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Yehualaw se queda a las puertas de batir su récord mundial

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Yehualaw se queda a las puertas de batir su récord mundial

València, 15 ene (EFE).- La atleta etíope Yalemzerf Yehualaw se impuso en la 10K Valencia Ibercaja y se quedó a las puertas de batir el récord mundial de la distancia que ella misma ostenta, ya que paró el crono con un tiempo de 29:19 minutos, a tan solo cinco segundos de la plusmarca que consiguió el pasado año en Castellón.

Yehualaw, que se vio perjudicada por el viento en la primera parte del recorrido, peleó en los últimos metros por bajar su récord pero se tuvo que contentar con la segunda mejor marca de todos los tiempos. En segunda posición entró la keniana Jesca Chelangat a 42 segundos, y la tercera plaza fue para la también keniana Esther Birundu.

La atleta etíope Yalemzerf Yehualaw, vencedora del 10K Valencia Ibercaja, se quedó a tan solo 5 segundos del récord mundial que ellaa misma ostenta y que consiguió el año pasado en Castellón. Foto cedida por la organización.

En categoría masculina, el triunfo fue para el keniano Weldon Kipkirui Langat, que se impuso en el esprint con un tiempo de 26:55 minutos -igualando su mejor marca personal- a sus compatriotas Charles Kipkirui y Daniel Tumaka, a dos y seis segundos, respectivamente, del vencedor.

La carrera, homologada para las mínimas olímpicas de París, contó con la participación de 12.000 corredores populares, de los que 150 eran de categoría Elite.

En la carrera de 5K, los vencedores fueron el sueco Olle Hlberg con 14:07 minutos y la triatleta española Paula Herrero, que se estrenaba en la distancia y se impuso con un tiempo de 16:12 minutos.

 

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Valencia

Publicados los criterios del valenciano: se permite ‘artiste’ y se pide evitar ‘aquest’

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criterios del valenciano
Publicados los criterios del valenciano-FREEPIK

El Pleno del Consell ha aprobado el acuerdo por el que se establecen los nuevos criterios lingüísticos del valenciano de la administración de la Generalitat.

Estos nuevos criterios han sido elaborados por la Dirección General de Ordenación Educativa y Política Lingüística, dependiente de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, y serán aplicables por la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental desde el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

El Decreto 136/2023, del Consell, de aprobación del Reglamento Orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, establece que la Dirección General de Ordenación Educativa y Política Lingüística es el órgano directivo al que le corresponde dirigir, analizar, coordinar y ejecutar la política lingüística de acuerdo con la planificación lingüística de la Generalitat y con la normativa legal vigente.

Criterios del valenciano

Los criterios lingüísticos dan soporte a las comunicaciones orales y escritas en valenciano por parte del personal empleado público, dan entrada a las formas valencianas más generales y homogeneizan los textos redactados en la Administración de la Generalitat, siempre buscando una comunicación clara y comprensible para la ciudadanía.

Así, se considera que la lengua que utiliza el personal empleado público es la cara más visible de la Administración y, por eso, es relevante que esta oriente a elegir en cada caso las formas más adecuadas para conseguir una comunicación eficaz y que haga que la ciudadanía se sienta cómoda usando la lengua propia de la Comunitat Valenciana. Además, se pretende asesorar a cualquier persona interesada en el uso del valenciano, tanto oral como escrito, en sus comunicaciones en dicha lengua.

El Gobierno valenciano anterior, en su primera legislatura produjo un cambio en el uso del valenciano buscando la confluencia del valenciano con los estándares de otros territorios y comunidades autónomas. A modo de ejemplo, en sus criterios se cambiaron palabras como ‘servici’, ‘juí’, que son las primeras formas en el Diccionari Normatiu Valencià, por ‘servei’ i ‘judici’ más frecuentes en otros territorios. Asimismo, determinadas palabras con acentuación valenciana ‘terratrémol’, se cambiaron por acentuación catalana ‘terratrèmol’. Igualmente, se marcaba la preferencia por la forma ‘aquí’ con rechazo de la forma ‘ahí’ aceptada por la AVL.

Los criterios lingüísticos aprobado por el Consell se adaptan a la normativa de la Acadèmia Valenciana de la Llengua, que emitió un informe el 22 de diciembre de 2023. Asimismo, se ha realizado un trámite de participación abierto a las universidades y entidades locales que cuentan con oficinas de promoción lingüística, como diputaciones, entre otros.

Ejemplos

Los criterios pretenden acercar el valenciano de la ciudadanía a la administración, al tiempo que se apuesta por un lenguaje apropiado para las comunicaciones formales. Entre otros aspectos, se insta a utilizar términos de utilización más frecuente y común, como las formas ‘acostar’ frente a ‘apropar’, ‘arreplegar’ antes que ‘recollir’, ‘carrera’ antes que ‘cursa’, ‘eixir’ antes que ‘sortir’, ‘ferramenta’ antes que ‘eina’, ‘faena’ antes que ‘feina’, ‘gasto’ antes que ‘despesa’ o ‘pròxim’ antes que ‘proper’.

Además, se recomienda el uso de los demostrativos simples ‘este/a/os/es’ en lugar de ‘aquest/a/os/es’ y de los verbos incoativos con la forma -ix y no -eix.

Además, los nuevos criterios recomiendan usar la locución adverbial ‘a on’ para indicar el lugar donde se está o donde se dirige. Para referirse al día en el que nos encontramos se debe usar preferentemente la variante ‘hui’.

Por otra parte, entre otros ejemplos, se permite el uso del artículo neutro ‘lo’ en escritos poco formales y comunicaciones orales, y la preposición ‘per a’ se usa con complementos que indican finalidad o destino, como recomiendan las gramáticas de la AVL.

Este acuerdo deroga la resolución de 23 de noviembre de 2016, de la Dirección General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo, por la que se aprobaban los criterios lingüísticos de aplicación en la Administración de la Generalitat y en sus entes instrumentales.

Estos nuevos criterios lingüísticos además de ser aplicables en la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental, también se usarán en las actividades que cuentan con la colaboración o financiación de la Generalitat mediante subvención, contrato, convenio, patrocinio u otras figuras jurídicas, cuando así se establezca en las normas reglamentarias, bases o cláusulas.

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