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María Guardiola, presidenta de Extremadura, en la UCI tras sufrir una sepsis postoperatoria

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elecciones Extremadura
María Guardiola, presidenta de Extremadura, en la UCI tras sufrir una sepsis postoperatoria- Foto: JUNTA DE EXTREMADURA

La presidenta de la Junta de Extremadura, María Guardiola, ha sido ingresada en la UCI del Hospital Universitario de Cáceres tras sufrir una sepsis postoperatoria, aunque evoluciona «favorablemente».

Guardiola comenzó a sentir fiebre y malestar en la tarde del martes, 14 de mayo. Al día siguiente, acudió al hospital donde, tras las pruebas pertinentes, se le diagnosticó un proceso infeccioso que requirió intervención quirúrgica.

Durante la recuperación de la cirugía, la presidenta desarrolló una sepsis que requirió su ingreso en la Unidad de Cuidados Intensivos, según ha informado la Junta de Extremadura en un comunicado.

María Guardiola permanecerá en la UCI hasta que los profesionales determinen que puede ser trasladada a planta para su completa recuperación. Se espera que este traslado pueda realizarse hoy. Una vez reciba el alta médica, la presidenta extremeña retomará su agenda pública.

La sepsis es una respuesta inmunitaria abrumadora del cuerpo a una infección, que puede llevar a daño tisular, insuficiencia orgánica y, en casos graves, la muerte. Se produce cuando una infección que ya está presente en el cuerpo desencadena una reacción en cadena en el sistema inmunitario.

Causas de la sepsis

  1. Infección bacteriana: La sepsis a menudo se desencadena por infecciones bacterianas, aunque también puede ser causada por infecciones fúngicas, virales o parasitarias.
  2. Infecciones comunes: Las infecciones del tracto urinario, los pulmones (neumonía), el abdomen (peritonitis) y la piel pueden llevar a la sepsis.
  3. Cirugía y heridas: Las intervenciones quirúrgicas y las heridas pueden ser puntos de entrada para las bacterias, aumentando el riesgo de infección y sepsis.
  4. Dispositivos médicos: Catéteres, sondas y otros dispositivos médicos pueden introducir bacterias en el cuerpo.

Factores de riesgo

  1. Edad: Los adultos mayores y los niños muy pequeños son más susceptibles a la sepsis.
  2. Sistema inmunitario debilitado: Personas con enfermedades crónicas como diabetes, enfermedades renales o hepáticas, VIH/SIDA, o aquellas que reciben tratamientos que suprimen el sistema inmunitario (como quimioterapia) tienen un mayor riesgo.
  3. Hospitalización: Las estancias prolongadas en hospitales, especialmente en unidades de cuidados intensivos, pueden aumentar el riesgo de infecciones graves.
  4. Invasión bacteriana previa: Personas que han sufrido infecciones graves previamente son más propensas a desarrollar sepsis.

Riesgos y complicaciones de la sepsis

  1. Shock séptico: Es una forma grave de sepsis donde la presión arterial baja peligrosamente, lo que puede llevar a insuficiencia orgánica múltiple y la muerte.
  2. Insuficiencia orgánica: La sepsis puede causar el fallo de uno o más órganos, como los riñones, el hígado, el corazón y los pulmones.
  3. Disfunción del sistema inmunológico: La sepsis puede desregular el sistema inmunitario, haciéndolo menos efectivo para combatir futuras infecciones.
  4. Coagulación intravascular diseminada (CID): La sepsis puede desencadenar una coagulación anormal en todo el cuerpo, lo que puede provocar hemorragias y la formación de coágulos que bloquean el flujo sanguíneo.
  5. Secuelas a largo plazo: Incluso después de la recuperación, la sepsis puede dejar secuelas duraderas como debilidad muscular, problemas de memoria, trastornos emocionales y reducción de la calidad de vida.

Prevención y tratamiento

  • Prevención de infecciones: Mantener una buena higiene, vacunarse, y tratar las infecciones de manera temprana y adecuada son cruciales para prevenir la sepsis.
  • Detección temprana: La identificación y tratamiento rápidos de la sepsis son esenciales para mejorar las probabilidades de supervivencia. Esto incluye la administración de antibióticos y fluidos intravenosos de inmediato.
  • Cuidados intensivos: En casos graves, los pacientes con sepsis requieren cuidados intensivos para apoyar la función de los órganos vitales mientras el cuerpo combate la infección.

La sepsis es una emergencia médica y requiere atención inmediata para reducir el riesgo de complicaciones graves y la mortalidad.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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