Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Las personas sin hogar, olvidadas en la estrategia de vacunación

Publicado

en

Aumenta un 32% el número de personas que viven sin techo en la ciudad de Valencia
EFE/Marta Pérez/Archivo

Madrid, 13 abr (EFE).- La organización Hogar Sí ha alertado de que las personas sin hogar no aparecen entre los grupos de la estrategia de vacunación por la covid, a pesar de que se trata de personas con especial vulnerabilidad y con más posibilidades de necesitar cuidados intensivos y de morir a causa del virus.

En una carta enviada a la ministra de Sanidad, Carolina Darias, y a los consejeros de las comunidades autónomas, la entidad de iniciativa social expresa su preocupación «por la falta de concreción y descoordinación en la vacunación de las personas sin hogar».

En la actualidad, en la estrategia de vacunación frente a la covid en España no existe ninguna mención a las personas en situación de sinhogarismo, señala la entidad, que advierte de que «la falta de criterios claros está produciendo que las comunidades autónomas estén tomando decisiones distintas y generando asimetrías entre ellas».

Hogar Sí propone incluir a las personas en situación de sinhogarismo como grupo prioritario y establecer acuerdos de colaboración entre los servicios que utilizan estas personas, las administraciones implicadas y las entidades del tercer sector que trabajan directamente con este grupo de población.

Solicita al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud que fije «una actuación coherente en todo el territorio y siente las bases para la coordinación entre los departamentos de sanidad y servicios sociales».

Otra de las propuestas es que se destinen las vacunas de una sola dosis a las personas en situación de sinhogarismo porque -recuerda- hay un importante porcentaje viviendo en la calle de forma permanente.

Destaca que, según una investigación realizada en Canadá, las personas en situación de sinhogarismo tienen más posibilidades de contagiarse, diez veces más posibilidades de necesitar cuidados intensivos y cinco veces más de morir por coronavirus.

Además, para estas personas es más complicado que se garantice su derecho a la salud: el 20 % de ellas carece de tarjeta sanitaria y sufren más enfermedades graves.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Así es la nueva Ley para Influencers: todo lo que cambia y a quién afecta

Publicado

en

Ley para Influencers
Marta Lozano-INSTAGRAM

Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo real decreto que establece las pautas para la regulación de los ‘influencers’, definiendo criterios específicos para considerar a una persona como tal. Uno de los requisitos fundamentales es la necesidad de facturar al menos 300.000 euros anuales con su actividad audiovisual.

El decreto define a los «usuarios de especial relevancia» (‘influencers’) basándose en tres criterios clave. Además del aspecto económico, se considera relevante la audiencia, con un requisito de al menos un millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones en su actividad global. También se establece un requisito de actividad, que incluye la publicación o compartición de al menos 24 vídeos al año.

Ley para Influencers

Los ‘influencers’ que cumplan con estos criterios deberán inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia en un plazo de dos meses a partir de la entrada en vigor del decreto.

Una vez inscritos, estarán sujetos a cumplir con las normativas de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual. Esto incluye la identificación de espacios publicitarios y la prohibición de publicitar tabaco, medicamentos o alcohol. En resumen, sus obligaciones se equipararán a las de otros agentes audiovisuales.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, destacó la importancia de homologar a estos creadores de contenido con otros actores del ámbito audiovisual, especialmente en lo relacionado con la protección de menores y la transparencia en la publicidad.

Se establece también la obligación de identificar claramente la publicidad y etiquetar el contenido según las edades a las que va dirigido. Los ‘influencers’ deberán acordar un código de conducta al respecto con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

En cuanto a la publicidad, se prohíbe la promoción de tabaco, alcohol o medicamentos, así como cualquier contenido que pueda causar perjuicio psicológico o físico a menores.

Esta regulación busca garantizar una mayor protección a los consumidores y ofrecer seguridad jurídica a los ‘influencers’, que han adquirido una relevancia económica notable en las plataformas de intercambio de vídeos donde difunden sus contenidos.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram.

Continuar leyendo