Desde entonces, se repite dos veces al año: en marzo (para el horario de verano) y en octubre (para el de invierno).
¿Sirve realmente para ahorrar energía?
Durante décadas se argumentó que atrasar o adelantar los relojes ayudaba a aprovechar mejor la luz solar y reducir el consumo energético, especialmente en iluminación.
Sin embargo, expertos como Ricardo Margalejo, cofundador de Gana Energía, señalan que el ahorro real hoy es mínimo, ya que “los avances tecnológicos en eficiencia y los nuevos patrones de consumo han reducido el impacto de esta medida en la factura de la luz”.
Además, el cambio de hora genera otros efectos secundarios: modifica nuestros ritmos de sueño y afecta al reloj biológico, lo que puede provocar fatiga, irritabilidad, insomnio o dificultad de concentración durante algunos días.
Efectos del cambio de hora en la salud y consejos para adaptarse
El cuerpo humano se rige por un ritmo circadiano, influido directamente por la luz solar. Por eso, el cambio horario puede provocar desajustes temporales, sobre todo en personas mayores o niños pequeños.
Los síntomas más frecuentes son:
-
Cansancio y somnolencia diurna.
-
Problemas para conciliar el sueño.
-
Cambios de humor o irritabilidad.
-
Falta de concentración.
Los médicos recomiendan adaptarse de forma progresiva: acostarse y levantarse unos minutos antes durante los días previos, evitar pantallas por la noche y aprovechar la luz solar para reajustar el reloj interno.
¿Será el último cambio de hora en España?
El debate sobre la eliminación del cambio horario sigue abierto en Europa. En 2019, la Comisión Europea propuso que cada país decidiera si mantener el horario de verano o el de invierno de forma permanente.
Aunque el Parlamento Europeo votó a favor de suprimir los cambios a partir de 2021, el Consejo de la UE no ha alcanzado aún un acuerdo, por lo que la medida sigue en suspenso.
Mientras tanto, España ha publicado un calendario oficial que mantiene los cambios de hora hasta 2026, a la espera de que Bruselas retome la negociación.
¿Qué pasará después de 2026?
Si la Unión Europea aprueba finalmente la eliminación de los cambios de hora, España deberá decidir si mantiene el horario de invierno (UTC+1) o el de verano (UTC+2).
Expertos en cronobiología sugieren que el horario de invierno es el más saludable, ya que se ajusta mejor a los ritmos naturales de luz y descanso, mientras que el de verano prolonga artificialmente la luz del día, afectando al sueño y al rendimiento.
En resumen: cuándo y cómo cambiar la hora en 2025
📅 Fecha: la madrugada del domingo 26 de octubre de 2025
⏰ Hora exacta: a las 03:00 habrá que atrasar el reloj a las 02:00
🌅 Efecto: amanecerá y anochecerá antes
😴 Consejo: adapta tu horario unos días antes para evitar el “jet lag social”
El nuevo horario de invierno tiene como efecto que los días sean más cortos, dado que anochece antes y, por tanto, se reduce la luz natural. El objetivo de este cambio es reducir el consumo de energía, haciendo coincidir el comienzo de la jornada laboral con las horas de luz. Una costumbre de modificar la hora, tanto atrasarlo en invierno como adelantarlo en verano, que se empezó a aplicar de forma generalizada en 1974 para poder aprovechar mejor la luz del sol tras la primera crisis del petróleo.
Según estimaciones del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), el potencial de ahorro en iluminación en España por el cambio de hora puede llegar a representar un 5 por ciento del consumo eléctrico en iluminación, equivalente a unos 300 millones de euros.
Ventajas e inconvenientes
Ofrece numerosas ventajas para la salud, tal y como afirma el doctor Gonzalo Pin, jefe del Servicio de Pediatría y de la Unidad de Sueño del Hospital Quirónsalud Valencia.
Gracias a este nuevo cambio horario, el sol saldrá una hora antes, lo que facilitará un despertar más acorde con los relojes biológicos, proporcionando un inicio de jornada más armónico desde el punto de vista fisiológico. También adelantará nuestros horarios de alimentación y sueño, lo que favorece ir a la cama antes y, por lo tanto, dormir más horas. Anticipar los horarios de comidas puede contribuir a la disminución de la obesidad y la diabetes 2, y un mayor tiempo de descanso favorece la disminución de la tasa de accidentes laborales y de tráfico, muchos de ellos relacionados con el déficit crónico de sueño.
Entre las desventajas de este nuevo horario, que nos acerca más al del sol, el especialista señala la pérdida de una hora de luz por la tarde, «pero solo los meses de mayor número de horas de sol, que comprende desde finales de marzo hasta finales de octubre».
Por sus múltiples ventajas, el doctor Pin abogaría por mantener este horario a lo largo del año, «ya que los cambios no solo se producen en nuestros relojes, sino también en nuestros estilos de vida; y sus consecuencias, en nuestra salud».
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