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Consumo

Consejos fiscales de OCU: Cómo ahorrar impuestos en 2021

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8 claves para hacer frente a la cuesta de enero

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), a través de su revista mensual núm. 84 de OCU Inversiones, facilita una serie de consejos para aliviar la carga fiscal de la declaración de la renta de este año, pero que se liquida el año que viene.

 

OCU proporciona unas recomendaciones relacionadas tanto con las inversiones (planes de pensiones, ganancias y pérdidas patrimoniales) como con otras cuestiones más cotidianas que tienen repercusión fiscal (vivienda habitual, salario, etc).

 

Aportación a los planes de pensiones

 

OCU considera que las aportaciones a los planes de pensiones pueden ser una opción interesante para los que obtienen rentas que provienen del trabajo, de actividades profesionales/empresariales y de alquileres de inmuebles por las que tributan en el IRPF. Por lo tanto, no es aconsejable para aquellos que obtienen rentas que exclusivamente provienen de otras fuentes, como, por ejemplo, los productos bancarios o las transmisiones patrimoniales, ya que este tipo de rentas, que se llaman del ahorro, no se reducen por aportar a planes de pensiones.

 

OCU advierte que la cantidad máxima que se puede descontar de la base imponible es la menor de las siguientes:

 

– 8.000 euros anuales, teniendo en cuenta que es la suma de todas las aportaciones, tanto las individuales como las de la empresa. Si esa cifra se supera, no sólo no se podrá deducir, sino que el contribuyente se arriesga a ser sancionado si no solicita la recuperación del exceso antes del 30/06/2021.

 

– El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas. Si se tiene que aplicar este límite, pero las aportaciones lo superan sin alcanzar los 8.000 euros, se puede restar el exceso de las bases imponibles de los cinco ejercicios siguientes.

 

Un último consejo de OCU a tener en cuenta en relación con las aportaciones empresariales es que las aportaciones a planes de pensiones que pagan las empresas a sus trabajadores se suman al resto de los ingresos del contribuyente. Aunque estas aportaciones no tributan porque luego se descuentan para calcular la base liquidable general, sí aumentan el importe de la base imponible y puede que impidan que el trabajador aplique algunas deducciones. Por ello, OCU aconseja valorar si es más interesante, solicitar a la empresa que pague con otras retribuciones exentas y que no aumenten la base imponible, en vez de aportar a planes de pensiones.

 

Más información en este enlace.

 

Planificación de las ganancias y pérdidas patrimoniales

 

OCU considera que si durante este año, todas las ganancias a obtener por la venta de bienes (fondos, acciones o inmuebles), sumadas a otros rendimientos de capital mobiliario (intereses, dividendos…) superan los 6.000 euros, o incluso los 50.000 euros, puede ser preferible parar esas operaciones y retrasarlas al año siguiente para obtener un buen ahorro impositivo.

 

OCU recuerda que a los primeros 6.000 euros obtenidos de esta forma en 2020 se les aplica un tipo impositivo del 19%. A partir de esta cuantía y hasta 50.000 euros, un 21%. Y a partir de 50.000, un 23%.  Por lo tanto, lo mejor es no superar los 6.000 euros para no tributar al tramo siguiente que es un 2% más caro y el siguiente, otro 2% más.

 

OCU ofrece el siguiente truco: si durante 2020 se han obtenido ganancias y a su vez, se acumulan pérdidas en otras inversiones, una forma de ahorrar impuestos sería materializar dichas pérdidas para poder compensarlas con las ganancias, y viceversa. Eso sí, se ha de tener en cuenta lo siguiente:

 

• La Ley no permite la compensación de donaciones que generen pérdidas o rendimientos de capital negativos. Por ello, para poder compensar esas pérdidas, OCU aconseja vender el bien o reembolsar, si es un fondo, y donar el dinero obtenido.

 

• Si el contribuyente quiere mantener una inversión, pero desea sacar a la luz fiscal sus pérdidas, OCU advierte que no se debe cometer el error de vender y recomprar (como norma general, antes de dos meses), ya que la normativa impide aprovechar las pérdidas de recompras de “valores homogéneos”.

 

Eso sí, OCU le propone los trucos necesarios para que esta norma no sea una barrera infranqueable para los inversores que deseen sacar a luz fiscal sus pérdidas sin perder estos bienes en su patrimonio familiar.

 

• En cualquier caso, OCU nos recuerda que estas operaciones suponen una serie de gastos de compra y venta, y eventualmente de reembolso en algunos fondos, por lo que sólo será interesante realizar la aplicación, si la pérdida obtenida es relevante.

 

Más información en este enlace.

 

Otras sugerencias

 

– Las ganancias por la transmisión de la vivienda habitual (en la que se reside durante tres años continuados) cuando se tienen 65 años o más, está exenta de tributación del IRPF. Por ello, OCU aconseja esperar a cumplir esa edad para aprovechar la exención.

OCU recuerda que la exención también se aplica a la transmisión de la nuda propiedad de la vivienda habitual por su titular, si éste ser reserva el usufructo vitalicio sobre la citada vivienda.

 

Asimismo, OCU advierte que cuando la vivienda está a nombre de los dos cónyuges, ambos deben ser mayores de 65 años, ya que de lo contrario solo estaría exenta la ganancia correspondiente al cónyuge que tenga esta edad.

Esta exención se puede aplicar aunque se haya dejado de residir en la vivienda habitual -por haberse trasladado a una residencia p.ej-, pero como máximo dos años antes de la transmisión.

 

– Para los propietarios de inmuebles alquilados, OCU recuerda que se pueden deducir de la renta sujeta a IRPF los gastos pagados para obtenerla: IBI, seguros, comunidad de propietarios, etc. y que este tipo de gastos se pueden restar sin límite, incluso dando lugar a un rendimiento negativo.

 

También se pueden descontar los gastos de reparación y/o conservación y los intereses de préstamos para la compra del inmueble, pero, en este caso, lo que sobre tras reducir el rendimiento a cero se deduce en los cuatro ejercicios siguientes.

 

OCU aconseja repasar los gastos deducibles, para no olvidar ninguno, como la amortización que se suele dejar de lado, y si al final del año se observa que el rendimiento es positivo, se pueden adelantar a diciembre ciertos gastos deducibles para rebajarlo cumpliendo los límites citados.

 

– Para OCU, la amortización de la hipoteca es otra forma recurrente de rebajar la factura fiscal. Aquellas personas que compraron su vivienda habitual de forma financiada antes del 01/01/2013 podrán aplicar una deducción del 15% sobre lo que hayan pagado en 2020 por ese préstamo, hasta un máximo de 9.040 euros anuales por declaración. Por lo tanto, si la suma de las cuotas anuales no llega a la cantidad de 9.040 euros, y el contribuyente dispone de ahorros suficientes, es recomendable hacer amortizaciones anticipadas hasta alcanzar la citada cifra. Al ser un límite por declaración, en caso de matrimonio cuyos cónyuges presentan declaraciones individuales entre los dos podrán amortizar hasta 18.080 euros. OCU advierte de las comisiones por cancelación anticipada que cobran algunas entidades, que en todo caso también son deducibles dentro del citado límite de 9.040 euros.

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Consumo

Estos son los centros comerciales abiertos este domingo en Valencia

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centros comerciales abiertos
Merlin Properties

Los centros comerciales de Valencia estarán abiertos durante los 11 festivos aprobados  para este 2024. Según la ley del Comercio de la Comunitat Valenciana, los domingos y festivos se consideran no laborables con carácter general, pero cada año se habilitarán hasta un máximo de once domingos o festivos en los que los establecimientos podrán permanecer abiertos al público para desarrollar su actividad comercial, ha indicado la Generalitat en un comunicado.

Estos son los domingos y festivos que abrirán los comercios en 2024

El Observatorio del Comercio Valenciano ha aprobado los once días en los que se permitirá la apertura de los establecimientos comerciales en domingos y festivos para 2024, tal y como marca la ley autonómica.

En concreto, los días propuestos son:

  • 7 de enero
  • 29 de marzo
  • 31 de marzo
  • 24 de junio
  • 7 de julio
  • 12 de octubre
  • 1 de diciembre
  • 6 de diciembre
  • 15 de diciembre
  • 22 de diciembre
  • 29 de diciembre

Las grandes superficies abrirán el 29 y 31 de marzo y el 7 de abril en zonas turísticas

Los comercios de las grandes superficies de Alicante, Castellón y Valencia abrirán con carácter general en fechas señaladas de la Semana Santa como el viernes 29 y el domingo 31 de marzo, mientras que el domingo 7 de abril abrirán en las Zonas de Gran Afluencia Turística Estacional y Anual de Valencia y Alicante.

Estos son los centros comerciales abiertos en Valencia:

Centro Comercial MN4:

Estos son los festivos en los que estará abierto MN4:

7 de Enero de 2024

29 de Marzo de 2024

31 de Marzo de 2024

8 de Abril de 2024

24 de Junio de 2024

7 de Julio de 2024

12 de Octubre de 2024

1 de Diciembre de 2024

6 de Diciembre de 2024

15 de Diciembre de 2024

22 de Diciembre de 2024

29 de Diciembre de 2024

Puedes consultar sus horarios aquí.

Nuevo Centro

DOMINGO 7 DE ENERO ABREN DE 10 A 22 H

De lunes a sábado de 10:00 a 22:00 horas
Domingos y Festivos de Apertura* de 11:00 a 21:00 horas

Festivos abiertos:

Hasta el 9 de junio de 2024:  7 de enero, 24, 29, 31 de marzo y 7 de abril.

*Del 16 de junio al 31 de diciembre de 2024 todos, excepto los días 15 de agosto, 9 de octubre y 25 de diciembre.

ZONA DE RESTAURACIÓN: Cuenta con un horario más amplio.

Puedes llevar a tu mascota porque es PET FRIENDLY.

Para consultar aperturas del centro puedes pinchar aquí

Arena Multiespacio: 

DOMINGOS Y FESTIVOS CON APERTURA DE 10:00H A 22:00H:

  • Domingo, 7 de enero: Primer domingo de Rebajas de invierno
  • Viernes, 29 de marzo: Viernes Santo
  • Domingo, 31 de marzo
  • Lunes, 24 de junio San Juan
  • domingo, 7 de julio: Primer domingo de rebajas de verano
  • Sábado, 12 de octubre
  • Domingo, 1 de diciembre
  • Viernes, 6 de diciembre
  • Domingo, 15 de diciembre
  • Domingo, 22 de diciembre
  • Domingo, 29 de diciembre

DOMINGOS Y FESTIVOS CON APERTURA DE 11:00H A 21:00H:

  • Domingo, 24 de marzo
  • Domingo, 7 de abril
  • Domingo, 16 de junio
  • Domingo, 23 de junio
  • Domingo, 30 de junio
  • Domingo, 14 de julio
  • Domingo, 21 de julio
  • Domingo, 28 de julio
  • Domingo, 4 de agosto
  • Domingo, 11 de agosto
  • Domingo, 18 de agosto
  • Domingo, 25 de agosto
  • Domingo, 1 de septiembre
  • Domingo, 8 de septiembre
  • Domingo, 15 de septiembre
  • Domingo, 22 de septiembre
  • Domingo, 29 de septiembre
  • Domingo, 6 de octubre
  • Domingo, 13 de octubre
  • Domingo, 20 de octubre
  • Domingo, 27 de octubre
  • Viernes, 1 de noviembre
  • Domingo, 3 de noviembre
  • Domingo, 10 de noviembre
  • Domingo, 17 de noviembre
  • Domingo, 24 de noviembre
  • Domingo, 8 de diciembre

FESTIVOS EN LOS QUE EL CENTRO PERMANECERÁ CERRADO, EXCEPTO PARA RESTAURACIÓN

Todos los domingos comprendidos entre el 14 de enero y el 9 de junio de 2024 (con las excepciones indicadas en Aperturas extraordinarias) y los siguientes festivos:

  • Lunes, 1 de enero: Año Nuevo
  • Sábado, 6 de enero: Día de Reyes
  • Lunes, 22 de enero: San Vicente
  • Martes, 19 de marzo: San Jose
  • Lunes, 1 de abril
  • Lunes, 8 de abril
  • Miercoles, 1 de mayo: Fiesta del trabajo
  • Jueves, 15 de agosto: Asunción de la Virgen
  • Miercoles, 9 de octubre: Dia de la Comunitat Valenciana
  • Miercoles, 25 de diciembre: Natividad del Señor

Para cualquier duda puedes pinchar aquí.

Aqua Multiespacio

Los festivos autorizados para abrir todas las tiendas en este periodo serán:

  • Domingo 2 de abril
  • (Domingo de Ramos)
  • Viernes 7 de abril (Viernes Santo)
  • Domingo 9 de abril (Domingo de Pascua)
  • Domingo 16 de abril (Segundo domingo de Pascua)
  • Domingo 30 de abril

18 JUNIO – 7 ENERO 2024

El centro comercial abrirá sus puertas todos los domingos y festivos en horario de 11:00 a 21:00, salvo los días previstos de máxima afluencia en el que el centro abrirá de 10:00 a 22:00 horas. En este periodo, solo permanecerá cerrado el centro los días 15 de agosto, 9 de octubre, 25 de diciembre, 1 de enero y 6 de enero, salvo la restauración y el ocio que continuarán abriendo en su horario habitual.

No obstante, los cines y locales de restauración tiene su propio horario, por lo que te sugerimos que pinches en este enlace para consultarlo.

El Corte Inglés

El Corte Inglés cerrará todos los domingos hasta el 24 de marzo.

Para consultar aperturas pincha aquí

Centro Comercial El Saler: 

El centro abrirá los festivos 24, 29 y 31 de marzo, 7 de abril, 12 de octubre, 6 y 8 de diciembre.
A partir del 16 de junio abrirá todos los domingos excepto los días 15 de agosto, 9 de octubre y 25 de diciembre.

Para consultar aperturas pincha aquíCarrefour:De lunes a domingo de 09:00h a 22:00h, días festivos de apertura de 10:00h a 22:00h.Consulta la actualización de los horarios en sus RRSS o llamando al tlf de Atención al Cliente 963 95 70 12.También puedes escribirles a su servicio de WhatsApp en el siguiente teléfono 634613749Consulta aquíel horario de tu centro más cercano.

Centro Comercial Gran Turia:

De lunes a sábado de 10:00 a 22:00 horas.

No ha confirmado las fechas de 2024.

Para confirmar días de apertura puedes pinchar aquí

Centro Comercial Bonaire:

FESTIVOS DE APERTURA

  • domingo, 7 de enero de

  • Domingo de rebajas de invierno 10:00 a 22:00
  • viernes, 29 de marzo de

  • Viernes Santo10:00 a 22:00
  • domingo, 31 de marzo de

  • Domingo de Pascua10:00 a 22:00
  • lunes, 24 de junio de

  • San Juan10:00 a 22:00

Horario de apertura permanente

  • lunes 10:00 a 22:00
  • martes 10:00 a 22:00
  • miércoles 10:00 a 22:00
  • jueves 10:00 a 22:00
  • viernes 10:00 a 22:00
  • sábado 10:00 a 22:00
  • domingo 9:00 a 23:00

Puedes consultar cualquier duda pinchando en este enlace.

Ikea Valencia

 

 

Para confirmar aperturas y horarios puedes pinchar aquí.

 

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