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España, abierta a cambiar la indemnización por despido

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España, abierta a cambiar la indemnización por despido-ARCHIVO OP

El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, anunció el martes 2 de abril que el Ministerio de Trabajo y Economía Social está dispuesto a impulsar una reforma en la legislación laboral española. Esta medida se tomará en caso de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, dictamine a favor de la demanda presentada por el sindicato UGT, señalando que la indemnización por despido en España es demasiado baja.

Pérez Rey explicó que, si la decisión del tribunal sigue el patrón de casos anteriores en países como Italia, Finlandia y Francia, se considerará necesaria una reforma, tal como se contempla en el programa de coalición y en las declaraciones previas de la vicepresidenta segunda del Gobierno. Sin embargo, enfatizó que toda esta especulación está condicionada por el hecho de que la resolución del tribunal aún no se ha hecho pública.

El cambio se conocerá en verano

La resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos se espera para el verano, entre junio y julio, según Pérez Rey. Hasta que se haga pública, el contenido de la resolución permanece confidencial.

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha expresado en varias ocasiones su opinión sobre la necesidad de ajustar las leyes laborales españolas para cumplir con la Carta Social Europea. En particular, ha señalado deficiencias en el actual sistema de despido, especialmente en cuanto a las sanciones por despidos injustificados, que no siempre reflejan adecuadamente el daño causado y no tienen en cuenta las circunstancias individuales del trabajador.

El tema del despido es un punto incluido en el acuerdo de coalición entre el partido Sumar y el PSOE, donde se comprometieron a mejorar la protección de los trabajadores y cumplir con los estándares europeos en materia laboral.

Cómo está hoy en día

Actualmente, el costo del despido improcedente en España para el empleador es de 33 días por año trabajado, reducido desde los 45 días anteriores a febrero de 2012. UGT ha propuesto ajustes que tendrían en cuenta diversos factores, como la formación del empleado o su capacidad para encontrar otro empleo. Este enfoque, similar al defendido por la ministra de Trabajo, podría implicar un tipo de despido más personalizado.

La demanda presentada por UGT ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos argumenta que el sistema español de despido no protege adecuadamente a los trabajadores, incumpliendo así la Carta Social Europea y el Convenio 158 de la OIT. El sindicato solicita que la indemnización por despido tenga en cuenta las circunstancias individuales y familiares del trabajador despedido.

¿Qué hay que tener en cuenta para calcular la indemnización por despido?

Son tres las variables que intervienen en el cálculo de la indemnización por despido, que desarrollaremos en los próximos epígrafes:

  1. Salario diario.
  2. Antigüedad del trabajador en la empresa.
  3. Tipo de despido practicado.

Salario diario

El salario diario es el punto de partida en el cálculo de la indemnización por despido. Para concretarlo, debemos calcular el salario anual, con la suma de los salarios brutos de los últimos 12 meses, incluidas las pagas extraordinarias. El resultado lo dividiremos entre los días que tiene el año.

¡Atención! No se tendrán en cuenta en esta suma las dietas percibidas, ni las aportaciones realizadas por la empresa a planes de pensiones o a seguros, ni otros conceptos que no tengan naturaleza salarial, como por ejemplo, el plus de transporte.

Ejemplo práctico: Eva tiene un salario mensual de 1.300 euros brutos y 2 pagas extraordinarias de 1.000 euros cada una.

  • Salario: 1.300 x 12 = 15.600 euros
  • Pagas extraordinarias: 1.000 x 2 = 2.000 euros
  • Salario anual: 17.600 euros
  • Salario diario: 17.600/365 = 48,22 euros

Antigüedad en la empresa

Para el cálculo de la indemnización, debemos obtener el dato de la antigüedad en meses completos.

Para el cálculo de la indemnización, los tiempos inferiores a un mes se redondean al mes completo. Es decir, una persona que tenga una antigüedad de 8 meses y 10 días (por poner un ejemplo) verá su antigüedad redondeada a 9 meses para el cálculo de la indemnización.

Ejemplo práctico (continuación del anterior): Eva tiene una antigüedad en la empresa de 2 de abril de 2010. El despido tiene fecha de efectos del 30 de octubre de 2020.

Eva ha cumplido 10 años completos (del 2 de abril de 2010 al 2 de abril de 2020) y unos meses. Para tener en cuenta el tiempo trabajado correspondiente a esos meses que no alcanzan el año, debemos calcular cuántos días han sido. Desde el 2 de abril de 2020 al 30 de octubre de 2020 han transcurrido 7 meses.

Por tanto, Eva ha prestado servicios durante 127 meses.

Cálculo de la indemnización según el tipo de despido

Por último, debemos atender a la modalidad del despido para lograr el importe final de la indemnización.

1) Despido objetivo

Si el despido es objetivo, es decir, por causas no imputables al trabajador, la indemnización será equivalente a 20 días de salario por año trabajado, con un tope máximo de 12 meses de salario, es decir, que la indemnización no podrá ser superior a multiplicar el salario mensual por 12.

Ejemplo práctico: Eva ha sido despedida por causas económicas. La empresa le informa que se ha visto obligada a amortizar su puesto de trabajo y que le pone a su disposición la indemnización equivalente a 20 días por año trabajado.

Multiplicaremos el salario diario por los 20 días del despido objetivo y por los años trabajados (meses trabajados / 12):

  • 17.600/365 de salario diario x 127 meses de antigüedad x 20 días por año trabajado / 12 = 10.206,39 euros.

Esa cantidad está por debajo del tope de 12 meses de salario (equivalente a 17.600 euros), por lo que corresponde íntegramente a la trabajadora.

Le corresponden por lo tanto 10.206,39 euros netos de indemnización por el despido objetivo.

2) Despido disciplinario o despido objetivo impugnado

Si el despido practicado ha sido disciplinario o se trata de un despido objetivo injustificado y el trabajador lo impugna, la indemnización será la prevista para el despido improcedente, esto es, de 45 días de salario por año trabajado hasta el 12 de febrero de 2012, con un tope máximo de 42 mensualidades y a partir de esa fecha, de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.

Multiplicaremos el salario diario por los 33/45 días, en función del periodo trabajado antes y después del 12 de febrero de 2012.

Ejemplo práctico: En caso de que Eva considere que las causas de su despido objetivo no son ciertas o que se ha incumplido algún requisito formal esencial en la comunicación del despido, puede impugnar el despido y conseguir la declaración de improcedencia.

También podría declararse improcedente el despido disciplinario, es decir, el motivado por un incumplimiento grave y culpable de la trabajadora, si este incumplimiento no existiera o si la empresa no lo pudiera probar.

Tal y como se ha indicado, Eva tiene una antigüedad en la empresa de 2 de abril de 2010. Necesitamos este dato, ya que el día 12 de febrero de 2012, fecha en la que entró en vigor un cambio legislativo, supone un cambio en el cómputo de la indemnización. Por tanto tendremos dos periodos, el primero desde el inicio de la relación laboral hasta el 12 de febrero de 2012 y, el segundo, desde el 12 de febrero de 2012 hasta el 30 de octubre de 2020.

  • Antes del 12 de febrero de 2012:
    • Antigüedad: Desde el 2 de abril de 2010, ha transcurrido 1 año completo y 316 días, es decir, 1,87 años (1 + (316/365)). 1,87 años equivalen a 22,44 meses, que han de redondearse al alza a 23 meses.
    • Indemnización: En esta primera fase, se prevén 45 días de salario por año trabajado. Por tanto, en esta primera fase el importe es el siguiente:
      17.600/365 de salario diario x 23 meses x 45 / 12 = 4.158,90 euros.
  • Después del 12 de febrero de 2012:
    • Antigüedad: Desde el 12 de febrero de 2012 hasta el 30 de octubre de 2020 han transcurrido 8 años completos y 261 días, es decir, 8,72 años ( 8 + (261/365)). 8,72 años equivalen a 104,64 meses, que se redondean al alza a 105 meses.
    • Indemnización: La indemnización correspondiente a la segunda fase, con 33 días de salario por año trabajado, es la siguiente:
      17.600/365 de salario diario x 105 meses x 33 / 12 = 13.923,29 euros.

Por tanto, la indemnización total es la suma de las dos fases, 18.082,19 euros.

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Mariano Barbacid, el científico que merece todas las portadas por acercarnos a la cura del cáncer

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Mariano Barbacid
Mariano Barbacid-CNIO

En un panorama mediático dominado con frecuencia por lo superficial, el nombre de Mariano Barbacid ha irrumpido con la fuerza de los logros que cambian el rumbo de la ciencia. El investigador español ha conseguido, junto a su equipo, eliminar el tipo de cáncer de páncreas más frecuente en modelos animales, un avance sin precedentes que abre una vía real de esperanza frente a uno de los tumores más agresivos y letales.

Figuras como la suya son las que merecen ocupar portadas, titulares y espacios de reconocimiento. No por el impacto fugaz de la actualidad, sino por una trayectoria científica que lleva décadas ampliando los límites del conocimiento y acercando soluciones reales a millones de personas.

Un hito científico frente al cáncer de páncreas

El equipo liderado por Mariano Barbacid ha desarrollado una estrategia de triple terapia basada en la combinación de tres fármacos que ha logrado erradicar por completo los tumores de páncreas en animales de experimentación. Los resultados son especialmente relevantes porque no solo eliminan el tumor, sino que evitan su reaparición durante largos periodos y sin efectos secundarios significativos.

Este avance supone un paso decisivo en la investigación oncológica y refuerza la importancia de apostar por la ciencia básica y traslacional como única vía para transformar el pronóstico de enfermedades hasta ahora casi incurables.

Director del Grupo de Oncología Experimental del CNIO

Mariano Barbacid es director del Grupo de Oncología Experimental del Centro Nacional de Investigaciones Oncológicas, una de las instituciones de referencia en investigación contra el cáncer a nivel internacional. Desde allí, lidera proyectos centrados en entender cómo se inicia, progresa y se mantiene el cáncer a nivel molecular.

Su nombre está ligado a algunos de los descubrimientos más importantes de la oncología moderna. Fue uno de los pioneros mundiales en identificar genes relacionados con el cáncer y en establecer las bases moleculares de la enfermedad.

De la Universidad Complutense a la élite científica mundial

Nacido en Madrid en 1949, Mariano Barbacid inició su formación en Bioquímica en la Universidad Complutense de Madrid, donde se doctoró en 1974 en el Instituto de Biología Celular del CSIC. Su tesis doctoral, dirigida por David Vázquez, marcó el inicio de una carrera científica excepcional.

Entre 1974 y 1978 realizó una estancia postdoctoral en el Instituto Nacional del Cáncer de los NIH, en Bethesda (Estados Unidos). Allí creó su propio grupo de investigación y comenzó a centrarse en la biología molecular de los virus causantes de sarcomas. En 1982 aisló y clonó el primer oncogén humano, identificado posteriormente como una mutación del proto-oncogén H-ras, un hallazgo que revolucionó la oncología molecular.

Más de 170 publicaciones y un reconocimiento internacional

A lo largo de su carrera, Barbacid ha firmado más de 170 publicaciones científicas en revistas de máximo impacto y ha recibido numerosos premios y distinciones. Es Doctor Honoris Causa por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y miembro de la EMBO desde 1996.

En 1998 regresó a España para crear y dirigir el CNIO, un proyecto que consolidó la investigación oncológica española en el mapa científico internacional.

Padre de dos hijas y comprometido con el futuro

Aunque siempre ha mantenido su vida privada en un discreto segundo plano, se sabe que Mariano Barbacid es padre de dos hijas y que su familia es una de sus principales motivaciones. En diversas entrevistas ha insistido en que invertir en investigación es la única manera de garantizar que las próximas generaciones puedan vivir en un mundo donde el cáncer tenga tratamiento y, algún día, cura.

En 2024 hizo público su compromiso de destinar parte de su legado económico a la investigación contra el cáncer, convencido de que solo la ciencia puede ofrecer soluciones reales y duraderas.

El origen humilde de una vocación extraordinaria

Hijo único de un zapatero del barrio madrileño de Chamberí, Mariano Barbacid ha recordado en más de una ocasión cómo el apoyo de sus padres fue clave para que pudiera centrarse en sus estudios. Una profesora, madre de un amigo, despertó en él desde niño la curiosidad por descubrir lo desconocido y sembró la semilla de su vocación científica.

Esa combinación de origen humilde, esfuerzo constante y pasión por el conocimiento ha definido una carrera ejemplar.

Un referente que debería marcar la agenda pública

La historia de Mariano Barbacid es la prueba de que la investigación salva vidas, aunque sus resultados no siempre sean inmediatos. Científicos como él representan el verdadero progreso de una sociedad y merecen reconocimiento, inversión y visibilidad.

Porque si hay nombres que deberían ocupar todas las portadas, son los de quienes dedican su vida a combatir enfermedades, ampliar el conocimiento y ofrecer esperanza real a millones de personas. Y en esa lista, Mariano Barbacid ocupa un lugar indiscutible.

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