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Así será el certificado de vacunación para poder viajar

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certificado de vacunación

Bruselas, 4 abr (EFE).- La Unión Europea ha pisado el pedal del acelerador en la negociación para consensuar un certificado de vacunación antes de que empiece la temporada estival, con vistas a evitar un segundo verano consecutivo con la movilidad seriamente restringida debido a la pandemia de coronavirus.

El Parlamento y el Consejo (los países) son las dos instituciones que deben ahora negociar el formato y características de este documento para el que la Comisión Europea presentó su propuesta el pasado 17 de marzo, después del interés que habían mostrado, en particular, varios Estados miembros más dependientes del turismo.

Cómo será el certificado digital

Según el proyecto presentado, el certificado sería gratuito, se podrá presentar en formato electrónico -con un código QR- o en papel -con un código de barras- y estará disponible en inglés y en la lengua oficial del país que lo emita.

El documento contendría información sobre si su portador ha recibido la vacuna contra el coronavirus, ha generado anticuerpos tras pasar la enfermedad o tiene una PCR reciente negativa, siendo este último uno de los criterios que muchos países han requerido a los viajeros en los últimos meses.

UN ACUERDO ANTES DE QUE ACABE MAYO

El socialista español Juan Fernando López Aguilar es, en calidad de presidente de la Comisión de Libertades Civiles, uno de los eurodiputados que negociará con los países para poner en marcha este certificado. Según el calendario que maneja, la idea es que se alcance el acuerdo interinstitucional en mayo para que el pleno del Parlamento Europeo le dé luz verde en su pleno de principios de junio.

La rapidez se explica por el uso del procedimiento de urgencia para la tramitación de la propuesta en la Eurocámara, que permite saltarse la fase de comisión para que la posición negociadora del Parlamento se selle mediante enmiendas votadas en el próximo pleno a finales de abril.

También el Consejo está avanzando su posición negociadora en un grupo de trabajo sobre el que se informa a menudo a los embajadores de los Estados miembros y que espera acercarse a concluir su tarea pasadas las vacaciones de Pascua.

La expectativa es que, una vez cada institución tenga clara su postura, ambas negocien durante aproximadamente un mes: López Aguilar cree que la comisión parlamentaria que preside podría revisar el resultado de ese acuerdo en su reunión prevista para la última semana de mayo, justo antes del voto en pleno.

«Somos perfectamente conscientes de que persisten dudas e incertidumbres desde el punto de vista científico, pero el legislador lo que tiene que hacer es establecer por fin una herramienta homogénea que acabe con la actual fragmentación, y por lo tanto discriminación, entre europeos impuesta por los Estados miembros», consideró en declaraciones a Efe.

López Aguilar advirtió de que estas restricciones generan «una inseguridad jurídica enorme» y retrasan «la confianza necesaria para poder embarcarse en la libre circulación, que es un requisito fundamental para la restauración del ciclo económico».

UNA DEMOSTRACIÓN DE QUE SE CUMPLEN REQUISITOS PARA VIAJAR

«Para impulsar la economía es preciso tomar esta decisión aún cuando persistan incertidumbres científicas. La carta no garantiza que su portador nunca se vuelva a infectar o que no pueda infectar. Solo garantiza que se ha vacunado, que es inmune o que tiene una PCR hecha desde hace 72 horas, y por tanto cumple con todos los requisitos para viajar sin soportar las penalidades en que en estos momentos se ha convertido el tránsito entre Estados miembros», zanjó el eurodiputado.

De cara a la próxima adopción de la posición negociadora, López Aguilar avanzó que la Eurocámara quiere garantizar que los datos del certificado sean recolectados solo por el país que lo expide, pero no por aquel ante el que se presenta el certificado.

También quieren evitar que tenga un carácter discriminatorio de cara a los viajes y negociarán para que su uso cree obligaciones vinculantes a los Estados miembros, como el que sus portadores no estén sujetos a medidas como las cuarentenas.

El eurodiputado canario también abogará por introducir en la normativa una cláusula de extinción, de forma que el uso de este tipo de certificados tenga una fecha de caducidad. «Si entramos en la pandemia por una declaración de la Organización Mundial de la Salud, este reglamento dejaría de estar en vigor el día en el que la OMS decrete la finalización de la pandemia», concluyó.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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