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Expedientan a Endesa y a Gas Natural por subir el precio de la electricidad de manera indebida en los meses más fríos

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Nueva tarifa regulada de la luz

Durante los meses de diciembre de 2016 y enero de 2017 hubo cierta alteración indebida de los precios de la electricidad que generó una fuerte subida en la factura a final de mes. En ese momento y ante la sospecha de que los precios podrían haberse manipulado al alza, en OCU solicitamos que se abriera una investigación.

Expedientes sancionadores a Endesa y Gas Natural Fenosa

Pero no fue hasta un año después en diciembre de 2017, cuando la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, la CNMC abrió dos expedientes sancionadores contra Endesa y Gas Natural Fenosa por este tema. Por todo ello OCU se persona en el expediente para que se demuestre cuanto antes y se acredite que los consumidores fueron los únicos perjudicados por tener que pagar de más por el mismo servicio.

La alteración del mercado que se investiga produjo una subida de los precios mayoristas hasta alcanzar los 90 €/MWh. Esto ocasionó un efecto subida que afectó directamente a todos los consumidores acogidos al Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) y a aquellos consumidores en el mercado libre ya que sus contratos o renovaciones tienen muy en cuenta las señales de precios de este mercado mayorista.

Sanciones económicas

OCU solicita que se impongan sanciones ejemplares a las empresas responsables, de forma que paguen no solo por el beneficio obtenido de forma ilícita sino por el perjuicio real causado a los millones de usuarios de la electricidad que tuvieron que pagar aún más si cabe en sus facturas de aquellos meses.

Lamentablemente, aunque esto suceda nos tememos que a las compañías les seguirá saliendo rentable incumplir las normas puesto que los procedimientos de sanción son muy lentos y las multas a pagar son menores de lo que debieran ser. Con todo esto podremos decir que a pesar de todo las compañías siempre salen ganando.

Es por ello por lo que desde OCU pedimos sanciones ejemplares a la altura del perjuicio realmente causado.

FUENTE OCU

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Así es la nueva Ley para Influencers: todo lo que cambia y a quién afecta

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Ley para Influencers
Marta Lozano-INSTAGRAM

Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo real decreto que establece las pautas para la regulación de los ‘influencers’, definiendo criterios específicos para considerar a una persona como tal. Uno de los requisitos fundamentales es la necesidad de facturar al menos 300.000 euros anuales con su actividad audiovisual.

El decreto define a los «usuarios de especial relevancia» (‘influencers’) basándose en tres criterios clave. Además del aspecto económico, se considera relevante la audiencia, con un requisito de al menos un millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones en su actividad global. También se establece un requisito de actividad, que incluye la publicación o compartición de al menos 24 vídeos al año.

Ley para Influencers

Los ‘influencers’ que cumplan con estos criterios deberán inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia en un plazo de dos meses a partir de la entrada en vigor del decreto.

Una vez inscritos, estarán sujetos a cumplir con las normativas de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual. Esto incluye la identificación de espacios publicitarios y la prohibición de publicitar tabaco, medicamentos o alcohol. En resumen, sus obligaciones se equipararán a las de otros agentes audiovisuales.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, destacó la importancia de homologar a estos creadores de contenido con otros actores del ámbito audiovisual, especialmente en lo relacionado con la protección de menores y la transparencia en la publicidad.

Se establece también la obligación de identificar claramente la publicidad y etiquetar el contenido según las edades a las que va dirigido. Los ‘influencers’ deberán acordar un código de conducta al respecto con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

En cuanto a la publicidad, se prohíbe la promoción de tabaco, alcohol o medicamentos, así como cualquier contenido que pueda causar perjuicio psicológico o físico a menores.

Esta regulación busca garantizar una mayor protección a los consumidores y ofrecer seguridad jurídica a los ‘influencers’, que han adquirido una relevancia económica notable en las plataformas de intercambio de vídeos donde difunden sus contenidos.

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