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Las dudas de la Navidad del coronavirus: ¿Puedo salir de mi comunidad? ¿Qué justificante necesito?

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El Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas han llegado a un acuerdo de obligado cumplimiento para las medidas establecidas en la celebración de la Navidad. Estas medidas incluyen el cierre perimetral de las autonomías desde el 23 de diciembre hasta el 6 de enero.

Y aunque se permitirán finalmente los desplazamientos entre territorios para reunirse con «familiares y allegados», los encuentros no podrán superar las 10 personas y tendrán que terminar como muy tarde a las 1.30 horas en Nochebuena y Nochevieja.

Aunque se han despejado incógnitas, los ciudadanos siguen con muchas dudas relacionadas con las justificaciones para, por ejemplo, salir de su propia comunidad a otra para visitar a un familiar. Estas son las preguntas más frecuentes:

¿Qué se considera ‘allegado’?

El ministro ha explicado que esta última figura se añade para dar cobertura a las personas muy cercanas que no mantienen vínculo familiar con quienes comparten habitualmente las fiestas navideñas. «Todo el mundo entendemos lo que queremos decir», ha asegurado el ministro.

Se trata de una persona con la que se tiene «una afectividad especial», aunque no exista un «vínculo familiar definido en el sentido tradicional». Es decir que se permita la posibilidad de pasar juntos esos días. «Solo eso», ha remarcado Illa. Un concepto muy amplio porque aquí se pueden incluir amistades, aunque no exista un «vínculo familiar definido en el sentido tradicional».

¿Necesito justificante para ir a la CCAA de mi familia?

Salvador Illa apela a la responsabilidad de cada uno cuando se le ha preguntado sobre la posible necesidad de presentar justificantes o acreditaciones para demostrar que una persona está viajando para pasar las fiestas junto a sus familiares o allegados.

«No hemos acordado ningún modelo de justificante específico, pero los acuerdos están para cumplirse, y apelamos a la responsabilidad de todo el mundo para que así sea». El ministro de Sanidad ha explicado que si es necesario se adoptarán controles para que se respeten las medidas y ha sido contundente sobre las prohibiciones de desplazamientos: «En Navidades, en casa», ha concluido.

¿Puedo ir a mi segunda vivienda con mi familia?

Sí se puede si está en la misma comunidad en la que se reside habitualmente o si en esa autonomía viven parientes muy cercanos con los que pasar las fiestas, porque el plan pactado entre las autonomías y Sanidad contempla que el confinamiento perimetral regional se mantenga entre el 23 de diciembre y el 6 de enero para cualquier desplazamiento que no sea imprescindible o de reagrupación familiar.

¿Puedo reunirme con mi familia en una casa alquilada?

Rotundamente no. Los desplazamientos autorizados son solo para acudir al domicilio familiar habitual. Esto supone, por ejemplo, que no podré reunirme con mi familia en una casa rural alquilada para pasar las fiestas.

La idea del programa aprobado este miércoles es que esta Navidad no se produzca ningún viaje por turismo u ocio de larga distancia. Hay que olvidarse de escapadas a la playa o la montaña.

¿Se puede salir de España?

El acuerdo del Consejo Interterritorial no introduce cambios respecto a la normativa actual en cuanto a la posibilidad de viajar a otro país. La limitación de movimientos entre comunidades se remite al Real Decreto 926/2020, del pasado 25 de octubre, por el que se declaró el actual el estado de alarma.
Se contemplan estas excepciones:

Las misma ya contempladas en el decreto de octubre, como desplazamientos por motivos laborales, y también podrán volver a casa quienes trabajen o estudien fuera para celebrar estas fiestas con la familia.

En las comunidades insulares, Baleares y Canarias, el confinamiento perimetral no es aplicable, de manera que sus respectivos Gobiernos autonómicos «dispondrán, a estos efectos, la aplicación de las medidas que resulten oportunas».

Por otro lado, y como es lógico, se podrá exceder el límite de 10 comensales si se trata de personas convivientes.

¿Tendrán todas las comunidades las mismas medidas?

Es la intención aunque el documento alude a las «situaciones diferentes en las distintas comunidades y ciudades autónomas», de modo que las recomendaciones «podrán estar sujetas a restricciones que pueden variar dependiendo de la evolución epidemiológica tanto a nivel nacional como en algunos de los territorios».

 

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El Supremo propone juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por presuntas irregularidades en la compra de mascarillas

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Koldo García, que fuera asesor del exministro José Luis Ábalos, comparece ante la comisión del Senado. EFE/ J.J. Guillén

El Tribunal Supremo ha propuesto juzgar al exministro de Transportes José Luis Ábalos, a su exasesor Koldo García y al empresario Víctor de Aldama por presuntas irregularidades en la adjudicación de contratos de mascarillas durante la pandemia.
El magistrado Leopoldo Puente considera que los tres pudieron cometer delitos de cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos y pertenencia a organización criminal.

 


Un auto que apunta a una trama de corrupción

En el auto dictado este lunes, el juez Puente señala que Ábalos, Koldo y De Aldama “se concertaron” poco después de que el exministro tomara posesión de su cargo en el Gobierno, aprovechando su influencia política para obtener beneficios económicos mediante contratos públicos relacionados con el suministro de mascarillas.

El instructor indica que los investigados utilizaron su posición y contactos para “beneficiarse económicamente de las adjudicaciones de contratos” y valerse de la influencia ministerial para favorecer a determinadas empresas.


Diez días para presentar acusaciones o solicitar archivo

El magistrado da un plazo de diez días a la Fiscalía y a las acusaciones populares —encabezadas por el Partido Popular (PP)— para presentar sus escritos de acusación o peticiones de archivo.
Además, podrán solicitar la práctica de diligencias complementarias si lo consideran necesario.


División de la causa: mascarillas y obras públicas

Esta decisión llega después de que en septiembre de 2025, el juez decidiera dividir la causa en dos partes:

  • una pieza principal centrada en los contratos de mascarillas del Ministerio de Transportes durante la pandemia,

  • y otra pieza separada, aún en fase inicial, sobre una supuesta trama de comisiones a cambio de obra pública.

El magistrado ya había advertido entonces que la investigación sobre las mascarillas estaba “muy avanzada”, mientras que la relativa a las obras públicas se encontraba “en fase incipiente”.


Indicios de pagos y contraprestaciones ilícitas

El juez Puente sostiene que existen “indicios muy consistentes” de que Víctor de Aldama entregó dinero tanto a José Luis Ábalos como a Koldo García “con el propósito de que estos realizaran actos contrarios a los deberes inherentes a sus cargos públicos”.

Según el auto, ambos recibieron retribuciones económicas como contraprestación a las gestiones realizadas en favor de las empresas que buscaban contratos con la Administración.
De Aldama, por su parte, habría actuado como intermediario, buscando empresas dispuestas a pagar a cambio de facilitar su relación con el Ministerio de Transportes.


El papel de Koldo García y la implicación de Ábalos

El auto judicial detalla que Koldo García, exasesor de Ábalos, usó su posición de confianza para realizar las gestiones necesarias y facilitar los contactos entre las empresas interesadas y los responsables públicos.
El juez apunta que Ábalos intervenía directamente cuando “su firma o su influencia personal resultaban indispensables”.


Un nuevo capítulo del ‘caso Koldo’

El llamado ‘caso Koldo’ estalló en 2024 al revelarse una presunta red de comisiones irregulares por contratos públicos durante la pandemia.
La propuesta de enjuiciamiento del Tribunal Supremo marca un punto de inflexión en la investigación, ya que por primera vez se apunta directamente al exministro de Transportes como parte activa de la trama.

 

 

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