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València estrena 18 conexiones aéreas en la temporada otoño-invierno

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València vuelo directo Canadá

El número de compañías aéreas que trabajan con el aeropuerto de València se incrementa progresivamente, y ello se traduce en más conexiones y mayor número de plazas disponibles. Además, la apuesta de estas empresas se desestacionaliza, tal como se desprende de la oferta de líneas disponibles para la temporada de otoño-invierno que se inicia el próximo 29 de octubre con 18 nuevas rutas, entre las que se encuentran, por ejemplo, València-Budapest.

Así lo ha explicado este jueves la concejala delegada de Desarrollo Económico Sostenible y presidenta de la Fundación Turismo València, Sandra Gómez, al presentar la campaña “València, más conectada que nunca”, que da visibilidad a las rutas aéreas disponibles desde València y complementa las iniciativas que la Fundación Turismo València desarrolla, con la colaboración de los agentes turísticos, para promocionar la actividad turística sostenible.

Sandra Gómez, ha explicado que a las 14 nuevas rutas que se incrementaron el invierno pasado, este año se suman otras 18, “hecho que resulta clave en la desestacionalizacion de la actividad turística en nuestra ciudad”. De esta manera, ha recordado “la importancia del trabajo de todos los actores turísticos, que es fundamental para transmitir una imagen coherente de destino, que inspira confianza a las aerolíneas y promueve que, cada vez más, València se encuentre entre las ciudades con mejor proyección para establecer y mantener conexiones”.

“Esta campaña contribuye a dinamizar el turismo, consolidar la conectividad aérea y atraer nuevas rutas, fomentando el incremento de tráfico de pasajeros en el Aeropuerto de València y los visitantes a nuestra ciudad”, ha añadido la concejala, que también ha explicado que esta iniciativa “se presenta como una oportunidad para poner en valor la actividad de las agencias de viajes como especialistas”. “Son el mejor canal para el asesoramiento y comercialización, y su trabajo sustenta el 80 % de las ventas de trayectos de las aerolíneas, y por eso la campaña específica “Consulta con tu agencia de viaje”.

CONECTIVIDAD VALÈNCIA INVIERNO 2017-2018

Concretamente, desde el Aeropuerto de València se puede viajar a un total de 53 destinos internacionales: Alemania (Düsseldorf, Stuttgart, Frankfurt, Weeze, Berlín, Colonia, Hamburgo, Múnich), Bélgica (Charleroi y Bruselas), Dinamarca (Copenhague), Holanda (Ámsterdam, Rotterdam, Eindhoven), Italia (Bari, Milán, Pisa, Bolonia, Venecia, Trieste, Turín, Nápoles, Roma), Marruecos (Casablanca y Marrakech), Portugal (Oporto, Lisboa), Rusia (Moscú), Suiza (Ginebra, Zúrich) o Turquía (Estambul). Asimismo, la ciudad se encuentra conectada con 15 destinos nacionales como Ibiza, Mallorca, Menorca, Santiago o Málaga, entre otros.

De estos 68 destinos, como novedades encontramos 18 nuevas conexiones: Ryanair a Budapest, Cracovia, Edimburgo, Eindhoven, Frankfurt, Glasgow, Hamburgo, Marrakech, Marsella, Milán, Nápoles, Palma de Mallorca, Santander y Sevilla; Lufthansa a Múnich; Transavia a Rotterdam; Volotea a Nantes y Vueling/Iberia Air Nostrum a Barcelona.

En la presentación de esta oferta también ha participado el presidente de la Asociación de Agencias de Viajes, Miguel Jiménez, quien ha agradecido esta serie de iniciativas, “que va a incrementar la actividad de las agencias y sus posibilidades de generar empleo estable”.

Por último, la concejala ha añadido que el trabajo coordinado de empresas, concretamente con las agencias de viaje, e instituciones en materia de conectividad, resulta clave porque impacta directamente en los resultados turísticos”. De hecho, ha explicado, “gracias al trabajo de la Fundación Turismo Valencia, en colaboración con la Agencia Valenciana de Turismo y la Diputación de València, la ciudad acogerá la IV Cumbre Mundial de Agencias de Viajes que organiza CEAV. Este encuentro, que se posiciona como un foro internacional de conocimiento y debate sobre los retos del sector, reunirá en nuestra ciudad a profesionales turísticos de más 60 países”.

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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