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Más de 45.000 refugiados en la Comunitat por la guerra en Ucrania

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refugiados en la comunitat valenciana

Madrid/València, 22 feb (OFFICIAL PRESS – EFE).- A dos días de cumplirse el primer aniversario del inicio de la guerra en Ucrania, España ha concedido la protección temporal a más de 168.000 ciudadanos y residentes de ese país, más de 45.000 en la Comunitat Valenciana.

Más de 45.000 refugiados en la Comunitat por la guerra en Ucrania

En concreto, la Oficina de Asilo y Refugio (OAR) del Ministerio del Interior la Policía Nacional ha tramitado y concedido hasta este martes 168.131 protecciones temporales a las personas que buscan refugio en nuestro país, según datos del departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska.

 

Las franjas de edad

El 63 % de estas personas son mujeres (105.998) y el 37 % hombres (62.133), y por franja de edad, el 33 % son menores, el 25,5 % tienen entre 19 y 35 años, el 34,5 % tiene entre 36 y 64, y solo el 7 % tiene más de 65 años.

Además, la mayoría (98,2 %) son ciudadanos de nacionalidad ucraniana, mientras que el 1,8 % son personas de otras  nacionalidades que residían legalmente en territorio ucraniano cuando estalló la guerra.

La Comunitat Valenciana a la cabeza

La Comunitat Valenciana (45.379), Cataluña (38.616), Andalucía (24.002) y Madrid (23.646) son las comunidades autónomas en las que se han tramitado y concedido más protecciones temporales.

El éxodo sin precedentes provocado por la invasión rusa hizo que por primera vez se activara la directiva europea de protección temporal, redactada hace 20 años tras el conflicto de los Balcanes, que garantiza a los desplazados permiso de residencia y trabajo y acceso a la sanidad, la educación y ayudas económicas.

 

Interior destaca que los datos sitúan a España entre los países europeos que más protecciones temporales ha otorgado a ciudadanos y residentes en Ucrania y recuerda que al tener libertad de movimiento «no es posible determinar» en la actualidad el número de personas que permanecen en España dentro del sistema nacional de acogida.

 Desglose de protecciones temporales por comunidades autónomas:

Andalucía 24.002

Aragón 3.613

Asturias 1.584

Baleares 3.185

Canarias 4.364

Cantabria 1.500

Castilla y León 3.964

Castilla-La Mancha 2.932

Cataluña 38.616

Ceuta 15

Comunitat Valenciana 45.379

Extremadura 743

Galicia 2.849

Madrid 23.646

Melilla 19

Murcia 5.335

Navarra 1.636

País Vasco 4.153

Rioja, La 596

TOTAL 168.131

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Valencia

La celebración del Festival de les Arts y BigSound, en peligro por una sentencia judicial en València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El juez ordena medidas contra la contaminación acústica en la Ciudad de las Artes y reconoce indemnizaciones a vecinos

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia número 8 de València ha estimado la demanda presentada por vecinos de dos edificios y ha ordenado al Ayuntamiento de la capital adoptar medidas para evitar que el ruido de discotecas y conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias vulnere derechos fundamentales.

La resolución judicial incluye la posibilidad de revocar autorizaciones o reubicar eventos y reconoce además el derecho de los vecinos a ser indemnizados por daño moral.

El Ayuntamiento vulneró derechos fundamentales, según la sentencia

Así lo señala el fallo, fechado el 24 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press. El magistrado declara que el Ayuntamiento de València ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad y a la integridad moral de los vecinos demandantes.

Los afectados residen en dos edificios de la avenida Profesor López Piñero, en las inmediaciones del recinto de CACSA, donde se celebran conciertos y eventos. El origen del proceso se remonta a una reclamación presentada en 2022.

Indemnización de 3.000 euros por daños morales

En la resolución, contra la que cabe recurso, el juez condena al consistorio a indemnizar con 3.000 euros a cada vecino demandante. Considera esta cantidad “proporcional” teniendo en cuenta el tiempo durante el que han sufrido las molestias.

El magistrado subraya que no es necesario aportar pruebas médicas para acreditar el daño moral, apoyándose en jurisprudencia consolidada:

  • La exposición continuada a ruido intenso genera daño moral
  • Provoca desasosiego, sufrimiento e incomodidad
  • Supone una merma en la calidad de vida

“El simple hecho de estar sometido de forma continuada a ruidos de ciertas características constituye un daño moral”, recoge la sentencia.

El control del ruido es competencia municipal

El fallo recuerda que corresponde al Ayuntamiento ejercer las inspecciones necesarias para garantizar que las actividades cumplen la normativa, en base a la Ley 7/2002 de la Generalitat sobre contaminación acústica.

Además, aclara que aunque ciertas actividades no requieran licencia previa, esto no elimina el control posterior:

  • El Ayuntamiento debe inspeccionar
  • Puede sancionar incumplimientos
  • Debe garantizar el respeto a la normativa acústica

“El hecho de que las actividades se desarrollen en ese entorno no implica que gocen de patente de corso en materia de contaminación acústica”, señala el magistrado.

“Ruidos insoportables” por conciertos y discotecas

Los vecinos denunciaron que los eventos celebrados en la Ciudad de las Artes y las Ciencias, como conciertos o la actividad de la terraza del Umbracle, generan niveles de ruido “insoportables”.

Según informes periciales:

  • Se registraron niveles de hasta 80 dBA
  • Se superaron los límites legales de 45 dBA nocturnos y 55 diurnos
  • Se detectaron molestias en festivales como Big Sound, Love the 90’s o Festival de les Arts

Estas mediciones evidencian, según los demandantes, una vulneración de los límites acústicos establecidos en la ordenanza municipal.

Falta de control municipal en la zona

El magistrado también critica la actuación del Ayuntamiento, señalando que los controles han sido “escasísimos”, deficientes e ineficaces.

Según recoge la sentencia:

  • No se han realizado mediciones adecuadas en viviendas
  • Se han ignorado numerosas quejas vecinales
  • La mayoría de actas se centran en el Umbracle, sin control sobre conciertos

Además, considera que el consistorio no ha demostrado haber adoptado medidas eficaces para proteger los derechos de los vecinos tras la reclamación.

Postura del Ayuntamiento y de la Generalitat

El Ayuntamiento defendió que no tenía competencia directa, alegando que la Generalitat declaró en 2006 de interés general la Ciudad de las Artes y las Ciencias, excluyendo ciertas actividades de licencia municipal.

También cuestionó los informes periciales al considerar que no medían el ruido de fondo sin actividad.

Por su parte, desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias se ha indicado que la resolución corresponde al Ayuntamiento, mientras que el fiscal se opuso inicialmente a la demanda al no apreciar inactividad municipal suficiente.

El Ayuntamiento estudiará la sentencia

Fuentes municipales han confirmado que los servicios jurídicos del consistorio analizarán el fallo, que no es firme y puede ser recurrido.

Además, recuerdan que los hechos denunciados se remontan a 2018 y que la demanda se presentó en mayo de 2023, antes de la llegada de la actual corporación municipal.

Desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias también han señalado que su departamento jurídico está valorando la sentencia.

Un fallo con impacto en el modelo de eventos en València

Esta sentencia puede tener consecuencias importantes en la celebración de conciertos, festivales y actividades en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo reabre el debate sobre:

  • La convivencia entre ocio y vecinos
  • El control del ruido en grandes eventos
  • El modelo de festivales urbanos en València

La posible reubicación o limitación de eventos marca un punto de inflexión en la gestión de la actividad cultural en la ciudad.

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