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Mensajeros de la Paz premia a Cavadas como ejemplo de compromiso humanitario

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En la imagen, el padre Ángel junto al cirujano.EFE/ Biel Aliño

La organización Mensajeros de la Paz ha reconocido como «mensajero de paz de honor» al cirujano Pedro Cavadas, por ser un ejemplo de «compromiso social y humanitario» en su labor con las personas que se consideran «inoperables y que no encuentran la ayuda para vivir sin dolor».

Cavadas inaugura esta mención honorífica de la ONG fundada por el padre Ángel, y recibirá una escultura, una placa y un diploma que le reconoce como un «Mensajero de Paz de honor» y que se le entregará este miércoles en València, su ciudad de residencia.

«Estos premios no son más que un broche para todas las personas que luchan por hacer de este mundo un mundo mejor, como dice el padre Ángel», ha afirmado en un comunicado Sergio Mella, director general de Mensajeros de la Paz.

«Nuestra asociación se basa en el amor por los demás, pero también en la lucha por conseguirlo y en este sentido Pedro Cavadas ejemplifica esta lucha», ha añadido Mella.

Cavadas ha asegurado que la labor que desarrolla a través de su fundación para ayudar a países como Tanzania en África en hospitales de campaña se fundamenta en el «placer sublime» que provoca «regalar a alguien una vida digna», así como ayudar a personas que «no ha tenido oportunidades, al que no conoces, que ni siquiera entiende por qué leayudas y en el fondo no te importa si lo entiende».

La asociación Mensajeros de la Paz inicia con el reconocimiento al trabajo del cirujano sus premios honoríficos en la ciudad de València donde, además, aprovechan la visita para comunicar la marcha de la sede y de los programas que la Asociaciónlleva a cabo aquí desde su inauguración en el mes de septiembre.

El cirujano Pedro Cavadas se dedica a la reconstrucción microquirúrgica desde 1994 y con su equipo de 3 cirujanos plásticos lleva a cabo aproximadamente 1.800 cirugías anuales utilizando los tratamientos más novedosos para dar soluciones a pacientes considerados como inoperables o que han quedado con secuelas muy difícilmente reparables.

La Fundación Pedro Cavadas nació en 2003 con el objetivo de proporcionar cirugía reconstructiva moderna a pacientes desfavorecidos de países africanos. Ha organizado campañas quirúrgicas humanitarias en Kenia hasta finales de 2013, y desde entonces ha trasladado su actividad a Tanzania por motivos de seguridad.

En las campañas se operan a pacientes con problemas reconstructivos de forma totalmente gratuita, y los casos especialmente complejos son trasladados a España para ser intervenidos en condiciones óptimas.

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¿Pueden prohibirte aparcar un coche eléctrico en un parking? Esto dice la normativa

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OCU advierte de que no existe una prohibición general para los vehículos eléctricos y señala qué puede hacer un conductor si un aparcamiento le impide entrar

Cada vez hay más coches eléctricos en las carreteras y también más dudas sobre dónde pueden aparcar. Algunos estacionamientos están empezando a plantear restricciones a este tipo de vehículos alegando motivos de seguridad, especialmente por el posible riesgo de incendio de las baterías.

Pero ¿puede un parking prohibir la entrada a un coche eléctrico simplemente por serlo? La respuesta general es no. Según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), no existe actualmente una norma que establezca una prohibición general de acceso de los vehículos eléctricos a los aparcamientos.

La organización recuerda además que la normativa española y europea fomenta la movilidad eléctrica y contempla la instalación de puntos de recarga en determinados edificios y estacionamientos.

¿Puede un parking prohibir la entrada a un coche eléctrico?

Como regla general, un aparcamiento abierto al público no puede excluir automáticamente a los coches eléctricos por el mero hecho de utilizar este sistema de propulsión.

Las normas de protección contra incendios establecen diferentes medidas de seguridad para los aparcamientos, como sistemas de ventilación, evacuación, detección y extinción, pero no establecen una prohibición general diferenciando entre vehículos eléctricos y coches con motor de combustión.

OCU recuerda que tanto el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios como el Código Técnico de la Edificación no establecen una prohibición de este tipo. Además, distintas normas españolas impulsan precisamente la instalación de infraestructura de recarga.

Esto no significa que un aparcamiento no pueda adoptar medidas de seguridad cuando exista un problema concreto en sus instalaciones. En ese supuesto, la restricción tendría que estar justificada por razones técnicas, ser proporcionada y tener carácter excepcional y temporal, según el criterio expresado por OCU.

¿Los coches eléctricos tienen más riesgo de incendio?

Esta es una de las principales razones que se esgrimen cuando se plantea restringir el acceso de los coches eléctricos a parkings cerrados.

Las baterías de iones de litio tienen riesgos específicos. En determinadas circunstancias puede producirse una fuga térmica, un proceso que provoca un aumento muy elevado de la temperatura y puede desencadenar un incendio.

Sin embargo, esto no significa que los vehículos eléctricos se incendien con mayor frecuencia.

OCU señala que, según los datos que maneja, el riesgo de incendio de un vehículo eléctrico es entre 10 y 20 veces menor que el de uno de gasolina. La particularidad está en que, cuando se produce un incendio relacionado con una batería, su extinción puede resultar más complicada.

La Comisión Europea también recoge que los vehículos eléctricos de batería presentan un menor riesgo de incendio que los vehículos de combustión, aunque sus incendios pueden plantear problemas específicos relacionados con la batería y la propagación térmica. Por ello, sus recomendaciones se centran en mejorar la prevención, detección, evacuación y extinción en los aparcamientos, en lugar de establecer prohibiciones generales.

¿Y si el parking dice que es por seguridad?

Un responsable de un aparcamiento puede alegar razones de seguridad, pero una prohibición general no queda automáticamente justificada por mencionar el riesgo de incendio.

Según OCU, si un operador detecta que sus instalaciones no cuentan con las medidas de protección necesarias, la solución debería pasar por adaptar y mejorar esas instalaciones, no por prohibir de forma permanente el acceso a todos los vehículos eléctricos.

La organización considera que una restricción excepcional podría justificarse si existen informes técnicos específicos que acrediten un problema concreto y mientras se corrigen las deficiencias detectadas.

¿Qué puedes hacer si no te dejan entrar con tu coche eléctrico?

Si llegas a un parking abierto al público y te impiden acceder únicamente porque tu vehículo es eléctrico, OCU recomienda dejar constancia de lo ocurrido.

Estos son los pasos que puede seguir el conductor:

  1. Solicitar una hoja de reclamaciones al responsable del aparcamiento.
  2. Pedir que se explique el motivo concreto de la prohibición, especialmente si se alegan razones de seguridad.
  3. Preguntar por la justificación técnica de la medida.
  4. Si no se obtiene una respuesta satisfactoria, acudir a los organismos de Consumo.
  5. En los casos en los que se trate de un aparcamiento municipal o gestionado mediante concesión pública, comunicar los hechos al Ayuntamiento o a la administración competente.
  6. OCU también ofrece a los consumidores la posibilidad de reclamar a través de su plataforma.

¿Pueden prohibir aparcar un coche eléctrico durante la recarga?

La cuestión de la recarga de vehículos eléctricos merece una atención especial, porque es precisamente durante este proceso cuando existen riesgos específicos relacionados con las baterías y la instalación eléctrica.

La Comisión Europea dispone de recomendaciones específicas para la seguridad de los vehículos eléctricos estacionados y de las infraestructuras de recarga en aparcamientos cubiertos. Estas medidas se centran en la prevención de incendios, detección, evacuación, control de la propagación y medios de extinción.

Por tanto, la existencia de puntos de recarga en un parking exige cumplir las correspondientes medidas de seguridad, pero no supone que todos los coches eléctricos puedan ser expulsados o excluidos del aparcamiento por una prohibición genérica.

Una prohibición que no está respaldada de forma general

La conclusión de OCU es clara: no existe una norma que prohíba con carácter general aparcar coches eléctricos en parkings.

La seguridad debe ser una prioridad, especialmente en instalaciones cerradas y durante la recarga, pero las medidas deben responder a riesgos concretos y estar adecuadamente justificadas.

Para los conductores de vehículos eléctricos, esto significa que encontrarse con un cartel que prohíbe la entrada exclusivamente a este tipo de coches no implica automáticamente que la prohibición tenga respaldo legal.

Si sucede, el consumidor puede pedir explicaciones, solicitar una hoja de reclamaciones y acudir a Consumo si considera que sus derechos han sido vulnerados.

 

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