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Juicio de Rosa Peral contra Netflix: exige 30 millones por su imagen y la de su hija

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Juicio de Rosa Peral contra Netflix: arranca la audiencia previa

Rosa Peral reclama 30 millones de euros por vulneración de su imagen y la de su hija

Barcelona, 11 de marzo de 2025. El Juzgado de Primera Instancia de Vilanova i la Geltrú (Barcelona) inicia este martes la audiencia previa del juicio de Rosa Peral contra Netflix y la productora de El cuerpo en llamas, la serie inspirada en el crimen de la Guardia Urbana. La exagente, condenada a 25 años de prisión como coautora del asesinato de su pareja, Pedro Rodríguez, en mayo de 2017, exige una indemnización de 30 millones de euros por la presunta vulneración de su derecho al honor, su imagen y la intimidad de su hija menor de edad, quien también es representada en la ficción.

Detalles del juicio y postura de las partes

Durante la vista previa, la jueza evaluará las pruebas presentadas por ambas partes. Si no se llega a un acuerdo, se fijará una fecha para el juicio. Según fuentes judiciales consultadas por Europa Press, Rosa Peral no asistirá a la audiencia, aunque su padre, quien ostenta su representación legal, estará presente.

Netflix defiende que El cuerpo en llamas es una obra de ficción y no un documental, lo que, según la plataforma, descarta cualquier intromisión en los derechos fundamentales de Peral. La serie, protagonizada por Úrsula Corberó y Quim Gutiérrez, se estrenó en septiembre de 2023 y alcanzó rápidamente gran popularidad. A pesar de basarse en hechos reales, introduce modificaciones creativas, como reducir el número de hijos de la protagonista ficticia de dos a uno.

Reclamaciones económicas y antecedentes legales

La defensa de Peral solicita un euro por cada una de las 26,6 millones de horas vistas de la serie hasta mayo de 2024 para su hija, en concepto de daños morales, y diez céntimos por hora para la exagente por la imagen que proyecta como madre.

Antes del estreno de la serie, Peral intentó sin éxito interponer una demanda para revisar la ficción y evaluar posibles perjuicios en sus permisos penitenciarios. En un primer momento, el juzgado desestimó la solicitud por falta de un depósito económico requerido para este tipo de acciones legales. Sin embargo, la Audiencia de Barcelona posteriormente falló a favor de Peral, estableciendo que solo en circunstancias excepcionales pueden inadmitirse este tipo de demandas.

Este caso reabre el debate sobre los límites entre la ficción y el derecho a la imagen en producciones audiovisuales basadas en hechos reales. La decisión judicial podría sentar un precedente en la industria del entretenimiento.

Quién es Rosa Peral, la autora del crimen de la Guardia Urbana

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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