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El ‘carsharing’ llega a València

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València, dic. 2019 – València se sumerge en un nuevo proyecto de movilidad. La Concejalía de Espacio Público del Ayuntamiento de València ha aprobado conceder autorización demanial a la firma CarGreen Movilidad Sostenible SL para el desarrollo de un proyecto de arrendamiento de vehículo sin persona conductora y sin base fija. El objetivo es el desarrollo de un proyecto piloto de carsharing (vehículo compartido) y estacionamiento de los vehículos en las vías urbanas.

La resolución señala específicamente la obligación del servicio de sujetarse a las condiciones establecidas en la normativa estatal y autonómica, así como las ordenanzas municipales. Entre los requisitos exigidos, ha explicado la concejala Lucía Beamud, «la empresa podrá disponer de un máximo de 100 vehículos, que deberán ser 100% eléctricos, y que podrán estacionar en cualquier zona habilitada para estacionamiento libre en la ciudad», de acuerdo con las condiciones de la Ordenanza de Movilidad y demás normativa vigente en materia de tráfico.

En cuanto a las plazas de estacionamiento regulado, la actividad estará sujeta a lo que establezca la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por estacionamiento de vehículos en la vía pública, pero en ningún caso podrán estacionar en las futuras zonas de estacionamiento clasificadas como “zona verde” (estacionamiento exclusivo para residentes).

El Ayuntamiento exige a la empresa una serie requisitos para otorgar esta autorización, como que los vehículos cuenten con un sistema de geolocalización (para el control y gestión de la flota de vehículos): «la empresa estará obligada a reubicar correctamente los vehículos que estén incumpliendo obligaciones de estacionamiento en la vía pública, en un plazo de 24 horas. De hecho, será responsabilidad dicha empresa detectar los vehículos averiados y retirarlos de la vía pública antes de que transcurran las 24 horas citadas desde la notificación o detección de la avería», ha señalado Beamud.

Se ha establecido un ámbito de prestación del servicio que abarca todo el término municipal, pobles de València incluidos. Y, además, la empresa deberá facilitar al Ayuntamiento un informe semanal que incluya: el listado de vehículos que operan (con detalle del modelo, NIVE (número de identificación del vehículo) y matrícula); fecha, hora de inicio y hora de fin de cada estacionamiento; calle y nº de Policía de cada estacionamiento; así como el distrito al que pertenece dicha calle.

Además, el Ayuntamiento tendrá acceso a datos como la monitorización en tiempo real sobre un GIS (Sistema de Información Geográfica) de la ubicación de cada uno de los vehículos en servicio, mapa de calor sobre un GIS, que permita conocer las ubicaciones de cada estacionamiento realizado, fecha, horas de inicio y fin, y duración con datos diarios, semanales y mensuales, tiempos de recorrido entre estacionamientos realizados, y número de personas usuarias. La empresa autorizada deberá garantizar la identificación de las personas usuarias para poder aplicar el correspondiente procedimiento sancionador cuando sea procedente.

Por último, la concejala ha indicado que “«esta iniciativa se encuadra dentro de la apuesta del Govern del Rialto por las nuevas formas de movilidad sostenible, para evitar la emisión de gases contaminantes y la apuesta por el vehículo compartido».

Además, ha resaltado que «la autorización de prestar este servicio se otorga por un plazo de doce meses, prorrogable por otros seis meses más. No obstante, podrá ser revocada de manera unilateral por el Ayuntamiento de València en cualquier momento por razones de interés público, sin generar derecho a indemnización, cuando resulte incompatible con las condiciones generales aprobadas con posterioridad, produzcan daños en el dominio público, impidan su utilización para actividades de mayor interés público o menoscabe el uso general».

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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