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Ayudas para los hipotecados más vulnerables: ¿quiénes las pueden pedir?

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Trucos ahorro hipoteca
PIXABAY

El Consejo de Ministros ha aprobado ayudas para los hipotecados más vulnerables. Ha adoptado un paquete de medidas dirigidas a las familias más afectadas por la subida del Euribor -el tipo de interés de referencia de las hipotecas a tipo variable- que ha provocado la guerra en Ucrania.

Más de un millón de hogares podrá beneficiarse de esta protección, aproximadamente un tercio de los que tienen hipotecas a tipo variable, según ha señalado la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño.

La vicepresidenta primera ha destacado que el Euribor se encuentra por debajo de los niveles históricos, las previsiones apuntan a su estabilización y no existe un «riesgo macroeconómico» porque la situación es muy diferente a la que se produjo con la crisis de 2007.

Ayudas para los hipotecados más vulnerables

Las iniciativas actúan en tres vías:

  • mejoran el tratamiento de las familias vulnerables;
  • crean un nuevo marco de actuación para los hogares de clase media en riesgo de vulnerabilidad
  • y establecen medidas generales aplicables a todas las hipotecas.

Quiénes pueden pedir estas ayudas

Aquellas familias con rentas inferiores a los 25.200 euros al año y un incremento del esfuerzo del 50%, con viviendas de hasta 300.000 euros.

  1. Se reduce el tipo de interés aplicable durante los 5 años de carencia en el pago del principal de la hipoteca, pasando del Euribor más 0,25% al Euribor menos 0,10%
  2. Se introduce la posibilidad de que las familias soliciten la reestructuración de la deuda en más de una ocasión
  3. Se duplica hasta los 24 meses el plazo para solicitar la dación en pago de la vivienda habitual, y se amplía de 6 a 12 meses el plazo para solicitar el alquiler social en la propia vivienda a la entidad financiera, por un importe máximo del 3% de su valor, por parte de las personas en situación de vulnerabilidad que estén sometidas a una situación de desahucio de su vivienda habitual.

Ejemplo de hipoteca de 120.000 euros

Como ejemplo una familia con una hipoteca tipo de 120.000 euros y una cuota mensual -tras la revisión de los tipos de interés- de 524 euros verá reducida su cuota durante el periodo de carencia de 5 años en más de un 50%, hasta los 246 euros.

Se amplía, además, el ámbito del Código para que se aplique a más de 300.000 familias. Así, los hogares vulnerables que no hayan experimentado un aumento del 50% de la carga hipotecaria podrán acogerse también al Código, en este caso con una carencia en el pago del principal de 2 años, un tipo de interés menor durante ese periodo y la posibilidad de alargar el plazo de la hipoteca hasta 7 años.

Familias con rentas inferiores a 29.400 euros

También se extiende a las familias de clase media que se encuentren en riesgo de vulnerabilidad como consecuencia del aumento rápido de la carga hipotecaria: el nuevo Código de Buenas Prácticas será aplicable a los hogares con renta inferior a 3,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) -unos 29.400 euros anuales- que tengan que hacer frente a una cuota hipotecaria superior al 30% de su renta y que hayan experimentado un incremento de esta carga hipotecaria de al menos el 20%.

Para estos casos, las entidades financieras deberán ofrecer la posibilidad de congelar la cuota durante 12 meses, una reducción del tipo de interés aplicable al principal que se aplace y un alargamiento del plazo del préstamo de hasta 7 años.

Este nuevo catálogo de medidas permitirá hasta a 700.000 familias adaptarse gradualmente al nuevo escenario de tipos de interés, según ha sostenido Calviño.

Medidas adicionales

Entre las iniciativas aprobadas, se incluyen otras dirigidas a reducir aún más todos los costes de conversión de las hipotecas de tipo variable a tipo fijo y a eliminar las comisiones por amortización anticipada y por conversión durante 2023.

El Banco de España elaborará una guía para deudores hipotecarios en dificultades, y se reforzará el seguimiento de la aplicación de ambos códigos.

Protección del cliente financiero

Reforzar la protección de los ciudadanos en el ámbito financiero es también el objetivo del proyecto de Ley de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero que el Consejo de Ministros ha remitido a las Cortes. Esta nueva autoridad administrativa, que estará financiada por las entidades financieras, se encargará de resolver los conflictos que se produzcan entre las entidades financieras y los clientes cuando estos no queden satisfechos por la respuesta que se dé en las ventanillas de quejas y reclamaciones de las propias entidades.

La vicepresidenta primera ha apuntado que el procedimiento de presentación de reclamaciones será gratuito y con atención personalizada y que se establece un plazo máximo general de 90 días para la resolución de la reclamación, salvo circunstancias excepcionales. El texto amplía el ámbito de protección a los clientes en el ámbito de los ‘criptoactivos’ o los servicios ‘fintech’.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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