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César Sánchez y Begoña Carrasco, los dos valencianos de la lista de Pablo Casado

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El presidente de la Diputación de Alicante, César Sánchez, y la portavoz del PP en el Ayuntamiento de Castelló, Begoña Carrasco, son los dos cargos valencianos que forman parte de la lista del nuevo presidente del PP, Pablo Casado, para el Comité Ejecutivo de la formación.

El exvicesecretario de Comunicación del PP Pablo Casado será el próximo presidente del Partido Popular en sustitución de Mariano Rajoy, tras derrotar en la votación del 19 Congreso Extraordinario del PP a Soraya Sáenz de Santamaría. En concreto, la candidatura de Casado al Comité Ejecutivo Nacional ha recibido 1.701 sufragios (57,2%) frente a los 1.250 (42%) obtenidos por la lista de Sáenz de Santamaría, una diferencia de 451 votos y 15 puntos en favor del primero.

La candidatura de Pablo Casado cuenta con dos cargos valencianos: el presidente de la Diputación de Alicante, César Sánchez, y la portavoz del PP en el Ayuntamiento de Castelló, Begoña Carrasco.

Sánchez, nacido en Extermadura pero criado en Calp, es alcalde de esta localidad alicantina desde 2011. Desde 2015, preside la Diputación de Alicante, y es miembro de la Ejecutiva Nacional del PP desde 2017. Anteriormente, fue diputado en Les Corts entre 2007 y 2015.

Carrasco es la portavoz de los ‘populares’ en el consistorio castellonense desde 2015, presidenta local desde 2017 y anteriormente, fue concejala de Deportes entre 2011 y 2015, bajo el mandato de Alfonso Bataller.

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Así es la nueva Ley para Influencers: todo lo que cambia y a quién afecta

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Ley para Influencers
Marta Lozano-INSTAGRAM

Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo real decreto que establece las pautas para la regulación de los ‘influencers’, definiendo criterios específicos para considerar a una persona como tal. Uno de los requisitos fundamentales es la necesidad de facturar al menos 300.000 euros anuales con su actividad audiovisual.

El decreto define a los «usuarios de especial relevancia» (‘influencers’) basándose en tres criterios clave. Además del aspecto económico, se considera relevante la audiencia, con un requisito de al menos un millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones en su actividad global. También se establece un requisito de actividad, que incluye la publicación o compartición de al menos 24 vídeos al año.

Ley para Influencers

Los ‘influencers’ que cumplan con estos criterios deberán inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia en un plazo de dos meses a partir de la entrada en vigor del decreto.

Una vez inscritos, estarán sujetos a cumplir con las normativas de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual. Esto incluye la identificación de espacios publicitarios y la prohibición de publicitar tabaco, medicamentos o alcohol. En resumen, sus obligaciones se equipararán a las de otros agentes audiovisuales.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, destacó la importancia de homologar a estos creadores de contenido con otros actores del ámbito audiovisual, especialmente en lo relacionado con la protección de menores y la transparencia en la publicidad.

Se establece también la obligación de identificar claramente la publicidad y etiquetar el contenido según las edades a las que va dirigido. Los ‘influencers’ deberán acordar un código de conducta al respecto con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

En cuanto a la publicidad, se prohíbe la promoción de tabaco, alcohol o medicamentos, así como cualquier contenido que pueda causar perjuicio psicológico o físico a menores.

Esta regulación busca garantizar una mayor protección a los consumidores y ofrecer seguridad jurídica a los ‘influencers’, que han adquirido una relevancia económica notable en las plataformas de intercambio de vídeos donde difunden sus contenidos.

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