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El TSJCV autoriza el toque de queda y límite de reuniones en 68 municipios

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Archivo/EFE/Kai Försterling

València, 13 ago (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha autorizado la limitación a un máximo de 10 personas de las reuniones sociales y familiares y la restricción de la movilidad nocturna entre la 1 y las 6 horas en 68 localidades de más de 5.000 habitantes que presentan un mayor riesgo epidemiológico.

Según ha informado el alto tribunal, 32 de estas localidades son de la provincia de Valencia, 27 de Alicante y 9 municipios pertenecientes a Castellón.

Estas medidas estarán activas desde el 17 de agosto hasta el 6 de septiembre, según el escrito presentado ante el Tribunal este miércoles 10 de agosto por la Conselleria de Sanidad Universal.

La Sala considera que la adopción de las medidas solicitadas supone el mantenimiento de un control “aún necesario” en función del criterio de proporcionalidad y añade que “no existe una medida más moderada que con la misma eficacia consiga el propósito de limitar los denominados ‘botellones’ y aglomeraciones de personas”.

Lo mismo entiende el Tribunal respecto de la limitación del número de personas en reuniones familiares o sociales, que implican “los mayores brotes epidémicos, que afectan no solo a personas jóvenes sino a todos los miembros del grupo”.

El auto, que cuenta con el voto particular discrepante de uno de los magistrados y que puede ser recurrido en casación, alude a la expansión de la variante Delta del coronavirus, al aumento de hospitalizaciones y defunciones, al crecimiento en la positividad de las pruebas diagnósticas y al incremento de la socialización y la movilidad.

Del mismo modo, el Tribunal recuerda que actualmente los grupos de edad más afectados son los más jóvenes, en los que “la enfermedad suele ser leve y presentan pocas comorbilidades”, aunque estos contagios impactan “especialmente en la Atención Primaria”.

Añade la resolución que existe el riesgo de aparición de una variante que pueda afectar a la protección de las vacunas y de la infección previa.

Con estas premisas, detalladas en el informe de evolución epidemiológica que la Administración ha adjuntado a su solicitud, la Sala concluye que las medidas propuestas por la Conselleria de Sanidad suponen un mantenimiento del control “aún necesario” y que cumple el “juicio constitucional de proporcionalidad”, tal y como ha determinado la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en anteriores resoluciones.

En el auto, el TSJ de la Comunidad Valenciana examina la sentencia del Tribunal Constitucional del pasado 14 de julio que declara inconstitucional el confinamiento general decretado por el Gobierno central con el primer estado de alarma al tratarse de una suspensión del derecho a la libre circulación.

A diferencia de aquella situación, la Sala entiende que el toque de queda “no implican una suspensión, sino una mera limitación de tales derechos, consistentes en restringir en cinco horas y en horario nocturno la libertad deambulatoria”.

Del mismo modo, la Sala ha aludido a la sentencia del Tribunal Supremo del 2 de agosto en la que el Alto Tribunal determina directa y positivamente que con la legislación vigente cabe el toque de queda siempre que lo justifique el principio de proporcionalidad.

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La defensa de Begoña Gómez pide archivar el caso y critica el impacto en la Justicia

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Juez Peinado

La defensa de Begoña Gómez ha solicitado al juez el archivo definitivo de la causa judicial que investiga su actividad profesional, al considerar que no existen fundamentos jurídicos suficientes. “Flaco favor se está haciendo a la imagen de la Justicia”, ha afirmado su abogado durante la vista celebrada este miércoles.

El procedimiento está dirigido por el magistrado Juan Carlos Peinado, quien ha reunido a las partes en un nuevo trámite en los juzgados de Madrid en plena Semana Santa.


La defensa insiste en el archivo del caso

El abogado de Gómez, Antonio Camacho, ha reiterado que no existe base para investigar los delitos que se le atribuyen, entre ellos malversación, tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo profesional.

Durante su intervención, el letrado ha criticado la falta de imparcialidad en el proceso y ha calificado la situación como una “pesadilla jurídica”. Además, ha defendido que la investigación responde a intereses ajenos a la Justicia.

En la misma línea, la Fiscalía también ha vuelto a posicionarse a favor del archivo de la causa tras casi dos años de investigación.


Solicitud de nuevas pruebas y testigos

De forma preventiva, la defensa ha pedido al juez que, en caso de continuar el proceso, se practiquen nuevas diligencias. Entre ellas, destaca la declaración como testigo de José Manuel Ruano, vinculado a la actividad de Gómez en la Universidad Complutense de Madrid.

Asimismo, se han solicitado informes periciales para analizar:

  • El papel del cónyuge del presidente del Gobierno
  • El funcionamiento de las cátedras extraordinarias
  • El supuesto perjuicio económico a la universidad

Por su parte, la defensa de Cristina Álvarez, asesora de Gómez, también ha pedido documentación oficial que acredite sus funciones en La Moncloa.


Las acusaciones piden ampliar la investigación

En el lado opuesto, las acusaciones populares, lideradas por Hazte Oír, han solicitado al juez nuevas diligencias para profundizar en la investigación.

Entre sus peticiones se incluyen:

  • La vida laboral completa de Gómez
  • La actualización del salario de su asesora
  • Información sobre reuniones relacionadas con proyectos tecnológicos vinculados a su actividad

Posible juicio con jurado popular

El juez ha reiterado que, en caso de que el procedimiento continúe hasta juicio, este podría celebrarse ante un jurado popular. Esta decisión ya generó controversia y fue objeto de revisión por parte de la Audiencia Provincial de Madrid.

En una resolución reciente, Peinado defendió que existen indicios suficientes para continuar la causa, apuntando a un posible aprovechamiento de la posición institucional de Gómez, algo que la defensa rechaza y califica de “meras conjeturas”.


Origen del caso Begoña Gómez

La investigación se inició en abril de 2024 tras una denuncia del colectivo Manos Limpias y posteriormente se amplió con acciones judiciales impulsadas por Vox y otras entidades.

El caso analiza, por un lado, la relación profesional de Gómez con empresarios y la universidad, y por otro, el uso de recursos públicos en su actividad como esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.


Un caso con impacto político y mediático

La causa judicial contra Begoña Gómez sigue generando un fuerte impacto político y mediático en España, con posiciones enfrentadas entre las partes implicadas.

Mientras la defensa insiste en el archivo inmediato, las acusaciones reclaman seguir investigando, manteniendo abierto un proceso que continúa marcando la actualidad judicial y política del país.

 

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