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Estas son las enfermedades que nos hemos evitado por llevar la mascarilla

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València, 14 mar (OFFICIAL PRESS- EFE).- Las medidas de seguridad adoptadas para evitar el contagio por covid como el uso de mascarilla, distancia social, higiene de manos y ventilación han evitado contagios de otras enfermedades que se transmiten por vía respiratoria y han contribuido al desplome, entre 2020 y 2021, de casos de gripe, varicela, parotiditis (paperas) y tosferina.

Así, según han informado fuentes de la Conselleria de Sanidad, los casos notificados de gripe disminuyen en un 96,94 %; los casos de varicela han descendido en un 82,99 %, los de parotiditis en un 69,54 % y los de tosferina han bajado en un 96,62 %.

Según Francisco Javier Roig, jefe de Servicio de Vigilancia y control epidemiológico de la dirección general de Salud Pública y Adicciones, “esta disminución no se debe al COVID en sí mismo sino fundamentalmente a las medidas que se han tomado para frenarlo, ya que son medidas genéricas para toda enfermedad de transmisión respiratoria”.

Según los datos, desde 2019 hasta la fecha, los casos de gripe notificados a la aplicación Análisis de Vigilancia Epidemiológica (AVE) han disminuido un 96,94 %, y mientras en 2019 se notificaron 80.308 casos de gripe, en 2020 la cifra bajó a 37.985 casos y en 2021 se han registrado 2.456.

Por otro lado, la varicela cae un 82,99 %. Los casos notificados al AVE en el año 2019 fueron 7.288, frente a los 1.803 de 2020 y los 1.240 casos registrados en 2021. En el caso de la parotiditis (paperas) se ha reducido un 69,54 % (de 604 casos en 2019 a 329 casos en 2020, y apenas 184 casos en 2021).

La tosferina es otra de las enfermedades cuya incidencia se ha reducido drásticamente. De hecho, en el año 2019, se notificaron 355 casos, mientras que en 2020 la cifra disminuyó a 121 y en 2021 únicamente se han registrado 12.

Por último, en el caso del sarampión, que por norma general suelen registrarse en casos importados, ha tenido una fuerte influencia el hecho de reducir la movilidad durante la pandemia, ya que los casos han desaparecido.

En 2019 se detectaron 29 casos de sarampión de origen importado, mientras que en 2020 hubo un caso y en 2021 ninguno, y en este caso Roig apunta a que “en el caso del sarampión, aunque la mascarilla ha contribuido, el mérito en un 99 % es de la cobertura vacunal”.

Todos estos datos se recogen en la aplicación Análisis de Vigilancia Epidemiológica, una herramienta que recoge las notificaciones de las Enfermedades de Declaración Obligatoria (EDO).

Según Roig, la vigilancia epidemiológica de todas las EDO ha continuado durante toda la pandemia, así como las actividades dirigidas a la confirmación microbiológica de los casos respecto a los años prepandémicos.

MENOS CASOS GRAVES DE GRIPE

Por otra parte, los casos confirmados de gripe graves, aquellos que requieren de hospitalización, han disminuido también de forma significativa según los datos registrados en AVE y REDMIVA (Red de Vigilancia Microbiológica de la Comunitat Valenciana).

En este sentido, la red de vigilancia recoge durante la temporada de gripe 2018-19 (de octubre a mayo) un total de 1.054 casos de gripe graves, mientras que en el periodo de 2019-20 los casos se reducen a 578 y en la temporada de 2020-2021 apenas se registraron 5 casos graves de gripe.

Por otro lado, durante el periodo de 2021-22 se aprecia un ligero incremento de casos, ya que hasta la fecha se han notificado 43 casos de gripe graves.

Finalmente, los servicios de urgencias hospitalarias han visto también cómo durante el periodo de pandemia se ha registrado la mitad de casos de virus respiratorios.

En concreto, los adenovirus, grupo de virus que pueden causar diferentes tipos de infecciones y también se transmiten por vía respiratoria entre otras, se han reducido de 653 muestras detectadas en el periodo de 2018-2019 a 293 muestras confirmadas en 2020-2021.

De igual modo sucede con el virus respiratorio sincitial, que ha pasado de 2.706 pruebas confirmadas en 2018-19 a un total de 1.016 durante el periodo de 2020-21.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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