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Nuevo test para conocer la salud del feto sin riesgos

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El Hospital Universitario Doctor Peset de València ha empezado a utilizar una prueba de diagnóstico prenatal conocida como test prenatal no invasivo o detección de ADN fetal en sangre materna para estudiar el riesgo de que el embrión sea portador de alguna de las alteraciones cromosómicas más frecuentes, como el Síndrome de Down, el Síndrome de Patau y el Síndrome de Edwards.

De esta forma, se convierte en uno de los primeros hospitales públicos en ofrecer esta técnica a las embarazadas, que podría evitar tener que realizar otras pruebas de carácter invasivo que pueden comportar algún riesgo para el bebé o para la madre, como es la amniocentesis o biopsia corial.

«La detección de ADN fetal en sangre materna no implica ningún riesgo, puesto que la extracción se realiza a partir de una analítica rutinaria de sangre. Su realización se ofrece a las embarazadas cuando en el screening que hacemos durante el primer trimestre (ecografía con pliegue nucal y medición de determinadas hormonas en la madre) se detecta un elevado riesgo de alteraciones cromosómicas en el feto y necesitamos obtener células de los tejidos fetales para confirmarlo», ha explicado la doctora Reyes Balanzá, jefa del Servicio de Obstetricia y Ginecología del Hospital Universitario Doctor Peset.

Para su puesta en marcha, este centro sanitario público valenciano ha elaborado un protocolo consensuado por los servicios de Análisis Clínicos y de Obstetricia y Ginecología en el que se establecen los criterios que deben cumplirse para solicitar esta prueba.

El análisis de ADN libre fetal a partir de plasma materno se basa en la presencia, en una muy pequeña proporción, de ADN fetal en el torrente sanguíneo de la madre. En el laboratorio, este ADN es amplificado y estudiado para establecer si existe una alteración en el número de cromosomas. Si el resultado del test no invasivo es de bajo riesgo, no es necesario plantear una técnica invasiva.

«Solo en el caso de que su resultado sea de riesgo para alteración cromosómica, se plantea la idoneidad de hacer una prueba invasiva de confirmación, ya que la biopsia corial o la amniocentesis siguen siendo actualmente gold standard del diagnóstico de aneuploidias (cromosomas adicionales o que faltan) puesto que es la que permite realizar un estudio de todos los cromosomas fetales», ha apuntado la doctora Balanzá.

Así pues, con la introducción de esta nueva prueba, el Hospital Universitario Doctor Peset pretende disminuir de forma notable el número de técnicas invasivas y, por tanto, la posibilidad de pérdidas fetales como consecuencia de posibles complicaciones de las técnicas (sangrado, rotura de membrana amniótica, infección del líquido amniótico, aborto o contracciones uterinas).

El test no invasivo no es una prueba diagnóstica y no sustituye a la ecografía del primer trimestre ni a otras técnicas invasivas. Su gran ventaja sobre los test de screening que se están utilizando en la actualidad en la mayor parte de los centros es que tiene una mayor sensibilidad (cercana al 100%) y especificidad (cercana al 98%) para el cálculo de alteración cromosómica.

«Además, presenta la ventaja de no exponer a riesgo al embarazo, realizarse de forma muy precoz y tener un resultado en aproximadamente una semana», ha matizado la jefa de Obstetricia y Ginecología del Hospital Universitario Doctor Peset.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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