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El juez imputa al hermano de Ximo Puig por recibir más de 400.000 euros en ayudas al valenciano

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VALÈNCIA, 29 Oct. – El Juzgado de Instrucción número 4 de València ha citado a declarar el próximo 10 de diciembre, en calidad de investigados, a Francisco Puig, responsable de las empresas Comunicació dels Ports y Mas Mut Produccions y hermano del ‘president’ de la Generalitat, Ximo Puig, y al director general de Política Lingüística, Rubén Trenzano.

La citación se produce a raíz de la querella interpuesta por el PP por las ayudas al fomento del valenciano concedidas a las mercantiles, que según los ‘populares’, «han recibido más de 400.000 euros en subvenciones desde el 2015 para ayudas al fomento del valenciano sin ningún tipo de control».

Así figura en una resolución del juzgado, datada de este lunes, 28 de octubre, y consultada por Europa Press, en la que el magistrado decreta, tras recibir diversa documentación requerida a la Conselleria de Educación –de la que depende la Dirección General de Multilingüismo– que se forme una pieza aparte con dichos documentos a fin de dar traslado a las partes.

Igualmente, en la providencia –contra la que cabe recurso en el plazo de tres días– pide que se informe al ministerio fiscal y a las partes personadas para que en una audiencia formulen alegaciones sobre el plazo de instrucción de la causa o la posible declaración de complejidad. Finalmente, decide citar a los querellados –Rubén Trenzano y Francisco Puig– el 10 de diciembre para que presten declaración como investigados.

En la querella, firmada por la diputada ‘popular’ Eva Ortiz, se solicitaba el inicio de una investigación penal para analizar la documentación que acreditara la concesión a las empresas Comunicació dels Ports y Mas Mut Produccions de subvenciones para el fomento del valenciano, al considerar que «no se cumplían los requisitos exigidos». También se pedía investigar «las actuaciones arbitrarias llevadas a cabo por parte de Rubén Trenzano y Francisco Puig, que podrían ser constitutivas de los delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos y fraude de subvenciones».

Esta querella se interpuso inicialmente en los juzgados de Vinaròs (Castellón) –ya que las empresas de Francisco Puig están radicadas en la localidad castellonense de Morella– pero se archivó al considerar que no tenían competencia territorial. Posteriormente, se presentó en València y recayó en el Juzgado de Instrucción número 4, que trasladó de nuevo la cuestión a Vinaròs.

Por este conflicto de competencias se ha tenido que pronunciar la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que ha acordado finalmente que debe ser el juzgado de València el que se ocupe de la instrucción de los hechos, dado que el delito que lleva aparejada mayor pena –el de prevaricación— «debe ser investigado por el órgano judicial del territorio en el que se ha dictado la resolución injusta».

En este caso, la querella del PP atribuye su comisión a Trenzano y a su Dirección General desde donde se dio la orden de pago que, según los ‘populares’, provocó la «fraudulenta disposición de los fondos públicos» y cuya sede se encuentra en València.

Asimismo, añade que la acción de malversar «se consuma cuando se realiza el acto que genera la disposición de los fondos públicos» y que los expedientes administrativos se tramitaron en la Dirección General de Política Lingüística, por lo que la cercanía a las fuentes de prueba aconseja seguir la instrucción en València.

FALSEDAD DOCUMENTAL
Cabe recordar que el PP interpuso otra querella contra Trenzano, en esta ocasión por falsedad documental, asegurando que el director general «mentía» cuando dijo que se habían fiscalizado las ayudas al fomento del valenciano concedidas a dos empresas «vinculadas a la familia del presidente de la Generalitat, Ximo Puig».

En concreto, los ‘populares’ llevaron a los tribunales el acuerdo de 6 de abril de 2018, dictado por Trenzano, por el que desestimó una solicitud formulada el 27 de febrero por la diputada Eva Ortiz, en su calidad de su portavoz del Grupo Popular en Les Corts, en la cual «intimaba la cesación de la inactividad material y en la ejecución de sus propios actos de la Administración de la Generalitat en la fiscalización de las subvenciones otorgadas en los ejercicios 2015 y 2016» para el fomento del valenciano a las dos empresas mencionadas.

En un primer momento, el Juzgado de Instrucción número 9 de València decidió sobreseer el procedimiento al entender que las manifestaciones de Trenzano debían encuadrarse «en el ámbito de las declaraciones con carácter político, administrativo y más propio de la disputa política», cuyo foro de tratamiento es la jurisdicción contencioso-administrativa.

Sin embargo, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, tras estudiar el recurso de apelación presentado por el PP, decidió a finales del mes de mayo revocar el archivo y ordenar la continuación de la causa.

El pasado mes de junio el titular del Juzgado de Instrucción número 9 de València ha citado a declarar en calidad de querellado al director general de Política Lingüística, Rubén Trenzano, y requirió documentación a la Conselleria de Educación. En julio, Trenzano acudió a los juzgados a declarar y se mostró «muy tranquilo» afirmando que esta causa formaba parte de «una estrategia del PP para erosionar».

Fuente: (EUROPA PRESS)

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Valencia

Publicados los criterios del valenciano: se permite ‘artiste’ y se pide evitar ‘aquest’

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criterios del valenciano
Publicados los criterios del valenciano-FREEPIK

El Pleno del Consell ha aprobado el acuerdo por el que se establecen los nuevos criterios lingüísticos del valenciano de la administración de la Generalitat.

Estos nuevos criterios han sido elaborados por la Dirección General de Ordenación Educativa y Política Lingüística, dependiente de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, y serán aplicables por la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental desde el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

El Decreto 136/2023, del Consell, de aprobación del Reglamento Orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo, establece que la Dirección General de Ordenación Educativa y Política Lingüística es el órgano directivo al que le corresponde dirigir, analizar, coordinar y ejecutar la política lingüística de acuerdo con la planificación lingüística de la Generalitat y con la normativa legal vigente.

Criterios del valenciano

Los criterios lingüísticos dan soporte a las comunicaciones orales y escritas en valenciano por parte del personal empleado público, dan entrada a las formas valencianas más generales y homogeneizan los textos redactados en la Administración de la Generalitat, siempre buscando una comunicación clara y comprensible para la ciudadanía.

Así, se considera que la lengua que utiliza el personal empleado público es la cara más visible de la Administración y, por eso, es relevante que esta oriente a elegir en cada caso las formas más adecuadas para conseguir una comunicación eficaz y que haga que la ciudadanía se sienta cómoda usando la lengua propia de la Comunitat Valenciana. Además, se pretende asesorar a cualquier persona interesada en el uso del valenciano, tanto oral como escrito, en sus comunicaciones en dicha lengua.

El Gobierno valenciano anterior, en su primera legislatura produjo un cambio en el uso del valenciano buscando la confluencia del valenciano con los estándares de otros territorios y comunidades autónomas. A modo de ejemplo, en sus criterios se cambiaron palabras como ‘servici’, ‘juí’, que son las primeras formas en el Diccionari Normatiu Valencià, por ‘servei’ i ‘judici’ más frecuentes en otros territorios. Asimismo, determinadas palabras con acentuación valenciana ‘terratrémol’, se cambiaron por acentuación catalana ‘terratrèmol’. Igualmente, se marcaba la preferencia por la forma ‘aquí’ con rechazo de la forma ‘ahí’ aceptada por la AVL.

Los criterios lingüísticos aprobado por el Consell se adaptan a la normativa de la Acadèmia Valenciana de la Llengua, que emitió un informe el 22 de diciembre de 2023. Asimismo, se ha realizado un trámite de participación abierto a las universidades y entidades locales que cuentan con oficinas de promoción lingüística, como diputaciones, entre otros.

Ejemplos

Los criterios pretenden acercar el valenciano de la ciudadanía a la administración, al tiempo que se apuesta por un lenguaje apropiado para las comunicaciones formales. Entre otros aspectos, se insta a utilizar términos de utilización más frecuente y común, como las formas ‘acostar’ frente a ‘apropar’, ‘arreplegar’ antes que ‘recollir’, ‘carrera’ antes que ‘cursa’, ‘eixir’ antes que ‘sortir’, ‘ferramenta’ antes que ‘eina’, ‘faena’ antes que ‘feina’, ‘gasto’ antes que ‘despesa’ o ‘pròxim’ antes que ‘proper’.

Además, se recomienda el uso de los demostrativos simples ‘este/a/os/es’ en lugar de ‘aquest/a/os/es’ y de los verbos incoativos con la forma -ix y no -eix.

Además, los nuevos criterios recomiendan usar la locución adverbial ‘a on’ para indicar el lugar donde se está o donde se dirige. Para referirse al día en el que nos encontramos se debe usar preferentemente la variante ‘hui’.

Por otra parte, entre otros ejemplos, se permite el uso del artículo neutro ‘lo’ en escritos poco formales y comunicaciones orales, y la preposición ‘per a’ se usa con complementos que indican finalidad o destino, como recomiendan las gramáticas de la AVL.

Este acuerdo deroga la resolución de 23 de noviembre de 2016, de la Dirección General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo, por la que se aprobaban los criterios lingüísticos de aplicación en la Administración de la Generalitat y en sus entes instrumentales.

Estos nuevos criterios lingüísticos además de ser aplicables en la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental, también se usarán en las actividades que cuentan con la colaboración o financiación de la Generalitat mediante subvención, contrato, convenio, patrocinio u otras figuras jurídicas, cuando así se establezca en las normas reglamentarias, bases o cláusulas.

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