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Valencia

Repartidores proautónomos cargan contra el Gobierno: «Han decidido por nosotros sin escucharnos. No tienen ni idea»

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València, 11 may (EFE).- Repartidores proautónomos han criticado que la llamada «Ley Rider» viene dada por una sentencia de un «caso en particular» de 2017 que no tiene en cuenta los cambios que han llevado a cabo las plataformas digitales y han lamentado «la nula voluntad» del Gobierno de interactuar con las asociaciones que representan a la mayoría de estos trabajadores.

«En ‘petit comité’ han negociado y han decidido por nosotros sin escucharnos», ha manifestado el portavoz en Valencia de Repartidores Unidos, Adrián Porres, en referencia a la negociación entre el Gobierno y los agentes sociales para sacar adelante la nueva legislación.

La ley obliga a las plataformas digitales a asalariar a todos los trabajadores que quieren mantener en plantilla pero, según Porres, «no tienen ni idea» de cómo funciona su trabajo.

«Nos han apuntado con el dedo y han dicho que somos pobres, precarios. No somos pobres, legislan sin conocer nuestra realidad», ha manifestado Porres, que ha participado este martes en València en una manifestación de repartidores en bici y moto bajo la etiqueta #StopLeyRider.

La protesta, que ha reunido a unos sesenta «riders», ha salido de la plaza del Ayuntamiento y se ha dirigido a la sede de UGT para realizar una pitada.

Según Repartidores Unidos, los trabajadores del sector «no están pidiendo» una ley, sino cambios porque quieren seguir siendo autónomos y negociar con las plataformas para mejorar sus condiciones laborales dentro de un modelo autónomo.

Por eso, piden que se tramite una ley ordinaria en cuyo debate participen los representantes de los trabajadores y no que «la voluntad del 25% esté por encima del resto».

En Valencia hay unos 800 repartidores autónomos de las plataformas UberEats, Deliveroo, Glovo y Shargo, según los datos de Repartidores Unidos.

En España, cientos de repartidores proautónomos han participado en las manifestaciones convocadas en diez ciudades españolas para protestar contra la llamada «Ley Rider», que también ha recibido críticas por parte de grupos «antiautónomos» por considerarla «insuficiente».

En Madrid, más de 300 repartidores han recorrido el centro de la capital y han llegado hasta el Congreso de los Diputados, donde han leído un manifiesto que resume su oposición a una «Ley Rider» que fue consensuada en marzo por el Ministerio de Trabajo con patronal y sindicatos.

Se han producido también concentraciones en Barcelona (donde la Guardia Urbana ha cifrado en 80 el número de asistentes), Alicante, Palma de Mallorca, Las Palmas de Gran Canaria, Oviedo, Gijón, Málaga y Albacete.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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