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Valencia

El asesino de Marta Calvo: «Homicida sexual sádico»

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Jorge Palma condena
Jorge Ignacio Palma (en la imagen en la sala del juicio) , el autor confeso de la desaparición del cuerpo de Marta Calvo.EFE/ Biel Aliño

El principal sospechoso de la muerte de Marta Calvo es un «asesino en serie» o «depredador letal» al que define la «compulsión por matar», un «homicida sexual sádico» en lo que lo fundamental es la «obtención total del dominio y control sobre la otra persona».

Así lo indica un informe criminológico pericial elaborado por Vicente Garrido, doctor en Psicología y criminólogo, y por el detective privado Juan de Dios Vargas Ramos, solicitado por el letrado valenciano Juan Carlos Navarro.

Juan Carlos Navarro ejerce la acusación particular en nombre de dos de las tres víctimas mortales de Jorge Ignacio P.J. y de siete de las ocho supervivientes.

El asesino de Marta Calvo

A través de entrevistas personales realizadas a seis testigos, mujeres, con las que el acusado mantuvo relaciones sexuales mediante pago, van desgranando la forma de actuar del sospechoso de la muerte de Marta Calvo.

A juicio de los autores del informe, el acusado selecciona mujeres vulnerables por la práctica de la prostitución, cuyos actos «son más difíciles de rastrear y que cuentan con menos apoyo social en caso de fallecimiento o desaparición».

Contemplar la agonía de la víctima

Los eventos investigados, afirman, «adquieren la finalidad de homicidios sexuales, donde el fin último es obtener una satisfacción sádica de naturaleza sexual: contemplar la agonía de la víctima causada por la intoxicación de la droga».

«Homicida sexual sádico»

Lo fundamental en el homicidio sexual sádico «es la obtención total del dominio y control sobre la otra persona«, afirman.

«En nuestra opinión, nos hallamos ante un asesino serial, caracterizado por la investigación criminológica como ‘depredador letal’, aseguran en el informe, en el que indican que lo que lo define es la «compulsión por matar».

En el caso de Marta Calvo, que desapareció en 2019 y de la que se sigue buscando su cuerpo, señalan, la «conclusión más lógica» es «considerar que antes de deshacerse del cadáver» el acusado la había asesinado.

El informe ha sido entregado en el Juzgado de Instrucción número 20 de València.

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Valencia

La jueza de la dana descarta «por ahora» citar de nuevo a Vilaplana y pregunta a Pradas si quiere volver a declarar

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Maribel Vilaplana juicio
La periodista Maribel Vilaplana en imagen de archivo-LEVANTE UD

Sigue la última hora de la investigación de la justicia en la gestión de la DANA:

VALÈNCIA, 28 Nov. (EUROPA PRESS) – La jueza que investiga la gestión de la catastrófica dana, que ha dejado 229 víctimas mortales en la provincia de Valencia, descarta «por el momento» volver a citar a Maribel Vilaplana, periodista que comió con el presidente en funciones de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, el día de la ríada, y ha preguntado a la exconsellera de Justicia e Interior, investigada en el procedimiento, si quiere volver a declarar –ya lo hizo hace unos meses–.

Así se desprende de un auto, facilitado este viernes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) y dictado por la magistrada del Tribunal de Instancia de Catarroja (Plaza 3).

En su resolución, la jueza descarta «en el presente momento» volver a citar a declarar como testigo a la periodista que comió con Mazón el 29 de octubre de 2024, como había solicitado la acusación popular que ejerce el partido Ciudadanos y otra acusación particular.

La jueza de la dana cuestiona el reservado del Ventorro y abre la puerta a nuevas declaraciones

La jueza considera que antes debe recibir declaración a otros testigos pertenecientes al equipo de Presidencia de la Generalitat. Ciudadanos realizó esta petición por considerar que la comunicadora pudo incurrir en falsedades en el testimonio que dio el pasado 3 de noviembre tras escuchar al dueño del restaurante El Ventorro y ver las fotografías aportadas a la causa sobre las dimensiones del reservado en el que comieron la periodista y Mazón.

En su resolución, la instructora señala que, «ciertamente, las dimensiones del reservado del Ventorro convierten en altamente improbable que no se escucharan las conversaciones o comentarios, a no ser que la testigo permaneciera completamente abstraída de lo que sucedía a su alrededor».

No obstante, cree «necesario, antes de reiterar una declaración ya prestada» por Vilaplana, «oír al resto de las personas que pudieron tener conocimiento de aquellas manifestaciones que pudieron referirse al proceso de decisión en la remisión del mensaje Es-Alert, de las medidas de protección a la población, oír a los testigos que de manera similar a la sra. Vilaplana, pudieran haber tenido conocimiento de las manifestaciones que por el señor Carlos Mazón se pudieran haber efectuado respecto de ese proceso de decisión y cualesquiera otros destinados a proteger a la población».

La magistrada también rechaza la petición de que se investigue a la testigo por un delito de falso testimonio porque, tal y como establece la jurisprudencia del Tribunal Supremo, para ello «es necesario contar con el dato previo de una verdad procesalmente establecida, lo que solo podrá hacerse en sentencia o en auto de sobreseimiento firme».

En cualquier caso, la instructora deja abierta la posibilidad de recibir declaración ya nuevamente a la periodista si ésta manifestara públicamente o ante el propio juzgado su voluntad de hacerlo nuevamente.

PRADAS Y SALVADOS

Por otro lado, ante la solicitud de la acusación popular que ejerce Podemos de incorporar a la causa el vídeo de la entrevista con la exconsellera de Justicia e Interior investigada en esta causa, que se emitirá por el programa Salvados de La Sexta el próximo domingo, 30 de noviembre, la magistrada ha acordado requerir a su defensa para que manifieste en el plazo de un día si desea volver a declarar en sede judicial. Solo si su respuesta es afirmativa se requeriría a la empresa de comunicación Atresmedia la aportación del programa de televisión.

En este sentido, la jueza recuerda que cualquier declaración de un investigado, para que pueda tener «efecto en el proceso», ha de efectuarse con la «oportuna asistencia letrada y en el seno de este procedimiento», pues se trata de «una garantía para la propia investigada».

Carta abierta de Maribel Vilaplana sobre su comida con Mazón

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