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Oltra descarta responsabilidades políticas tras la condena a su exmarido por abusos sexuales a una menor

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VALÈNCIA, 3 Dic. – La vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra, ha negado este martes que exista una doble vara de medir tras la sentencia que condena a cinco años de cárcel a un educador de un centro de acogida de València por abusar de una menor tutelada respecto a la actuación seguida en el centro de Segorbe y ha negado asimismo que haya responsabilidades políticas porque se trata de la actuación individual.

Oltra, tras presentar la nueva figura de la asistencia personal para personas con diversidad funcional, ha replicado a la petición del PP de crear una comisión de investigación de la política de menores del Consell tras la condena a este educador, que es su exmarido, asegurando que ella «siempre» está disponible para dar explicaciones en Les Corts. No obstante, para ello los diputados deben «realizar su trabajo» y presentar preguntas interpelaciones o solicitud de comparecencia.

Al respecto, ha aclarado que la situación del centro de València es «completamente diferente» a la del de Segorbe, donde el centro pactó con el educador acusado también de abusos «despedirlo sin indemnización a cambio de no denunciarlo ni de informar ni a la Fiscalía ni a la Conselleria». Este empleado fue absuelto con posterioridad por un juzgado.

«Esto no tiene nada que ver con el centro de València, que sí que reacciona, pone en marcha el protocolo, abre una investigación y aparta al trabajador mientras tanto, y avisa a la Conselleria, que envía una persona para evaluar la situación», ha concretado Oltra, que ha apuntado que «ante el resultado de esta evaluación se decide que, en principio, no habrá más actuaciones».

Oltra ha señalado que cuando «Fiscalía y los servicios centrales de Conselleria, el órgano directivo, tienen conocimiento de estos hechos se deriva a la niña a la Fundación Espill, especializada en abusos sexuales, y el resultado es el mismo que en las dos intervenciones anteriores» y «luego ya está toda la parte judicial».

Del mismo modo, ha descartado responsabilidades políticas en este caso porque «las responsabilidades políticas se derivan de actuaciones políticas erróneas, no de actuaciones individuales como en este caso». Así, ha apuntado que ha habido «una condena por la actuación de una persona en un centro privado y la responsabilidad es de la persona que en este caso ha sido condenada».

Oltra, que ha señalado que no ha tenido acceso a la sentencia sino solo a lo que de ella se ha publicado, también se ha pronunciado a la petición del PP de que explique por qué la Abogacía de la Generalitat no se ha personado en este caso y sí en otros como Segorbe.

CRITERIO TÉCNICO
En ese sentido, ha señalado que ante una sentencia «se reúnen y lo primero que se escucha es el criterio técnico». A partir de ahí, «se adopta una decisión muy basada en el criterio técnico, como en este caso, en el que la Abogacía entiende que la sentencia se debe recurrir».

Oltra ha comentado cuando en el pasado la Conselleria, dirigida por el PP, recurría las sentencias que le condenaban por no cumplir con la Ley de Dependencia «sí que hubo una decisión política de retirar esos recursos porque «entendimos que teníamos que cumplir con nuestra obligación». «Pero de normal, y en esta etapa desde luego, sobre todo se basan en criterios técnicos», ha comentado.

Asimismo, ha considerado correcta «en principio» la actuación de la dirección del centro «salvo la cuestión de no haber puesto el hecho inmediatamente en conocimiento de la Fiscalía de Menores». A raíz de ahí, ha apuntado que se dictó una instrucción a todos los centros recordando que la legislación establece que estos casos deben comunicarse inmediatamente a Fiscalía con independencia del resultado de las evaluaciones de los profesionales.

Oltra ha confiado en que con esta medida se haya clarificado cómo actuar ante estas situaciones, pero no ha descartado una nueva instrucción si fuera necesario.

COMPARECENCIA EN LAS CORTS
Asimismo, ha insistido en que «siempre» está disponible para comparecer en Les Corts y «dar todas las explicaciones» que hagan faltan, como «es la obligación de cualquier cargo público». No obstante, ha señalado que «hace meses» que ni la diputada del PP Elena Bastidas, que ha anunciado la iniciativa, ni el partido «han hecho ni una pregunta, ni una interpelación, ni han solicitado una comparecencia».

Al respecto, ha aclarado que cuando compareció a petición propia en 2017 fue para explicar el nuevo modelo residencial no el caso de Segorbe, pero que la oposición aprovechó su intervención «y sacó el tema y yo obviamente contesté como hago siempre».

Oltra ha destacado que se está mejorando todo el sistema de protección a la infancia. Así, hay 600 personas educadoras más trabajando en el sistema, se ha reducido el tamaño de las residencias y se ha puesto en marcha un sistema de pisos frente «al antiguo modelo de residencias mastodónticas».

Por tanto, se está haciendo un sistema «mucho más amable cada día con el aumento de centros y de familias acogedoras porque lo ideal es que un niño viva en una familia y no en una residencia».

Fuente: (EUROPA PRESS)

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Así es la nueva Ley para Influencers: todo lo que cambia y a quién afecta

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Ley para Influencers
Marta Lozano-INSTAGRAM

Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo real decreto que establece las pautas para la regulación de los ‘influencers’, definiendo criterios específicos para considerar a una persona como tal. Uno de los requisitos fundamentales es la necesidad de facturar al menos 300.000 euros anuales con su actividad audiovisual.

El decreto define a los «usuarios de especial relevancia» (‘influencers’) basándose en tres criterios clave. Además del aspecto económico, se considera relevante la audiencia, con un requisito de al menos un millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones en su actividad global. También se establece un requisito de actividad, que incluye la publicación o compartición de al menos 24 vídeos al año.

Ley para Influencers

Los ‘influencers’ que cumplan con estos criterios deberán inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia en un plazo de dos meses a partir de la entrada en vigor del decreto.

Una vez inscritos, estarán sujetos a cumplir con las normativas de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual. Esto incluye la identificación de espacios publicitarios y la prohibición de publicitar tabaco, medicamentos o alcohol. En resumen, sus obligaciones se equipararán a las de otros agentes audiovisuales.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, destacó la importancia de homologar a estos creadores de contenido con otros actores del ámbito audiovisual, especialmente en lo relacionado con la protección de menores y la transparencia en la publicidad.

Se establece también la obligación de identificar claramente la publicidad y etiquetar el contenido según las edades a las que va dirigido. Los ‘influencers’ deberán acordar un código de conducta al respecto con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

En cuanto a la publicidad, se prohíbe la promoción de tabaco, alcohol o medicamentos, así como cualquier contenido que pueda causar perjuicio psicológico o físico a menores.

Esta regulación busca garantizar una mayor protección a los consumidores y ofrecer seguridad jurídica a los ‘influencers’, que han adquirido una relevancia económica notable en las plataformas de intercambio de vídeos donde difunden sus contenidos.

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