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Sanidad publica recomendaciones para un uso seguro del gel hidroalcohólico

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Madrid, 28 dic (EFE).- Evitar la aplicación sobre zonas dañadas de la piel o mucosas, así como no fumar inmediatamente después de usar el gel hidroalcohólico, son algunas de las recomendaciones lanzadas este lunes por la Agencia Española de Medicamentos (AEMPS) para utilizar estas soluciones de forma segura.

Se trata de una serie de recomendaciones de uso y conservación adecuada de estos productos y consejos para evitar incidentes en la población infantil, ya que la Agencia recuerda que, al contener un alto porcentaje de etanol, son inflamables, tóxicos por ingestión, e irritantes, especialmente oculares.

La AEMPS especifica que hay dos tipos de geles o soluciones hidroalcohólicos: los biocidas y los productos cosméticos.

Los biocidas han de incluir en su etiquetado un pictograma fácilmente identificable, que indique que pueden ser peligrosos y que son inflamables, ya que en su composición contienen un alto porcentaje de etanol.

Sin embargo, los cosméticos pueden contener una cantidad muy variable de alcohol y no tienen la obligación de incluir esta información en su etiquetado. Pese a ello, la AEMPS recomienda que se sigan las mismas precauciones de uso que con los geles y soluciones hidroalcohólicos.

.- RECOMENDACIONES DE USO

Evitar aplicar geles y soluciones hidroalcohólicos en zonas sensibles o dañadas de la piel o mucosas.

Mantener estos productos alejados de focos de calor, como pueden ser superficies calientes, exposición solar directa, llamas abiertas, chispas o cualquier fuente de ignición.

No fumar inmediatamente después de usar estos geles o soluciones o en lugares donde estén almacenados.

Almacenarlos en un lugar bien ventilado y fresco, evitando espacios donde se produzcan cambios de temperatura importantes.

En caso de contacto con los ojos, hay que aclararlos con abundante agua durante varios minutos y, si la irritación permanece, se debe consultar con un médico.

En caso de ingestión, llamar inmediatamente al Servicio de Información Toxicológica o acudir a un médico de urgencia.

– PROTECCIÓN DE LA POBLACIÓN INFANTIL

Mantener los geles y soluciones hidroalcohólicos fuera del alcance de los niños.

Supervisar siempre el uso de estos productos por parte de los más pequeños.

En el caso de dispensadores comunitarios, hay que tener en cuenta la altura de los mismos, ya que en numerosas ocasiones dispensan el producto a la altura de los ojos de los niños. Antes de utilizarlos, hay que asegurarse de que no hay niños cerca.

Tener siempre en cuenta el tipo de aplicador y la densidad del producto, ya que al dispensarlo en formato spray, es probable que el área de difusión sea mayor.

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Así es la nueva Ley para Influencers: todo lo que cambia y a quién afecta

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Ley para Influencers
Marta Lozano-INSTAGRAM

Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo real decreto que establece las pautas para la regulación de los ‘influencers’, definiendo criterios específicos para considerar a una persona como tal. Uno de los requisitos fundamentales es la necesidad de facturar al menos 300.000 euros anuales con su actividad audiovisual.

El decreto define a los «usuarios de especial relevancia» (‘influencers’) basándose en tres criterios clave. Además del aspecto económico, se considera relevante la audiencia, con un requisito de al menos un millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones en su actividad global. También se establece un requisito de actividad, que incluye la publicación o compartición de al menos 24 vídeos al año.

Ley para Influencers

Los ‘influencers’ que cumplan con estos criterios deberán inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia en un plazo de dos meses a partir de la entrada en vigor del decreto.

Una vez inscritos, estarán sujetos a cumplir con las normativas de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual. Esto incluye la identificación de espacios publicitarios y la prohibición de publicitar tabaco, medicamentos o alcohol. En resumen, sus obligaciones se equipararán a las de otros agentes audiovisuales.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, destacó la importancia de homologar a estos creadores de contenido con otros actores del ámbito audiovisual, especialmente en lo relacionado con la protección de menores y la transparencia en la publicidad.

Se establece también la obligación de identificar claramente la publicidad y etiquetar el contenido según las edades a las que va dirigido. Los ‘influencers’ deberán acordar un código de conducta al respecto con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

En cuanto a la publicidad, se prohíbe la promoción de tabaco, alcohol o medicamentos, así como cualquier contenido que pueda causar perjuicio psicológico o físico a menores.

Esta regulación busca garantizar una mayor protección a los consumidores y ofrecer seguridad jurídica a los ‘influencers’, que han adquirido una relevancia económica notable en las plataformas de intercambio de vídeos donde difunden sus contenidos.

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