Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Estas son las fechas oficiales de las Pruebas de Acceso a la Universidad de 2018

Publicado

en

Las Pruebas de Acceso a la Universidad (PAU) del curso 2017-2018 para el alumnado que esté en posesión del título de Bachiller, o de técnico superior de Formación Profesional, técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, o técnico deportivo superior, se realizarán los días 5, 6 y 7 de junio, en convocatoria ordinaria, y los días 3, 4 y 5 de julio, en convocatoria extraordinaria.

Así ha sido acordado por la Comisión Gestora de las Pruebas de Acceso y Preinscripción en las Universidades Públicas del Sistema Universitario Valenciano, de la que forman parte tanto la Conselleria de Educación como las universidades públicas valencianas.

Por lo que respecta a la inscripción en las pruebas, los alumnos que se presenten a la convocatoria ordinaria podrán realizarla entre el 28 y el 31 de mayo, y en el caso de la convocatoria extraordinaria el alumnado podrá inscribirse entre el 26 y el 28 de junio, salvo el alumnado de la Jaume I de Castellón, cuyo plazo de inscripción será del 25 al 27 de junio.

Además, tal como anunció Educación, cabe destacar que por la excepcionalidad de la asignatura de Historia de la Filosofía, esta tendrá una ponderación de 0.2 en todas las titulaciones de la rama de conocimientos de Arte y Humanidades, así como en la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas.

Cabe recordar que la estructura de la prueba se mantendrá como hasta el momento, dividida en dos fases. Una primera es de carácter general y obligatoria para todos y una segunda parte, denominada específica, que tiene carácter voluntario.

La primera fase consta de cinco ejercicios. En concreto se trata de la asignatura de libre configuración autonómica, es decir Valenciano, y de las cuatro asignaturas troncales generales de segundo curso de Bachillerato que haya cursado el alumno, esto es Castellano, Historia de España, Idioma Extranjero, y una de las cuatro asignaturas troncales generales con vinculación a la modalidad de Bachillerato (Matemáticas II, Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales II, Latín II, o Fundamentos del Arte II).

En cuanto a la segunda parte, se realiza sobre las materias de modalidad de 2º de Bachillerato, diferentes de las de la fase general que elija el alumno en el momento de matricularse en las pruebas de acceso, aunque no las haya cursado.

Esta fase permite al estudiante incrementar su puntuación hasta en cuatro puntos, por lo que la calificación máxima para acceder a los diferentes grados es de 14 puntos, en vez de 10. Para poder puntuar en la fase específica, el alumno/a debe obtener al menos un 5 en la materia.

Los alumnos que realicen las pruebas de acceso a la universidad del curso 2017-18 en la universidades públicas de la Comunitat Valenciana podrán conocer sus calificaciones a partir de las 14 horas del día 15 de junio, en la convocatoria ordinaria, y a partir de las 17 horas del día 11 de julio en la convocatoria extraordinaria, en ambos casos a través del portal del alumno PASEU con la clave que se le facilitará el primer día de realización de las pruebas. Del mismo modo podrá solicitar y obtener el documento oficial que acredite las calificaciones de la prueba de acceso a la universidad.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

Publicado

en

precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo