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El Consell aprueba el decreto que regula los conciertos educativos en la enseñanza

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El Consell ha aprobado el decreto por el que se establece el reglamento de conciertos educativos valencianos y se convoca el proceso general de acceso o renovación.
Esta norma establece los criterios para solicitar, renovar o modificar conciertos educativos, y al mismo tiempo, desarrolla la ley estatal de conciertos en etapas no obligatorias, que no había tenido ninguna adecuación en el ámbito autonómico.

Según el decreto aprobado, se establecen las condiciones que deben regir los conciertos y se garantiza que todos los centros tengan las mismas oportunidades, siguiendo unos criterios objetivos y transparentes a la hora de concertar una unidad.

Algunos de los elementos más importantes del texto han sido aportados en las mesas de negociación, tanto en patronales como en sindicatos de trabajadores de la educación.

La Ley estatal de conciertos educativos, en vigor desde 1985, no regula los conciertos singulares. Los conciertos singulares son aquellos que se hacen para niveles de enseñanza no obligatorios. La ley menciona que existen, pero no los criterios para realizar los conciertos, ni cómo se renuevan o se modifican.

Esta ley se ha desarrollado hasta ahora en el territorio valenciano sin adecuarse al contexto autonómico, y como consecuencia, se ha interpretado siempre en los mismos criterios, tanto si el concierto era para educación obligatoria como para educación postobligatoria.

Con el decreto aprobado este viernes, la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte prevé que los conciertos generales, que corresponden a la educación obligatoria, se rigen por la norma básica establecida, o sea, la ley estatal, y con respecto a los conciertos singulares se propone el desarrollo autonómico de la ley estatal.

En este nuevo marco normativo, el procedimiento que se establece garantiza a todos los centros privados las mismas oportunidades en el acceso al régimen de conciertos de las enseñanzas postobligatorias, y establece criterios objetivos de priorización.

Como no es educación obligatoria, la Administración no está obligada a concertar los niveles de Bachillerato y Formación Profesional. Hasta ahora, si un centro con niveles no obligatorios tenía un concierto, la renovación del concierto era automática, salvo que no se tuviera el alumnado suficiente.

Con el nuevo decreto, en el momento que finalice un contrato de concertación, lo que hay que hacer es una negociación de los conciertos que se necesitan. Es por eso que se indica que todos los conciertos de enseñanza postobligatoria se extinguen cuando finalizan los contratos de concertación y se inicia de nuevo el proceso de solicitud, modificación o renovación.

Criterios objetivos y transparentes

En caso de que el número de solicitudes de conciertos singulares sea superior al número de plazas necesarias, el decreto de conciertos da preferencia a los centros de acuerdo con los criterios siguientes, ordenados por orden de prioridad:

  1. Las solicitudes por parte de las antiguas filiales, es decir, las empresas que siempre han estado concertadas históricamente antes de que hubiera un sistema público educativo generalizado. Son las que antes de que se generalizaran los conciertos ya estaban haciendo este servicio.
  2. Que se atienda a la población desfavorecida. Será la Dirección General de Política Educativa la que determinará los criterios que acreditan atender a la población desfavorecida.
  3. Centros con experiencias educativas innovadoras, que serán acreditados como tales por parte de la Dirección General de Política Educativa.
  4. Centros que atiendan a la población en su área de escolarización.
  5. Centros que hayan contratado a profesorado despedido de otros centros por la modificación o supresión del concierto de estos últimos.

Asimismo, por encima de los criterios priorizados señalados anteriormente, prevalece el criterio general marcado por la ley estatal que explicita que las cooperativas educativas tienen prioridad de concertación con respecto a las empresas que no lo son.

Este año finalizan los contratos de los conciertos singulares de FP y Bachillerato. Con la puesta en funcionamiento del decreto, se analizará el contexto para contratar los conciertos que realmente sean necesarios a partir del próximo curso 2017-2018, en cuanto a la concertación singular postobligatoria.

Proceso de negociación fructífero

El borrador de decreto ha sido debatido en las mesas sectoriales pertinentes, tanto por lo que respecta a las patronales educativas como a los sindicatos con representación en la enseñanza concertada.

Fruto de este diálogo con el sector, el decreto ha incorporado mejoras sustanciales, sobre todo en cuanto a los criterios objetivos para la concertación de unidades, donde se ha incorporado el supuesto que hace referencia a la preferencia de centros que contratan trabajadores despedidos de otros centros.

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Atención al escanear códigos QR: Crecen las estafas que usan este método para robar datos

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estafa código QR

El escaneo de códigos QR para comprar o consultar la carta de un restaurante se ha vuelto una práctica común, pero es también una de las formas de ciberataque que más ha crecido en internet, aumentando hasta un 400% en el último mes.

Aunque esta acción es parte de la rutina diaria, puede ser peligrosa si no se presta atención. Los ciberdelincuentes se aprovechan de que los códigos QR no son interpretables a simple vista, lo que puede llevarnos, sin saberlo, a páginas fraudulentas. Este método, conocido como ‘quishing’, intenta realizar ‘phishing’ utilizando códigos QR para robar contraseñas o datos personales.

Estas estafas se han presentado en forma de cupones de descuento o falsas multas de pronto pago, así como en correos electrónicos que simulan coincidir con rutinas personales o laborales.

Para protegerse, es crucial verificar a dónde nos dirige el código QR y mantener actualizados los cortafuegos.

Las estafas más comunes que los ciberdelincuentes utilizan para engañar a las personas son diversas y se adaptan a diferentes contextos y tecnologías. Aquí tienes una lista de algunas de las más frecuentes:

1. Phishing

  • Descripción: Los estafadores envían correos electrónicos o mensajes de texto que parecen provenir de fuentes legítimas, como bancos, empresas o servicios en línea, solicitando información personal, contraseñas o datos financieros.
  • Prevención: Verificar la autenticidad del remitente y no hacer clic en enlaces sospechosos.

2. Smishing y Vishing

  • Descripción: Similar al phishing, pero a través de mensajes de texto (smishing) o llamadas telefónicas (vishing), donde los estafadores se hacen pasar por entidades legítimas para obtener información personal.
  • Prevención: No proporcionar información personal por teléfono o mensaje de texto a remitentes desconocidos.

3. Estafas de Soporte Técnico

  • Descripción: Los estafadores se hacen pasar por técnicos de soporte de empresas conocidas y afirman que hay un problema con tu ordenador o dispositivo, solicitando acceso remoto o pago por servicios inexistentes.
  • Prevención: Desconfiar de llamadas no solicitadas de soporte técnico y nunca permitir acceso remoto a tu dispositivo.

4. Estafas de Compras en Línea

  • Descripción: Sitios web falsos que ofrecen productos a precios muy bajos para atraer a los compradores y luego no entregan los productos o roban la información de pago.
  • Prevención: Comprar solo en sitios web de confianza y verificar las opiniones de otros compradores.

5. Estafas de Loterías y Premios

  • Descripción: Recibir un correo electrónico o mensaje diciendo que has ganado un premio o lotería, pero debes pagar una tarifa para reclamarlo.
  • Prevención: Recordar que no se necesita pagar para recibir un premio legítimo y desconfiar de estas afirmaciones.

6. Estafas de Inversiones

  • Descripción: Ofertas de inversión que prometen altos rendimientos con poco o ningún riesgo, que en realidad son esquemas Ponzi o piramidales.
  • Prevención: Investigar a fondo antes de invertir y desconfiar de rendimientos garantizados.

7. Estafas de Romance

  • Descripción: Los estafadores crean perfiles falsos en sitios de citas y redes sociales, ganan la confianza de las víctimas y luego piden dinero para emergencias falsas.
  • Prevención: Ser cauteloso con las relaciones en línea y nunca enviar dinero a alguien que no has conocido en persona.

8. Estafas de Suplantación de Identidad (Impersonation)

  • Descripción: Los estafadores se hacen pasar por alguien que conoces, como un amigo, familiar o colega, para solicitar dinero o información personal.
  • Prevención: Verificar la identidad de la persona a través de otro medio antes de proporcionar información o dinero.

9. Estafas de Alquiler o Venta de Propiedades

  • Descripción: Anuncios falsos de propiedades en alquiler o venta a precios atractivos para obtener depósitos de seguridad o información financiera de las víctimas.
  • Prevención: Visitar la propiedad en persona y trabajar con agencias de confianza.

10. Estafas de Trabajo en Casa

  • Descripción: Ofertas de empleo que prometen altos ingresos por trabajar desde casa, pero requieren un pago inicial para materiales o formación.
  • Prevención: Desconfiar de ofertas que requieren un pago por adelantado y verificar la legitimidad de la empresa.

Estas estafas se aprovechan de la confianza y, a menudo, de la falta de información de las víctimas. Mantenerse informado y ser cauteloso al compartir información personal o financiera puede ayudar a evitar caer en estas trampas.

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