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El déficit de la Comunitat se situó en el 0,68% del PIB en el primer semestre del año

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VALÈNCIA, Sep 2018. (EUROPA PRESS) – El déficit público en la Comunitat Valenciana se ha situado en 774 millones de euros en el primer semestre del año, lo que supone el 0,68 por ciento del PIB, según datos del Ministerio de Hacienda.

A nivel nacional, el déficit del conjunto de las administraciones públicas se situó en 22.698 millones de euros en el primer semestre del año (-15,8% interanual), lo que equivale al 1,87% del PIB, 0,44 puntos porcentuales menos que en el mismo periodo del año anterior, mientras que el déficit del Estado hasta julio se situó en el 1,49% del PIB (0,3 puntos menos), hasta los 18.080 millones de euros.

Si se incluye el saldo neto de la ayuda financiera, el déficit público se habría situado entre enero y junio el 22.612 millones, el 1,86% del PIB, con una reducción interanual del 17%. En lo que va de 2018, el saldo neto de la ayuda financiera es positivo por importe de 86 millones, como consecuencia de las menores indemnizaciones efectuadas tanto por el FROB como por BFA, la matriz de Bankia.

En el desglose de los datos del déficit público, que no incluye a los ayuntamientos, la Administración Central disminuyó su déficit hasta los 9.974 millones en el primer semestre, el 0,82% del PIB, descontada la ayuda financiera, mientras que las comunidades autónomas registraron un déficit de 7.133 millones, lo que supone una caída del 16% respecto al mismo periodo del año anterior, pasando del 0,73% al 0,59% del PIB.

En este periodo, los recursos de las administraciones territoriales se incrementaron un 5,6%, con un aumento del 8,9% de los impuestos sobre la producción e importaciones y del 6,2% de las transferencias recibidas de otras administraciones, principalmente relacionadas con el sistema de financiación.

Por su parte, los gastos registraron un aumento más moderado, del 3,4%, con un alza del 2,5% en el caso de los consumos intermedios; del 2,1% de la remuneración por asalariado; y del 5,3% de la formación bruta de capital fijo. Asimismo, los intereses aumentaron un 2,3%.

DÉFICIT DEL ESTADO HASTA JULIO
Por su parte, el déficit del Estado hasta julio, en este caso un mes más que el déficit público, se situó en 18.080 millones de euros, un 13,2% menos que en el mismo periodo del año anterior, hasta suponer el 1,49% del PIB, tres décimas menos que en el primer semestre de 2017.

Este resultado es consecuencia del aumento de los ingresos no financieros del 9%, hasta los 109.444 millones de euros, mientras que los gastos no financieros crecieron menos, un 5,2%, y sumaron 127.524 millones de euros, debido sobre todo por las mayores transferencias a la Seguridad Social, que han pasado de 1.730 millones en julio de 2017 a 3.547 millones este año.

LOS IMPUESTOS CRECEN MÁS DE UN 8%
En concreto, los recursos impositivos, que representan el 85,6% del total, alcanzaron hasta julio los 93.680 millones en términos de Contabilidad Nacional, lo que representa un incremento interanual del 8,3%. Así, los ingresos por el IRPF se elevaron casi un 12%, hasta los 22.347 millones, mientras que el Impuesto sobre Sociedades recaudó un 10,3% más, hasta los 9.946 millones.

Entre los impuestos indirectos, los ingresos por IVA sumaron 44.552 millones, un 7,8% más que en el primer semestre de 2017, mientras que los demás impuestos dentro de este apartado tuvieron, en conjunto, una caída del 0,9%, con un total de 14.485 millones. Los ingresos del Impuesto sobre las Labores del Tabaco cayeron un 5,7%, y los del Impuesto de Hidrocarburos aumentaron un 1,3%.

Por el lado de los gastos, las transferencias corrientes crecieron un 4,4% hasta julio, debido sobre todo al alza de las destinadas a la Seguridad Social y a las comunidades autónomas, que crecieron un 9,4% y un 5,1%, respectivamente, frente al descenso del 2,6% de las destinadas a las corporaciones locales.

Por su parte, la inversión pública aumentó un 80,3%, hasta los 4.530 millones de euros, mientras que los consumos intermedios crecieron un 2,3% hasta julio, y la remuneración por asalariado, un 0,2%. Las prestaciones sociales aumentaron un 4,5%, hasta los 9.799 millones.

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
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La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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