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Rafael Amargo, absuelto de tráfico de drogas tras invalidarse las escuchas telefónicas

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Rafael Amargo acusado

La Sala ha determinado que no se cumplieron las exigencias legales mínimas para autorizar la intromisión en el secreto de las comunicaciones, por lo que ha declarado nula la intervención de los teléfonos de los investigados solicitada por la Policía y aprobada por el juzgado de Instrucción. La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al bailaor Rafael Amargo del delito contra la salud pública del que fue acusado por la Fiscalía de Madrid en relación con la venta de droga en su antiguo piso de Malasaña, debido a la nulidad de las intervenciones telefónicas. Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados exoneran a Amargo, a su exproductor Eduardo de Santos y a otra persona juzgada por los mismos hechos.

Amargo ha estado en libertad provisional desde el 12 de abril, fecha en la que el juicio quedó visto para sentencia. Esta medida se acordó a instancias de la Fiscalía de Madrid para asegurar la celebración del juicio después de que Amargo quebrantara las medidas impuestas de firmar ante el juzgado.

La absolución se ha producido después de que la Sala concluyera que no se cumplieron las exigencias mínimas para justificar la intromisión en el secreto de las comunicaciones, por lo que declaró nula la intervención de los teléfonos de los investigados solicitada por la Policía y aprobada por el juzgado de Instrucción.

Los magistrados consideraron que la base objetiva para solicitar las intervenciones telefónicas era «insuficiente para estimar que la medida fuera proporcionada con base en los elementos presentados por los agentes para sospechar la comisión de un delito contra la salud pública».

Esta cuestión fue planteada por la defensa de los investigados, entre ellos el abogado Marcos García Montes, al inicio de la vista oral y el tribunal la consideró pertinente.

En su razonamiento, la Sala explicó que el auto inicial de intervenciones telefónicas del 1 de julio de 2020 ofrecía una exposición de hechos basada en la investigación sobre un grupo criminal presuntamente dedicado a la distribución de metanfetamina en el distrito centro de Madrid.

«Sustancias que previamente estaría recibiendo de distintos distribuidores ubicados en esta provincia, adelantándose que se solicitarían medidas de investigación tecnológica ‘por el grado de profesionalidad y especialización de las personas investigadas'», señala. «La resolución accediendo a la solicitud policial fue asumida sin más por el juez de instrucción, sin ponderar la suficiencia de los datos, lo que hizo que, de facto, la ponderación reflejada en la decisión judicial fuera la efectuada por los agentes en su solicitud», añade el auto.

Según los magistrados, «los elementos de carácter objetivo se aportan, pero no eran suficientes para alcanzar tal conclusión, al faltar datos sobre las relaciones entre los involucrados, entre Rafael Amargo y las presuntas ‘mulas’ que trabajarían para él, quién vivía en cada domicilio o si se encontraban allí en el momento de los hechos».

A la desproporcionalidad de esta medida, que tiene un carácter general, se sumó otra circunstancia: la inclusión en la lista de teléfonos intervenidos de los de la esposa de Rafael Amargo.

Se hizo, según el tribunal, con la excusa de que los narcotraficantes suelen utilizar los dispositivos telefónicos de familiares para sus actividades ilícitas, supuestos que no constan en ningún informe policial, ya que no se dice que la mujer de Rafael utilizara sus teléfonos para transmitir información relacionada con la actividad delictiva, ni que colaborara o se beneficiara de ella. La sospecha de que los teléfonos de la esposa fueran utilizados por el marido no parece mínimamente fundada.

Declarada nula la intervención telefónica, la sentencia profundiza en la «conexión de antijuricidad» entre lo declarado nulo y las diligencias posteriores y concluye que, tanto desde el punto de vista causal como jurídico, la autorización de entrada y registro y lo encontrado en los domicilios quedan también afectados por la nulidad de las intervenciones telefónicas. Por lo tanto, el material probatorio derivado del registro domiciliario debe ser excluido de la valoración. La resolución añade que «no existen elementos probatorios independientes que permitan acreditar la posesión de sustancias destinadas al tráfico por parte de los acusados o su colaboración con Rafael Amargo en el tráfico de estupefacientes».

De hecho, los jueces dudan de que, incluso valorando el material probatorio excluido, constituido por las conversaciones telefónicas, pudiera haberse concluido la existencia de una asociación y organización entre los investigados para el tráfico de estupefacientes, como sostenía la acusación.

Tampoco parecía evidenciarse con consistencia la hipótesis de los investigadores de que hubiera algún intento de financiar producciones artísticas en las que participaban Rafael Amargo y Juan Eduardo con los ingresos derivados de esa presunta actividad de tráfico.

En su declaración, el artista manifestó que no tenía necesidad, «gracias a Dios», de dedicarse «a otra cosa que no sean las artes escénicas», recordando que ha sido «bandera y baluarte en España» del flamenco y comparándose con Lola Flores por su «generosidad».

«Llevo tres años y medio callado y estoy contento por estar con ustedes. Voy a decir la verdad y toda la verdad de este delito provocado», señaló.

Rafael Amargo se enfrentaba a nueve años de cárcel por un delito contra la salud pública en cantidad de notoria importancia, al igual que su productor Eduardo de Santos, ya que la fiscal mantenía sus peticiones de condena.

En los informes, el abogado Marcos García Montes solicitó la libre absolución de Amargo y, en caso de condena, que se le apreciara una eximente completa por adicción a las drogas y se le sometiera a un tratamiento ambulatorio. Las intervenciones telefónicas y el testimonio de los investigadores de la Policía Nacional eran la principal prueba de la fiscal para sustentar su acusación. Los abogados del bailaor intentaron impugnar estas escuchas, un aspecto sobre el que se pronunciará el tribunal en la sentencia.

Los investigadores y la Fiscalía de Madrid sostenían que Rafael Amargo y Eduardo realizaban «compras conjuntas» destinadas a financiar la obra de Yerma, extremo que niegan los acusados al necesitarse como mínimo 100.000 euros.

 

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Muere Leonid Radvinsky, dueño de OnlyFans, a los 43 años: así construyó su fortuna multimillonaria

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El empresario ucraniano-estadounidense Leonid Radvinsky ha fallecido a los 43 años, dejando en el aire el futuro de OnlyFans, una de las plataformas digitales más rentables y controvertidas del mundo.

Discreto y poco dado a entrevistas, Radvinsky fue director y principal accionista de la compañía, cuyo crecimiento exponencial transformó el modelo de negocio del contenido online de pago.

De webs de adultos a imperio digital

Antes de adquirir OnlyFans en 2018, Radvinsky ya había hecho fortuna en el sector digital, especialmente en la industria para adultos. En 2004 fundó MyFreeCams, una web de retransmisiones en directo que le permitió consolidar sus primeros ingresos relevantes.

Su estrategia inicial se basó en webs de referidos que generaban ingresos por clic, incluyendo páginas que agregaban contraseñas de sitios pornográficos. Uno de estos proyectos llegó a reportarle hasta 1,8 millones de dólares en un solo año.

El éxito de OnlyFans

El gran salto llegó con la compra de OnlyFans a su fundador, Tim Stokely. Bajo la dirección de Radvinsky, la plataforma creció de forma masiva gracias al modelo de suscripción directa entre creadores y usuarios.

Cinco años después de la adquisición, OnlyFans generaba unos 6.600 millones de dólares anuales. La empresa se queda con el 20% de los pagos realizados en la plataforma, que alberga contenidos de todo tipo, desde cocina hasta material para adultos.

En 2024, la compañía ya superaba los 377 millones de usuarios y contaba con unos 4,3 millones de creadores activos, generando ingresos cercanos a los 1.400 millones de dólares.

Dividendos millonarios y fortuna personal

Gracias a su participación mayoritaria, Leonid Radvinsky recibió solo en un año dividendos por valor de 472 millones de dólares. En total, desde la compra de la empresa, acumuló cerca de 2.000 millones en dividendos.

Además, fundó en 2009 el fondo de capital riesgo Leo, centrado en startups tecnológicas y redes sociales, ampliando así su influencia en el ecosistema digital.

Incertidumbre sobre el futuro de OnlyFans

La muerte del empresario abre incógnitas sobre el futuro de OnlyFans. Según informaciones recientes, la compañía estaba siendo valorada en unos 5.500 millones de dólares ante un posible proceso de venta a inversores privados.

Las acciones del grupo matriz, Fenix, están gestionadas a través del FR Fenix Trust desde 2024, lo que podría influir en la toma de decisiones tras su fallecimiento.

Filantropía y legado

Más allá de los negocios, Radvinsky también impulsó iniciativas solidarias. En 2024, junto a su esposa, lanzó un programa de subvenciones de 23 millones de dólares para la investigación contra el cáncer.

Aunque su figura estuvo rodeada de polémica por el tipo de contenido de sus plataformas, su impacto en la economía digital es innegable. La evolución de OnlyFans tras su muerte marcará el futuro de un modelo que ha cambiado la forma de monetizar contenido en internet.

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