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Rafael Amargo, absuelto de tráfico de drogas tras invalidarse las escuchas telefónicas

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Rafael Amargo acusado

La Sala ha determinado que no se cumplieron las exigencias legales mínimas para autorizar la intromisión en el secreto de las comunicaciones, por lo que ha declarado nula la intervención de los teléfonos de los investigados solicitada por la Policía y aprobada por el juzgado de Instrucción. La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al bailaor Rafael Amargo del delito contra la salud pública del que fue acusado por la Fiscalía de Madrid en relación con la venta de droga en su antiguo piso de Malasaña, debido a la nulidad de las intervenciones telefónicas. Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados exoneran a Amargo, a su exproductor Eduardo de Santos y a otra persona juzgada por los mismos hechos.

Amargo ha estado en libertad provisional desde el 12 de abril, fecha en la que el juicio quedó visto para sentencia. Esta medida se acordó a instancias de la Fiscalía de Madrid para asegurar la celebración del juicio después de que Amargo quebrantara las medidas impuestas de firmar ante el juzgado.

La absolución se ha producido después de que la Sala concluyera que no se cumplieron las exigencias mínimas para justificar la intromisión en el secreto de las comunicaciones, por lo que declaró nula la intervención de los teléfonos de los investigados solicitada por la Policía y aprobada por el juzgado de Instrucción.

Los magistrados consideraron que la base objetiva para solicitar las intervenciones telefónicas era «insuficiente para estimar que la medida fuera proporcionada con base en los elementos presentados por los agentes para sospechar la comisión de un delito contra la salud pública».

Esta cuestión fue planteada por la defensa de los investigados, entre ellos el abogado Marcos García Montes, al inicio de la vista oral y el tribunal la consideró pertinente.

En su razonamiento, la Sala explicó que el auto inicial de intervenciones telefónicas del 1 de julio de 2020 ofrecía una exposición de hechos basada en la investigación sobre un grupo criminal presuntamente dedicado a la distribución de metanfetamina en el distrito centro de Madrid.

«Sustancias que previamente estaría recibiendo de distintos distribuidores ubicados en esta provincia, adelantándose que se solicitarían medidas de investigación tecnológica ‘por el grado de profesionalidad y especialización de las personas investigadas'», señala. «La resolución accediendo a la solicitud policial fue asumida sin más por el juez de instrucción, sin ponderar la suficiencia de los datos, lo que hizo que, de facto, la ponderación reflejada en la decisión judicial fuera la efectuada por los agentes en su solicitud», añade el auto.

Según los magistrados, «los elementos de carácter objetivo se aportan, pero no eran suficientes para alcanzar tal conclusión, al faltar datos sobre las relaciones entre los involucrados, entre Rafael Amargo y las presuntas ‘mulas’ que trabajarían para él, quién vivía en cada domicilio o si se encontraban allí en el momento de los hechos».

A la desproporcionalidad de esta medida, que tiene un carácter general, se sumó otra circunstancia: la inclusión en la lista de teléfonos intervenidos de los de la esposa de Rafael Amargo.

Se hizo, según el tribunal, con la excusa de que los narcotraficantes suelen utilizar los dispositivos telefónicos de familiares para sus actividades ilícitas, supuestos que no constan en ningún informe policial, ya que no se dice que la mujer de Rafael utilizara sus teléfonos para transmitir información relacionada con la actividad delictiva, ni que colaborara o se beneficiara de ella. La sospecha de que los teléfonos de la esposa fueran utilizados por el marido no parece mínimamente fundada.

Declarada nula la intervención telefónica, la sentencia profundiza en la «conexión de antijuricidad» entre lo declarado nulo y las diligencias posteriores y concluye que, tanto desde el punto de vista causal como jurídico, la autorización de entrada y registro y lo encontrado en los domicilios quedan también afectados por la nulidad de las intervenciones telefónicas. Por lo tanto, el material probatorio derivado del registro domiciliario debe ser excluido de la valoración. La resolución añade que «no existen elementos probatorios independientes que permitan acreditar la posesión de sustancias destinadas al tráfico por parte de los acusados o su colaboración con Rafael Amargo en el tráfico de estupefacientes».

De hecho, los jueces dudan de que, incluso valorando el material probatorio excluido, constituido por las conversaciones telefónicas, pudiera haberse concluido la existencia de una asociación y organización entre los investigados para el tráfico de estupefacientes, como sostenía la acusación.

Tampoco parecía evidenciarse con consistencia la hipótesis de los investigadores de que hubiera algún intento de financiar producciones artísticas en las que participaban Rafael Amargo y Juan Eduardo con los ingresos derivados de esa presunta actividad de tráfico.

En su declaración, el artista manifestó que no tenía necesidad, «gracias a Dios», de dedicarse «a otra cosa que no sean las artes escénicas», recordando que ha sido «bandera y baluarte en España» del flamenco y comparándose con Lola Flores por su «generosidad».

«Llevo tres años y medio callado y estoy contento por estar con ustedes. Voy a decir la verdad y toda la verdad de este delito provocado», señaló.

Rafael Amargo se enfrentaba a nueve años de cárcel por un delito contra la salud pública en cantidad de notoria importancia, al igual que su productor Eduardo de Santos, ya que la fiscal mantenía sus peticiones de condena.

En los informes, el abogado Marcos García Montes solicitó la libre absolución de Amargo y, en caso de condena, que se le apreciara una eximente completa por adicción a las drogas y se le sometiera a un tratamiento ambulatorio. Las intervenciones telefónicas y el testimonio de los investigadores de la Policía Nacional eran la principal prueba de la fiscal para sustentar su acusación. Los abogados del bailaor intentaron impugnar estas escuchas, un aspecto sobre el que se pronunciará el tribunal en la sentencia.

Los investigadores y la Fiscalía de Madrid sostenían que Rafael Amargo y Eduardo realizaban «compras conjuntas» destinadas a financiar la obra de Yerma, extremo que niegan los acusados al necesitarse como mínimo 100.000 euros.

 

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Muere a los 52 años Ethan Browne, modelo, actor y músico, hijo del cantante Jackson Browne

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Ethan Browne, modelo, actor y músico estadounidense e hijo del icónico cantante Jackson Browne, ha fallecido a los 52 años. Según informó el propio Jackson Browne a través de su página oficial de Facebook, Ethan fue encontrado inconsciente en su domicilio la mañana del martes 25 de noviembre de 2025. Hasta el momento, se desconocen las causas de su muerte. La familia ha solicitado privacidad y respeto en estos momentos difíciles.

Trayectoria de Ethan Browne como modelo y actor

Ethan Browne destacó inicialmente como modelo, trabajando con diseñadores de renombre como Isaac Mizrahi. Su faceta en la interpretación también llamó la atención del público, con papeles en películas y series de televisión. Entre sus trabajos más conocidos se encuentran:

  • ‘Hackers’ (1995), junto a Angelina Jolie y Jonny Lee Miller.

  • ‘Raising Helen’ (2004), con Kate Hudson.

  • La serie ‘Birds of Prey’, que le permitió consolidarse en el mundo televisivo.

Su presencia en la industria del entretenimiento se caracterizó por su versatilidad, alternando la moda, la actuación y la música, siguiendo así los pasos de su famoso padre.

Ethan Browne y la música: continuando el legado de su padre

Además de su carrera como modelo y actor, Ethan también incursionó en la música. Formó parte del dúo Alain Zane junto a Cat Colbert, cuyo padre, Charles Colbert, tocó el bajo para artistas como Harry Belafonte. En 2022, el dúo lanzó su álbum debut, ‘Right Before Your Eyes’, destacando su faceta como compositor e intérprete.

Su vinculación con la música fue una extensión natural de su relación con Jackson Browne, uno de los referentes del rock estadounidense.

Una vida marcada por la fama y la tragedia familiar

Ethan Browne nació el 2 de noviembre de 1973, hijo de Jackson Browne y la modelo Phyllis Major. Su infancia estuvo marcada por la notoriedad mediática: con tan solo seis meses apareció junto a su padre en la portada de Rolling Stone. Lamentablemente, su vida también estuvo marcada por la tragedia familiar, ya que su madre se suicidó cuando él tenía apenas dos años.

A lo largo de su vida, Ethan combinó su talento artístico con su conexión familiar, dejando una huella tanto en la música como en el mundo del espectáculo.

Reacciones y homenaje

Aunque la familia ha solicitado privacidad, la noticia de su fallecimiento ha provocado un amplio impacto en redes sociales y medios internacionales, con seguidores y colegas del mundo de la música y la moda recordando su talento y su legado.

Ethan Browne deja atrás una carrera multifacética y un vínculo profundo con la música, el cine y la moda, consolidándose como un artista que supo combinar su herencia familiar con su propia identidad creativa.

 

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