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La Audiencia de Navarra deja en la libertad provisional a ‘La Manada’
Publicado
hace 8 añosen
La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha decretado la prórroga, eludible bajo fianza de 6.000 euros, de la prisión provisional establecida para los cinco condenados el pasado abril a 9 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento por una violación perpetrada el 7 de julio de 2016 en Pamplona.
Entre otras medidas cautelares, además del depósito de la mencionada fianza, el tribunal impone a los condenados la obligación de comparecer los lunes, miércoles y viernes en el juzgado de guardia su localidad de residencia, la prohibición de acceder a la Comunidad de Madrid –lugar de residencia de la denunciante–, la prohibición de comunicación con la víctima por cualquier medio o procedimiento, la retirada del pasaporte, la prohibición de salir del territorio nacional sin autorización judicial, la designación de un domicilio donde puedan ser hallados, así como un teléfono de contacto, con la advertencia expresa de que en el caso de no ser localizados en esos domicilios de inmediato se expedirá la correspondiente requisitoria (orden de busca y captura).
El auto, contra el que puede interponerse recurso de súplica ante el mismo tribunal, cuenta con un voto particular discrepante, emitido por el presidente de la Sección Segunda de la Audiencia, José Francisco Cobo, quien aboga por la prórroga de la prisión provisional incondicional hasta la mitad de la pena impuesta, esto es, 4 años y 6 meses.
Los magistrados Ricardo González, ponente, y Raquel Fernandino, explican que, en virtud de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, tras realizar la pertinente ponderación de los intereses en juego y teniendo siempre presente la preeminencia que debe otorgarse al derecho a la libertad personal, la pretensión de las acusaciones de prorrogar la prisión provisional de los condenados en primera instancia hasta la mitad de la pena impuesta en sentencia de forma incondicional incurre en un automatismo del que se debe huir.
“Así, en primer lugar, entendemos que para valorar la situación actual ya no cabe retomar las razones que fundamentaron en un primer momento la adopción como medida cautelar de la prisión provisional, entre las que se indicaba la posibilidad de imponer a los acusados unas penas de 80 años de prisión; como tampoco las que sirvieron para desestimar los diferentes recursos que contra el auto de prisión o de denegación de la solicitud de libertad provisional se interpusieron”, apunta la Sección Segunda.
Una condena grave no resulta suficiente para la prisión provisional
Tras la sentencia condenatoria a 9 años de prisión, apostilla la sala, “se ha producido, por tanto, una más que notable reducción de las penas solicitadas por las acusaciones y que éstas pretenden minimizar mediante un planteamiento en el que subyace la idea de que la sentencia condenatoria por un delito grave y con una pena grave, como es el caso, resulta suficiente, por sí sola, para justificar la prórroga de la prisión provisional, cuando, según la doctrina constitucional anteriormente expuesta, esta no legitima el automatismo con el que frecuentemente se aplica o pretende aplicarse el precepto en cuestión”, razonan los magistrados.
En cualquier caso, prosiguen los jueces, para resolver cualquier duda o incertidumbre al respecto siempre se atienen a “dos reglas de oro: los principios favor libertatis y el in dubio pro reo.
Según el tribunal, en relación al riesgo de fuga, que durante la instrucción de la causa se vinculaba a las altas penas solicitadas y a la inminencia de la celebración del juicio oral, estas razones han perdido notablemente la fuerza que, en su día, pudieron tener.
“En tal sentido, no habiéndose cuestionado durante todo el procedimiento el arraigo familiar y social de todos los condenados, no cabe ahora, por razón de haya recaído sentencia condenatoria, negárselo; como tampoco cabe seguir invocando el riesgo de fuga como un riesgo genérico y no concreto (derivado de circunstancias concretas y determinadas) que las partes acusadoras no han tratado siquiera de reseñar, sin que de las alegaciones que sobre este particular han expuesto pueda inferirse racionalmente tal riesgo de fuga; riesgo que, aun estando siempre latente, no cabe inferir en este caso como una posibilidad real y concreta, y que, en todo caso, puede conjurarse más que razonablemente con otras medidas cautelares menos gravosas para la libertad”, zanja el tribunal.
En cuanto al riesgo de reiteración delictiva que se pretende justificar por las acusaciones por el hecho de que cuatro de los cinco procesados, ahora condenados, se encuentran incursos en otra causa penal por hechos análogos a los que han motivado su condena y que se están investigando ante un Juzgado de Pozoblanco, el tribunal destaca, de entrada, que tal planteamiento excluye del referido riesgo a Ángel Boza Florido, quien no está inmerso en esa investigación.
La Audiencia de Navarra asegura desconocer cuál es la situación en que se encuentra la instrucción de la referida causa de Pozoblanco, más allá de que se inició en el mes de octubre de 2016. “Se trata por tanto de hechos sub iudice, que aún continúan en fase de investigación por razones que se desconocen y que ninguna de las acusaciones ha podido esclarecer.
La pérdida del anonimato de los condenados “hace poco menos que impensable” el riesgo de reiteración delictiva
“Por otra parte, según la Audiencia, ninguno de los acusados ahora condenados cuenta con antecedentes penales por delitos de naturaleza análoga o similar a aquel por el que vienen condenados y no puede desconocerse tampoco que la repercusión que ha tenido este caso y la presión que ha desatado han alimentado un rechazo social de tal magnitud respecto de los cinco acusados que ello permite cuestionar fundadamente ese hipotético riesgo de reiteración delictiva que, respecto de cuatro de ellos, se presume por las acusaciones, pues lo que todo ello hace presumir, en buena lógica, no son sino extraordinarias dificultades para que puedan desarrollar una vida social normalizada en libertad una vez regresen a su entorno familiar y social; todo ello, junto con la pérdida de su anonimato a que anteriormente hemos hecho referencia, hace poco menos que impensable el referido riesgo de reiteración delictiva”, destaca la Audiencia.
El tribunal resalta también que los acusados tienen sus domicilios a más de 500 kilómetros del lugar en que reside la víctima y que garantizar su tranquilidad y su sosiego es algo que puede procurarse mediante la adopción de medidas menos gravosas que la prolongación de la situación de prisión provisional.
Y, respecto a la alegación de que “la ocultación de la perpetración de otros hechos presuntamente delictivos, que posteriormente fueron averiguados por los policías encargados de la investigación”, permita “presumir la existencia del riesgo de acceder por sí, o a través de terceros a las fuentes de prueba o influir sobre otros investigados”, el tribunal considera que es algo que ciertamente carece de todo fundamento si se considera que tales supuestos hechos delictivos habrían de haberse cometido necesariamente con anterioridad a su ingreso en prisión, situación en la que están próximos a cumplir dos años, “tiempo más que suficiente para que se hayan realizado las investigaciones necesarias y asegurado las pruebas que las sustenten si es que esto ha sucedido, pues nada se acredita al respecto por ninguna de las acusaciones”.
El voto particular destaca que las medidas cautelares impuestas no conjuran eficazmente el riesgo de fuga
El auto cuenta con el voto particular discrepante del presidente de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra, José Francisco Cobo, ponente además de la sentencia condenatoria a 9 años de prisión.
Según este magistrado, “teniendo en cuenta las características y gravedad del delito por el que han sido condenados los acusados, y ponderando las circunstancias del caso y las personales de dichos procesados, se revela como razonable y proporcionado” la prórroga por plazo de dos años y seis meses, a contar desde el día 7 de julio próximo, de la medida de prisión provisional con el carácter incondicional.
Para este juez, “es indiscutible la gravedad de delito, expresada en el contenido de la pena impuesta”, la afectación a bienes jurídicos especialmente relevantes como lo es en este caso la libertad e indemnidad sexual, en el marco en que se produjeron los hechos delictuales por los que se estableció la condena.
Así, respecto a los datos que pueden evaluarse, en función de lo actuado sobre la estabilidad domiciliaria de los procesados, su disponibilidad de medios para poder desarrollar su vida, su integración en su contexto familiar y convivencial extenso, no permiten, a juicio del magistrado, “conjurar eficazmente el riesgo de que los procesados se sustraigan a la acción de la justicia y las medidas a tal efecto propuestas en la decisión mayoritaria”.
Para el presidente de la Sección Segunda de la Audiencia, “en conclusión, por todo lo expuesto, entiendo que resultaba procedente acordar como así se hace en la decisión mayoritaria, la prórroga de la prisión provisional, pero configurada por las razones expuestas de modo incondicional”.
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Alerta máxima por la nueva borrasca Marta que llega este sábado: cinco comunidades en nivel naranja por lluvia, viento, olas y nieve
Publicado
hace 3 horasen
7 febrero, 2026
MADRID, 7 Feb. (EUROPA PRESS) – La borrasca ‘Marta’ pondrá en aviso este sábado a casi toda España por lluvias, tormentas, viento, olas y nieve, según la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET). Un total de cinco comunidades autónomas tendrán avisos de nivel naranja por fenómenos adversos, especialmente por temporal marítimo y viento: Andalucía, Castilla y León, Galicia, Región de Murcia y Comunitat Valenciana.
El episodio de inestabilidad se enmarca en un nuevo tren de borrascas atlánticas que seguirá condicionando el tiempo en gran parte del país durante el fin de semana.
Cinco comunidades en nivel naranja por el temporal
Andalucía volverá a ser una de las regiones más afectadas por la borrasca Marta. La comunidad registra avisos naranja por lluvias intensas en Cádiz, Huelva y Sevilla; por viento fuerte en Cádiz, Granada y Huelva; y por oleaje en Almería, Cádiz y Huelva.
Además, todas las provincias andaluzas tienen avisos amarillos por distintos fenómenos: lluvias en Almería, Córdoba, Granada, Jaén y Málaga; viento en Almería, Córdoba, Jaén, Málaga y Sevilla; oleaje en Granada y Málaga; y tormentas en Cádiz y Sevilla.
Galicia también se encuentra entre las comunidades más afectadas. La AEMET ha activado avisos naranja por fuerte oleaje en A Coruña, Lugo y Pontevedra. En Lugo y Ourense, además, hay avisos por nevadas.
En Castilla y León, la nieve será protagonista. Se han activado avisos naranja por nevadas en Ávila, León y Zamora. También hay avisos amarillos por nieve en Burgos, Palencia, Salamanca, Segovia y Soria, y por lluvias en Ávila y Salamanca.
La Comunitat Valenciana y la Región de Murcia completan el listado de territorios con nivel naranja. En el caso valenciano, el aviso naranja se centra en el litoral de Alicante por temporal marítimo, al que se suman avisos amarillos por viento en las tres provincias.
En la Región de Murcia, la costa del Campo de Cartagena y Mazarrón se encuentra en aviso naranja por oleaje. Además, se mantienen avisos amarillos por viento y olas en otras zonas del litoral murciano y del interior.
Avisos por viento, olas y nieve en gran parte del país
El temporal marítimo afectará también a otras zonas del litoral. Hay avisos por olas en la costa de Melilla y Ceuta, en todas las islas Baleares y en los litorales occidental y oriental de Asturias.
Los avisos por viento se extienden a numerosos territorios, entre ellos Ceuta, Cáceres y Badajoz, Barcelona y Tarragona, Albacete, Ciudad Real y Toledo, además de Ibiza y Formentera.
En cuanto a la nieve, se esperan avisos en Huesca; Cuenca y Guadalajara; Cáceres; la Sierra de Madrid y áreas metropolitanas; así como en zonas del interior peninsular. También se mantienen avisos por lluvias en distintos puntos de Castilla-La Mancha y Extremadura, además de Ceuta, donde incluso se prevén tormentas.
Previsión general: lluvias generalizadas y descenso de temperaturas
La AEMET prevé que el tiempo siga marcado por la circulación atlántica, con la borrasca Leonardo en fase madura al sur de Irlanda y el acercamiento de Marta al oeste peninsular. Esto provocará cielos nubosos o cubiertos y precipitaciones generalizadas que avanzarán de oeste a este.
Las lluvias serán fuertes y persistentes en amplias zonas de la mitad sur de la vertiente atlántica y en el área del mar de Alborán. Tampoco se descarta intensidad en Galicia. Los mayores acumulados se esperan en sierras andaluzas, donde podrían registrarse tormentas y granizo ocasional en el oeste.
En Baleares, el Cantábrico y el nordeste peninsular, las precipitaciones serán más débiles y se alternarán con algunos claros al inicio de la jornada.
Nevadas en montañas del norte y centro
El pronóstico incluye nevadas con acumulados significativos en las montañas del centro y la mitad norte peninsular, con cotas entre 800 y 1.100 metros. La nieve podría afectar también a zonas próximas de ambas mesetas y a interiores de Galicia. En el sureste peninsular se esperan nevadas más débiles, con la cota subiendo progresivamente por encima de los 1.600 metros.
Se formarán bancos de niebla en áreas de montaña y brumas en amplias zonas de la península. En Canarias, en cambio, el tiempo será estable, con intervalos de nubes altas.
Temperaturas en descenso y viento fuerte
Las temperaturas descenderán en la mayor parte del país, con bajadas moderadas en Baleares, el valle del Guadalquivir, el área de Alborán y el centro y este peninsular, y descensos más ligeros en el resto. En Galicia y el norte de Canarias se esperan ligeros ascensos de las máximas.
Habrá heladas débiles en montañas de la mitad norte y del sureste, y más intensas en los Pirineos.
El viento soplará moderado de componentes oeste y sur en la Península y Baleares, girando a este y norte en el cuadrante noroeste. Se esperan rachas fuertes o muy fuertes en gran parte de la mitad sur y la fachada oriental peninsular, en Baleares, en zonas de Galicia y en áreas montañosas del centro y norte. En Canarias, predominará el viento flojo del norte y oeste.
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